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UNIDAD II ETICA, DERECHO Y RACIONALIDAD

UNIDAD II ETICA, DERECHO Y RACIONALIDAD. ESCUELA JUDICIAL AÑO 2010 PROFESOR: JORGE ROLÓN LUNA. La Ética, ¿es algo racional?. Durante gran parte del siglo XIX y hasta la segunda guerra mundial se consideraba a la ética como algo vinculado a lo irracional desde el campo científico.

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UNIDAD II ETICA, DERECHO Y RACIONALIDAD

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  1. UNIDAD IIETICA, DERECHO Y RACIONALIDAD ESCUELA JUDICIAL AÑO 2010 PROFESOR: JORGE ROLÓN LUNA

  2. La Ética, ¿es algo racional? Durante gran parte del siglo XIX y hasta la segunda guerra mundial se consideraba a la ética como algo vinculado a lo irracional desde el campo científico. Recuérdese a Kelsen con su “emotivismo axiológico” y afirmando que la justicia es un “ideal irracional” Sin embargo en las últimas décadas del siglo XX se generan diversos intentos por recuperar la razón para la ética: ética del diálogo, del consenso y procedimentales. Hay tres posturas: Los escépticos: lo valioso lo pone cada sujeto Los intersubjetivistas: lo valioso se establece en la interacción Los objetivistas: lo valioso está dado al hombre quien puede conocerlo o reconocerlo acertada o erróneamente.

  3. ¿Cuál es la especificidad de la ética profesional? • La respuesta a esta pregunta es definir no quien es el profesional (quién es médico, abogado o policía), sino quien es el “mejor” profesional para esa sociedad y ese tiempo. • De este modo, la ética fija conductas, pero fundándose en que a través de ellas se lograrán los mayores beneficios o se evitarán mayores perjuicios • La ética profesional tiene por objeto material el profesional (médico, juez o abogado). • Su especificidad está sin embargo dada por su objeto formal, o sea cómo hacer de ese profesional “el mejor profesional” posible para la sociedad de ese tiempo. • Comparación con la sanción penal: juez que fue sancionado por cohecho, puede legalmente una vez cumplida su sanción volver a ser nombrado, mientras ello sería inaceptable desde el punto de vista ético.

  4. ÉTICA DEL ABOGADO • El abogado es un auxiliar de la justicia, pero debe ser fiel a su cliente al cual debe asesorar y defender • Su posición es parcialista, debe defender los intereses de su cliente, para desde su posición colaborar con el fin de la justicia de dar a cada uno lo suyo. • Pero es una profesión liberal, el abogado puede elegir a quien defender • Solamente los defensores públicos no pueden negarse a defender ningún caso pues su función es una carga pública. • Podrían eventualmente darse casos de objeción de conciencia que deben ser resueltos finalmente por la Defensoría General de ese Ministerio.

  5. La ética del Juez • El juez tiene la función de administrar la justicia entre las partes • Por su propia función debe ser imparcial e independiente. • Esas son las principales características en la ética profesional de un juez.

  6. A esto se deben sumar otras propias necesarias: • Fortaleza • Prudencia • Templanza • Honestidad • Decoro • Idoneidad • Sentido de justicia • Un buen juez debe ser alguien que viva la justicia como virtud

  7. La función del juez está regida por: • Constitución de la República de 1992 • El Código de Organización Judicial • La Ley del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados • Código de Ética Judicial

  8. Etica del Fiscal El fiscal o representante del Ministerio Público representa a la sociedad en los juicios y vela por el cumplimiento de la ley Se distingue del juez pues su posición es parcial, pero no siempre acusadora, pues velando por el cumplimiento de la ley puede darse cuenta de la inocencia de un imputado y recomendar su absolución Se distinguen también por el principio de unidad de acción, pues no gozan de independencia plena, sino coordinada por el Fiscal General del Estado.

