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GOBIERNO CORPORATIVO EN LA BANCA DE DESARROLLO

GOBIERNO CORPORATIVO EN LA BANCA DE DESARROLLO. Montevideo, 25 de mayo de 2007. Contenido. El Instituto de Crédito Oficial (ICO) El gobierno corporativo en España. Organismos de control externo Tribunal de Cuentas Intervención General de la Administración del Estado (IGAE)

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GOBIERNO CORPORATIVO EN LA BANCA DE DESARROLLO

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  1. GOBIERNO CORPORATIVO EN LA BANCA DE DESARROLLO Montevideo, 25 de mayo de 2007

  2. Contenido • El Instituto de Crédito Oficial (ICO) • El gobierno corporativo en España. • Organismos de control externo • Tribunal de Cuentas • Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) • Inspección de los Servicios (Ministerio Economía y Hacienda) • Auditoría Externa • Banco de España y Agencia Tributaria • Mecanismos de control interno • Auditoría Interna • Código de Conducta • Prevención del blanqueo de capitales • Lucha contra la corrupción 27/09/2014

  3. EL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL

  4. 1.1 El ICO: evolución histórica 1971 Fundado como entidad responsable de coordinar y controlar a los bancos públicos. 1988 Se transforma en sociedad estatal. Comienza a financiarse en el mercado. Asume la titularidad del capital de los bancos públicos. Argentaria Bancos Comerciales 1991 Reforma de la Banca Pública Banco público de inversión y Agencia Financiera del Estado (1995). ICO 1999 Se aprueban los estatutos del Instituto. 27/09/2014

  5. 1.2 El ICO: naturaleza El ICO es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Economía, que tiene naturaleza jurídica de entidad de crédito, y consideración de Agencia Financiera del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines. 27/09/2014

  6. 1.3 El ICO: fines y funciones Son fines del ICO sostener y promover aquellas actividades económicas que contribuyan al crecimiento y a la mejora de la distribución de la riqueza nacional y en especial aquéllas que, por su trascendencia social, cultural, innovadora o ecológica, merezcan una atención prioritaria. Estos objetivos son llevados a cabo por el ICO en su doble función: Banco público de inversión Agencia Financiera del Estado 27/09/2014

  7. 1.4 Banco público de inversión • En esta faceta, el ICO actúa de dos formas: • Líneas de mediación: tienen por objetivo apoyar a las empresas españolas mediante la financiación de sus inversiones productivas. Los préstamos se conceden, con las condiciones marcadas por el ICO, por las entidades crediticias privadas (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito), quienes asumen el riesgo de insolvencia. • Programas de Financiación Directa:tienen como objetivo financiar grandes proyectos de inversión públicos o privados. El ICO estudia, concede y asume el riesgo de crédito de los préstamos. 27/09/2014

  8. 1.5 Agencia Financiera del Estado • Como Agencia Financiera del Estado, el ICO: • Financia, por indicaciónexpresa del Gobierno, a los afectados por situaciones de graves crisis económicas, catástrofes naturales u otros supuestos semejantes. En estos casos, el ICO recibe una compensación por los diferenciales de tipos de interés. 27/09/2014

  9. 1.6 El ICO: Principales magnitudes 2006 (**) 2005200420032002 Total Activo (*) 31.734 25.974 24.551 26.419 24.749 Capital y Reservas (*) 1.348 1.300 1.268 1.107 1.107 Beneficio Ejercicio (*) 107 50 55 99 301 Nº empleados a 31/12 279 276 271 276 267 (*) millones de € (**)Datos provisionales 27/09/2014

  10. 1.7 El ICO: Organización interna PRESIDENCIA D. G. ADJUNTA A LA PRESIDENCIA FUNDACION ICO Subdirección Asesoría Jurídica Subdirección Auditoría Interna Subdirección Estrategía AXIS Subdirección de la Oficina de Planificación D. G. TÉCNICA D. G. DE CONTROL Y ADMINISTRACIÓN D. G. DE INVERSIONES Y FINANCIACIÓN Subdirección Riesgos y Control Subdirección Banca de Inversión Subdirección Banca de Cooperación Y Mediación Subdirección Administración Operaciones Subdirección Financiera Subdirección Tecnología de la Información Subdirección de Recursos 27/09/2014

