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Aspectos prácticos en la regulación del Cumplimiento Normativo Recomendaciones de IOSCO

Aspectos prácticos en la regulación del Cumplimiento Normativo Recomendaciones de IOSCO. Anayansy Rojas Chan Septiembre 2007. Antecedentes. Comité Basilea de Supervisión Bancaria. Abril del 2005 emite documento: El cumplimiento y la función de cumplimiento en los bancos.

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Aspectos prácticos en la regulación del Cumplimiento Normativo Recomendaciones de IOSCO

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  1. Aspectos prácticos en la regulación del Cumplimiento NormativoRecomendaciones de IOSCO Anayansy Rojas Chan Septiembre 2007

  2. Antecedentes • Comité Basilea de Supervisión Bancaria. Abril del 2005 emite documento: • El cumplimiento y la función de cumplimiento en los bancos. • Esfuerzo para mejorar sanas prácticas bancarias

  3. Riesgo de Cumplimiento • Riesgo de sanciones legales, normativas, pérdida financiera material o de reputación que un banco puede sufrir como resultado de incumplir con las leyes, regulaciones, normas, estándares de auto-regulación y códigos de conducta aplicables a sus actividades bancarias.

  4. Naturaleza normas • Leyes, reglamentos, acuerdos. • Normas de conducta del mercado. • Manejo de conflictos de interés. • Trato justo a clientes. • Adecuado asesoramiento a clientes.

  5. Fuentes normativas • PRIMARIAS • Leyes, reglamento y acuerdos emitidos por supervisores • SECUNDARIAS • Códigos conductas internos o gremiales. • Naturaleza ética

  6. Riesgos Involucrados • Riesgo Legal: posibilidad de una entidad de incurrir en pérdidas por demandas judiciales, administrativas, derivadas de contratos, garantías, promociones de productos, servicios o resoluciones sancionatorias de entidades reguladoras.

  7. Riesgos Involucrados • Riesgo Reputacional: potencial daño en la imagen y confianza de la clientela de una empresa debido al tratamiento publicitario por irregularidades. • Reputación- activo crítico intangible. • Impacto- valor de la acción

  8. Riesgo de Incumplimiento Riesgo Reputacional RiesgoLegal

  9. Función de cumplimiento en los intermediarios de mercados de valores IOSCO (Organización Internacional de Comisiones de Valores)

  10. Antecedentes-Corporativos • Barings Bank • Worldcom • Refco

  11. Tendencias • Diversificación de líneas de negocios producto de fusiones, adquisiciones y alianzas. • Incremento de la variedad de productos a ofrecer a diferentes categorías de clientes. • Crecimiento de transacciones complejas y uso de instrumentos sofisticados

  12. IOSCO. Reporte. • Febrero 2006 el Comité Técnico de IOSCO aprueba el reporte final sobre: • La función de cumplimiento en los mercados de intermediarios. • Finalidad: revisión de principios existentes y establecer principios complementarios

  13. Fundamento • Cumplimiento- intrínseco a las operaciones de los intermediarios: • Contar con sistemas o procesos que aseguren el cumplimiento de las leyes aplicables, códigos de conducta y buenas prácticas

  14. Objetivos • Protección del inversionista. • Reducción del riesgo legal o de sanciones regulatorias, pérdida financiera o daño a la imagen. • Preservación de la integridad del mercado.

  15. IOSCO. Principio 1 • Establecimiento de la función de Cumplimiento • Rol de cumplimiento sobre bases diarias para identificar, valorar, asesorar, monitorear y reportar al intermediario sobre el cumplimiento de requerimientos regulatorios y la adecuación de sus procedimientos de supervisión.

  16. Principio 1 • No se trata del control pasivo del cumplimiento de leyes e informe de cambios. • Actividad que implica monitoreo de transacciones y contrapartes, manejo de procesos de investigación, mejora de buenas prácticas, recomendaciones para el cumplimiento de leyes, reglamentos, etc. • Actividad altamente preventiva, no reactiva

  17. Principio 2 • Administración Gerencial y Junta Directiva • Corresponde a la Gerencia o Administración aprobar y mantener la función de cumplimiento, políticas y procedimientos para cumplir con los requisitos regulatorios. • La Junta Directiva debe contar con la certeza que la Administración cumple su función de forma efectiva

  18. Principio 2 • Cumplimiento comienza en niveles gerenciales • Hacer responsables los niveles gerenciales promueve la cultura de cumplimiento y permea la organización • Ejemplo: Incumplimiento normas secundarias.

  19. Principio 3 • Independencia y competencia para actuar • Independencia implica la posibilidad de operar sin interferencia inapropiada de otras áreas de negocios. • Regulador debe considerar es que este principio es difícil implementación en firmas pequeñas

  20. Principio 4 • Personal Calificado • El personal de cumplimiento de ser íntegro, comprender las principales regulaciones, contar con experiencia profesional y en la industria y las cualidades personales para cumplir con sus funciones de forma efectiva.