  9. El bipensar orwelliano y los operadores del sistema de justicia • George Orwell (1903 -1950) fue un escritor inglés autor de la famosa obra de ficción antiutópica “1984” (1949) • En ella, desde el gobierno se esteblece una política opresora que busca acabar con la autonomía y las libertades de conciencia y, para ello, se establece un tiránico control sobre los individuos desde cada uno de los cuatro ministerios que rigen el gobierno. • En esta sociedad controlada hasta límites insospechados, todos los ciudadanos que son considerados como tales (no lo son los proles, a quienes se separa y margina para no perturbar la conciencia colectiva), se encuentran bajo una total anulación ideológica, que ha sido llevada a cabo gracias a la creación de una “neolengua” y el “bipensar”, capaces de suprimir toda forma de contestación hacia el estado y darle la razón en todo momento, amparándose en la ambigüedad. • Que es el bipensar?: mientras la “neolengua” recurre a las mentiras y elimina las contradicciones, el bipensar es aceptar dos verdades simultáneamente y creer en ambas.

  10. Para Fromm, el "doble pensar" orwelliano es la acción "de poder sostener dos creencias contradictorias en la mente de manera simultánea... y aceptar ambas. • Ese proceso tiene que ser consciente o no se realizaría con suficiente precisión. Pero también tiene que ser inconsciente, porque si no traería consigo un sentimiento de falsedad y por ende de culpa". • En una exitosa manipulación de la mente, la persona ya no dice más lo contrario de lo que piensa, sino que piensa lo contrario de lo que es verdad. Así, por ejemplo, si ha entregado su independencia y su integridad completamente, se vivencia a sí mismo como un objeto que pertenece sea al Estado, al partido o la corporación, o a “la profesión” • entonces dos más dos son cinco, o 'Esclavitud es Libertad', y se siente libre porque ya no hay más ninguna conciencia de la discrepancia entre verdad y falsedad". 

  11. Pone el ejemplo de un trabajador que pasa por varias compañías y en cada una "vende" el producto de la empresa como el mejor, para demostrar cómo la verdad o el cotejo con la realidad es irrelevante. • Y añade: "Aceptaré la nueva verdad, que el producto de la empresa es el mejor, y hablando subjetivamente, esta nueva realidad será tan verdadera como la anterior. • Uno de los desarrollos más característicos y destructivos de nuestra sociedad es que los seres humanos, convirtiéndose más y más en instrumentos, transforman la realidad en algo relativo a sus propios intereses y funciones. • Los operadores del sistema de justicia también “venden” un producto. Dependiendo de donde estén, la mayoría de las veces lo pondrán como el “mejor” producto”

  12. Los operadores del sistema de justicia viven en riesgo permanente de caer en el “bipensar” • Los abogados dicen defender la justicia pero al mismo tiempo recurren a todo tipo de artimañas y maniobras, para precisamente torcer la vara de la justicia • Los fiscales, dicen perseguir a los delincuentes en defensa de la sociedad pero al mismo tiempo, cometen delitos para poder condenar a sus acusados o aceptan pruebas obtenidas ilegalmente si les permiten obtener sus fines. • Los jueces dicen aplicar la ley, pero en realidad la acomodan de acuerdo a sus intereses, visiones, por cuestiones crematísticas • o incluso “búsqueda de justicia”. La mayoría de ellos, creen estar obrando correctamente y tienen un discurso que contradice sus actos. • Eso se llama “BIPENSAR”. • El “bipensar” anula el juicio crítico, y por ende, el juicio ético, produciendo una forma de ver el mundo que permite realizar actos éticamente inaceptables, sin que su autor sienta que está obrando mal.