  11. EL GOBIERNO CORPORATIVO EN ESPAÑA

  12. 2.1 El gobierno corporativo en España • En los últimos años, gran ocupación y dedicación desde el gobierno y grupos de interés en aspectos del gobierno corporativo. Entre los más significativos: • Código de buen gobierno de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado(ACM 18 de febrero de 2005). • Informe del grupo especial de trabajo sobre buen gobierno de las sociedades cotizadas (19 de mayo de 2006). • Informe de la Subcomisión Parlamentaria para potenciar y promover la RSE (31 de julio de 2006). 27/09/2014

  13. 2.2 El gobierno corporativo en España Código de buen gobierno de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la AGE • El Código responde a las líneas directrices de la OCDE. • Principios básicos: los altos cargos no sólo has de cumplir con las obligaciones legales, sino que, además, su actuación ha de inspirarse por principios éticos y de conducta: • Objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, credibilidad, imparcialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, y promoción del entorno cultural y medioambiental y de la igualdad entre hombres y mujeres. 27/09/2014

  14. 2.3 El gobierno corporativo en España Informe del Grupo Especial de Trabajo sobre buen Gobierno de las sociedades cotizadas • Por iniciativa del Gobierno se creó un GET para asesorar a la CNMV en la armonización y actualización de las recomendaciones de los informes Olivencia (1998) y Aldama (2003) sobre buen gobierno de las sociedades cotizadas. • GET compuesto por miembros de la Administración Pública, del sector privado y asesores de la CE en materia de Gobierno corporativo. • Principios básicos del Código Unificado de Buen Gobierno: • Voluntariedad, con sujeción al principio de “cumplir o explicar” • Las definiciones son vinculantes. • Evaluación por el mercado. Corresponde a los accionistas, inversores y, en general, a los mercados valorar las explicaciones que las sociedades cotizadas den sobre el grado de cumplimiento de las recomendaciones. • Generalidad. El Código está dirigido a todas las sociedades cotizadas. 27/09/2014

  15. 2.4 El gobierno corporativo en España Informe de la Subcomisión Parlamentaria para potenciar y promover la RSE • Composición: parlamentarios de los distintos grupos políticos • Objeto: Estudiar nuevas tendencias vinculadas a la asunción de los principios de RS por parte de las empresas con el fin de proponer un conjunto de medidas y recomendaciones al Gobierno al objeto de potenciar y promover la RSE. • En el ámbito del buen Gobierno, entre las recomendaciones figuran: • Intensificar la transparencia y el buen Gobierno de las empresas, asumiendo las directrices del Código de la CNMV. • Fomentar la incorporación en los principios y políticas empresariales, en particular en los estatutos, de los compromisos con los grupos de interés (además de los accionistas). 27/09/2014

  16. GOBIERNO CORPORATIVO EN EL ICOOrganismos de control externo

  17. 3.1 Organismos de control externo Tribunal de Cuentas • La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas tiene carácter externo, permanente y consultivo y se refiere al sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad, eficiencia y economía de los ingresos y gastos públicos. • La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas se lleva a cabo: • El examen y comprobación de las Cuentas Generales de todas las entidades y organismos del sector público y de los beneficiarios de ayudas públicas (subvenciones, créditos o avales). • El examen de los contratos celebrados por la Administración del Estado y de las demás entidades del sector público. • Los Informes o Memorias, Mociones o Notas aprobados por el Pleno del Tribunal se remiten a las Cortes Generales. 27/09/2014

  18. 3.2 Organismos de control externo Intervención General de la Administración del Estado • La IGAE ejerce el control interno de la gestión económica y financiera del sector público estatal, con plena autonomía respecto de las autoridades y entidades. • El control tiene como objetivos: • Verificar el cumplimiento de la normativa. • Verificar el adecuado registro y contabilización de las operaciones. • Evaluar la gestión financiera. • Verificar el cumplimiento de los objetivos asignados • La IGAE informa anualmente al Consejo de Ministros de los resultados de su control. 27/09/2014