  21. Principio 4 • Equipo u oficial de cumplimiento • Conocedor de las leyes del mercado • Capacidad de brindar recomendaciones técnicas • Comprender los aspectos operativos del negocio

  22. Principio 4. Actitud de OC • Efectividad en cumplimiento requiere actitud escéptica y curiosidad innata sobre cómo las compañías podrían tratar de rodear la ley. • Habilidad para ser persistente e incluso implacable al investigar temas involucrados con administración gerencial. • Capacidad para la interacción efectiva con otros en momento difíciles. • Lori Richards, Directora Cumplimiento SEC (traducción libre)

  23. Principio 5 • Valoración de la efectividad de la función de cumplimiento • El intermediario debe periódicamente valorar la efectividad de la función de cumplimiento. • Debe estar sujeta a revisiones periódicas externas conducidas por un tercero. (Auditor)

  24. Principio 6 • Supervisión del Regulador • La actividad de supervisión del regulador debe tomar en cuenta el tamaño del intermediario y su volumen de negocio. • Personal del regulador debe conocer y comprender la figura de cumplimiento normativo.

  25. Principio 7 • Acuerdos de cumplimiento internacionales • Cuando los intermediarios operen de forma transfronteriza, el área de Cumplimiento deberá comprender las leyes aplicables a cada jurisdicción donde opere el intermediario y tomar medidas para contar con personal experto que cumpla con las regulaciones.

  26. Principio 7 • Aspectos relacionados con supervisión del Cumplimiento de subsidiarias que deben cumplir con requisitos de la casa matriz y el supervisor local. • Pueden existir diferencias en las leyes aplicables (Ej. Privacidad comunicación)

  27. Principio 8 • Tercerización de la función de cumplimiento • Los intermediarios pueden considerar tercerizar ciertas tareas de cumplimiento. Conservan la responsabilidad por las funciones contratadas. (Auditores o Bufetes) • Capacidad para ejecutar recomendaciones.

  28. Oficial de control o cumplimiento normativo Regulación Internacional

  29. Colombia • Ley 964 del 2005. Contralor normativo. • Obligación de las sociedades comisionistas de bolsa.

  30. Colombia • Establece procedimientos para asegurar cumplimiento leyes, reglamentos, estatutos, códigos de buena conducta. • Propone a J.D. medidas para asegurar el comportamiento ético, prevención del conflicto de interés, garantizar transparencia en información. • Informa y documenta a la JD sobre irregularidades que pueda afectar el sano desarrollo

  31. Perú • Reglamento de Agentes de Intermediación. 2006 • Funcionario de Control Interno

  32. Perú • Depende directamente del directorio. • Debe contar con autonomía y recursos. • Supervisa sistema de control interno del agente. • Evaluar cumplimiento de disposiciones que rigen al agente. • Evalúa confiabilidad del sistema de información y contabilidad.

  33. U.S.A. • Securities Exchange Commission • A partir del octubre del 2004 requiere a compañías de inversión y asesores de inversión:

  34. U.S.A. • Designar un Jefe de Cumplimiento, reporta directamente a la J.D. • Adoptar políticas y procedimientos de cumplimiento. • Revisión anual de procedimiento de cumplimiento

  35. Aspectos prácticos a considerar Regulación del Cumplimiento Normativo

  36. Tipo de regulación • Figura obligatoria • Nivel de desarrollo de la “cultura” de cumplimiento del mercado.

  37. Medidas generadoras • Mecanismos de creación de cultura como paso previo. • Implementación de la figura del Comité o Unidad de Riesgo. • Exigir a Junta Directiva de intermediarios reportes mensuales sobre cumplimiento normativo

  38. Costo versus beneficio • Costo de implementación de la figura. (Intermediarios pequeños) • Función compartida con OC lavado • Función a ejecutar mediante auditor

  39. Otros incentivos • Intermediarios operan por sistema de incentivo mediante bono. • Mayor asunción de riesgo. (creatividad) • Incorporar grado de cumplimiento normativo dentro porcentaje bono.

  40. Tendencias • Mega Bancos adquieren bancos e intermediarios regionales. • Cuentan con la figura del oficial de cumplimiento normativo. • Introduce e implementa en los intermediarios que han sido adquiridos.

  41. Equilibrio • “Los cambios clave para afinar un sistema de cumplimiento deben lograr un balance adecuado entre flexibilidad y disciplina. • Las compañías necesitan flexibilidad que permita el uso eficiente de sus recursos y mantener competitividad en el negocio. • Sin embargo, también es importante que practiquen altos estándares de cumplimiento que refuercen la confianza en el mercado.” Dato Ainum, Director Comisión Valores Malasia.

  42. Estándares a aplicar • No existe un estándar tipo “talla única” aplicable a un programa de cumplimiento. • Considerar el nivel de madurez • Del mercado • De la cultura de “cumplimiento”.

  43. Aspectos prácticos en la regulación del Cumplimiento NormativoRecomendaciones de IOSCO Anayansy Rojas Chan Septiembre 2007

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