  13. “Saber y no saber; ser consciente de la total veracidad de algo mientras se dicen mentiras cuidadosamente elaboradas; mantener al mismo tiempo dos opiniones que se invalidan mutuamente; saber que son contradictorias y creer en ambas; usar la lógica contra la lógica; repudiar la moralidad mientras se exige; creer que la democracia era imposible y que el Partido era el guardián de la democracia; olvidar lo que había que olvidar y traerlo de nuevo a la memoria cuando se necesitase, luego, rápidamente, olvidarlo otra vez. Ésta era la sutileza más refinada: inducir conscientemente la inconsciencia y después una vez más, ser consciente del acto de hipnosis que se acababa de realizar. Incluso para entender la palabra bipensar había que bipensar.” George Orwell “1984”

  14. Diferencia entre deontología y ética • DEONTOLOGIA: ES UN CATALOGO DE DEBERES • ÉTICA: PROCURA DAR RAZONES DE AQUELLO QUE SE ESTABLECE COMO DEBER

  15. Síntesis de Deberes deontológicos de las profesiones jurídicas • Deberes del juez: • Deber de busca de la bondad y la justicia en la esfera pública y privada • Deber de garantizar el respeto a los derechos fundamentales • Deber de imparcialidad e independencia • Deber de Audiencia y de facilitar la contradicción • Deber de diligencia • Deber de respeto • Deber de secreto

  16. Deber de fidelidad a la ley (en interpretación y aplicación) • Deber de ser equitativo cuando corresponda • Deber de facilitar la conciliación previa y el acuerdo amistoso • Deber de dedicación • Deber de no afiliarse a asociaciones profesionales politizadas • Deber de vigilar y cuidar un acceso justo a la judicatura • Deber de sensibilidad y acercamiento hacia los más desfavorecidos de la sociedad • Deber de evitar las muestras de agradecimiento (regalos, sobornos) • Deber de responsabilidad. Deber de reparación por actuaciones o sentencias injustas. • Deber de estudio

  17. Deberes del fiscal • Deber de actuar conforme a los principios de legalidad, imparcialidad, unidad y dependencia. • Deber de obediencia • Deber de objetar en conciencia a sus superiores • Deber de diligencia, eficacia, residencia y secreto • Deber de responder por acciones y comportamientos injustos • Deber de independencia frente al Ejecutivo • Deber de no dejarse influir por causas impopulares o grupos de presión ni de solidarizarse con la acusación particular • Deber de fortaleza y templanza • Deber de acusar y de absolver

  18. Deberes de los abogados El abogado asiste, asesora, dirige y protege en un tema que su cliente desconoce En los casos penales, la misión es clara: la defensa del inculpado, y en su caso, del querellante. El abogado se debe a su cliente, pero es al mismo tiempo colaborador de la administración de la justicia. De ahí deriva la obligación de que no es lícito, ni legal, ni ético, actuar injustamente para beneficiar a su patrocinado.

  19. Deberes del abogado en general • Decoro y dignidad profesionales • Deber de independencia frente al cliente (es un profesional liberal y no un asalariado que recibe órdenes), frente a la magistratura, los poderes públicos, frente a sus colegas (ante los cuales no debe sentirse obligado ni comprometido con una falsa solidaridad –corporativismo) • El secreto profesional (salvo excepciones –, ej., el cliente le comunica que va a cometer un delito)

  20. Deberes con la sociedad • Salvaguardar los siguientes valores: • Justicia • Libertad • Seguridad jurídica • Paz social

  21. Deberes con el cliente • Debe cumplir con su función sin temer: • La antipatía del juzgador • La impopularidad en el desempeño del deber • Ser el primer juez de la causa (decir al cliente si tiene o no tiene razón o hasta qué punto) • Cumplir su misión dentro de los límites de la ley (no proponer al cliente salidas indecorosas o ilegales • Deber de fidelidad, secreto, conocimiento, igualdad de trato, atención, información sobre la probabilidad o avance de la causa, deber de buscar la mejor solución • Deber de diligencia

  22. Deberes con los colegas • Las relaciones entre los abogados deben estar gobernadas por los siguientes principios: • Fraternidad • Cordialidad • Confianza • Comprensión • Lealtad • Respeto • Todos estos principios hacen a la dignidad y decoro profesional

  23. Deberes con los magistrados • Deber de no ejercer presiones sobre los magistrados • Deber de evitar excesivas familiaridades • Deber de respeto y consideración a su función social • Ante causa fundada, deber de presentar denuncia contra el magistrado

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