  19. 3.3 Organismos de control externo Inspección de los servicios MEH • Dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda • Inspección permanente de todos los servicios • Órgano encargado de analizar: • Eficacia en el cumplimiento de objetivos • Eficiencia y economía en la gestión • Adecuación de la aplicación de las normas • Calidad en la atención a los ciudadanos 27/09/2014

  20. 3.4 Organismos de control externo Auditoría Externa, supervisión del Banco de España e Inspección de la Agencia Tributaria • Debido a la naturaleza de entidad de crédito y a su actividad emisora de valores de renta fija, el ICO está sometido a la normativa del Banco de España y de la CNMV. • Anualmente somete sus cuentas a auditoría financiera, llevada a cabo por una firma independiente. • El Instituto también esta sometido a la inspección y supervisión del Banco de España. • La Agencia Tributaria tiene la potestad de inspeccionar cualquier operación relacionada con los impuestos y tributos de los que el ICO es sujeto pasivo. 27/09/2014

  21. GOBIERNO CORPORATIVO EN EL ICOMecanismos de control interno

  22. 4.1 Mecanismos de control interno Auditoría Interna • La Auditoría Interna depende directamente del Presidente. • Funciones y objetivos: • Auditar la totalidad de actividades del ICO de forma continua: cada actividad o negocio al menos cada tres años. • Llevar a cabo auditorías especiales a solicitud del Presidente. • Elaborar informes con objetividad dentro del más estricto secreto profesional, en cumplimiento del contenido del Código de Ética publicado por el Instituto de Auditores Internos de España (IAI). • Controlar de forma continua la seguridad, la eficiencia e idoneidad de la organización. • Comprobar que se cumple: la legislación, las recomendaciones de los órganos supervisores y las normas e instrucciones de los órganos de dirección del ICO. 27/09/2014

  23. 4.2 Mecanismos de control interno Código de Conducta • Es un elemento clave para preservar la integridad corporativa del Instituto. Es un compendio de medidas que pretenden asegurar la integridad, objetividad, independencia y correcto uso de la información por parte de todos los empleados y directivos de la entidad. • Principios generales establecidos en el Código de Conducta: • Código ético de actuación. • Confidencialidad y protección de datos. • Cumplimiento de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales. • Integridad y lealtad profesional. • Régimen de incompatibilidades que afecta al personal. • Utilización del nombre del ICO. 27/09/2014

  24. 4.3 Mecanismos de control interno Prevención del blanqueo de capitales • El ICO colabora en el cumplimiento de las medidas preventivas del blanqueo de capitales. Además de cumplir con el ordenamiento jurídico vigente, se ha dedicado un apartado específico en el Código de Conducta. • El Instituto dispone de una Comisión Interna de control y prevención de blanqueo de capitales, con las siguientes funciones: • Analizar la información relativa a cualquier operación sospechosa, adoptando las medidas oportunas. • Conocer, prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el banqueo de capitales • Recibir y analizar la información facilitada por el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC). • Informar al SEPBLAC sobre cualquier aspecto relacionado con operaciones sospechosas. 27/09/2014

  25. 4.3 Mecanismos de control interno Lucha contra la corrupción • El ICO introduce en todos los convenios suscritos de los créditos FAD cláusulas para tratar de impedir posibles prácticas de corrupción de funcionarios extranjeros, de acuerdo al Convenio de Lucha contra la Corrupción de Agentes Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE. • Entre las cláusulas introducidas, destacan: • El ICO podrá suspender los desembolsos del crédito, en el supuesto de que un tribunal hubiese iniciado el proceso para solventar cuestiones acerca de las prácticas a erradicar mencionadas en el Convenio de la OCDE. • No se permite de forma directa ni indirecta, oferta, regalo o pago que pudiera ser considerado práctica a erradicar. 27/09/2014

  26. Para más informaciónwww.ico.es900121121

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