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Tema 3

Tema 3. Conceptos y principios que fundamentan la orientación e intervención educativa a personas con discapacidad. La orientación desde el enfoque social. Un nuevo concepto de orientación. Principios generales de la orientación Principio de Prevención de Deficiencias.

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Presentation Transcript


  1. Tema 3 Conceptos y principios que fundamentan la orientación e intervención educativa a personas con discapacidad. (Discapacidades)

  2. La orientación desde el enfoque social. Un nuevo concepto de orientación. • Principios generales de la orientación • Principio de Prevención de Deficiencias. • Orígenes de la Prevención de minusvalías en España • Prevención y rehabilitación de minusválidos físicos y psíquicos. • La prevención de Deficiencias en la Ley 13/ 1982, de 7 de Abril, de Integración Social de los Minusválidos (L.I.S.M.I.) • Principio del Desarrollo. • Principio de Intervención Social. • Principios específicos de la orientacion en personas con discapacidad o en situación de riesgo • Principio de Integración. • Principio de Normalización. • Principio de Sectorización de Servicios. • Principio de Individualización de la Enseñanza. • Concepto de orientación a personas con discapacidad o en situación de riesgo (Discapacidades)

  3. La Orientación e intervención Educativa a personas con discapacidad o en situación de riesgo por su carácter intradisciplinar con la Orientación Educativa comparte sus principios aplicados al campo especial y además posee como propios unos principios específicos que determinan su actual desarrollo (Discapacidades)

  4. La orientación desde el enfoque social. Un nuevo concepto de orientación En los 70 surge una nueva concepción de la orientación a raíz de la necesidad de que ésta llegue a todos, se amplían los campos de orientación individual y terapéutica, uniéndose al principio de intervención, los de prevención y desarrollo. El detonante para esta nueva concepción se debe, en opinión de Gordillo, a un artículo de Guerney, que se caracteriza por un mayor compromiso social. La orientación seguirá llegando a las personas con discapacidades potenciándose su integración, pero llegará también a cualquier persona con otras necesidades. Como novedad la orientación se introducirá en los centros educativos, contando con servicios externos de apoyo y atenderá a todos los alumnos. Rodríguez Espinar, “es necesaria una nueva imagen de la orientación en el contexto educativo. Una imagen proactiva, que tome en consideración el contexto, que atienda a la prevención y al desarrollo del alumno y su acción transcienda al propio recinto escolar. Esta concepción debe apoyarse en tres principios básicos: prevención, desarrollo e intervención social”. (Discapacidades)

  5. Principios generales de la orientación • Principio de Prevención de Deficiencias. Prevención procede del campo de la salud, campo próximo a la educación, esto se puede apreciar con la incorporación de materias de salud a planes de estudio de Educación con la denominación de “Educación para la Salud”, de ése ámbito de salud mental, la orientación toma el concepto de prevención. Éste enfoque comunitario de salud mental es introducido por Caplan, que introdujo el término “psicología preventiva”, lo que significaría intervención para prevenir patologías de tipo psiquiátrico, prevención primaria. La prevención secundaria se aplica ante el surgimiento del problema y su punto fundamental es una detección temprana seguida de una intervención. La prevención terciaria, se realiza si el problema ha aparecido en toda su extensión y pretende la solución o paliamiento del problema. El término prevención puede aplicarse en diferentes ámbitos o contextos y desde un enfoque multidisciplinar. La prevención de deficiencias o alteraciones requiere una actuación diversificada como es la prevención de tipo médico y la prevención de tipo ambiental, reguladas por normativas, planes y organismos surgidos del campo sanitario, educativo y social, a raiz de que muchas actuaciones sanitarias, educativas y sociales son de carácter preventivo. (Discapacidades)

  6. Principios generales de la orientación • Orígenes de la Prevención de minusvalías en España. Prevención en el ámbito sanitario: Hasta 1970 es el tipo que existe casi en exclusividad. Por la ley de Bases para la organización sanitaria de 1944, se trata de luchar contra las enfermedades y en ella se habla de prevención (vacunas) y tratamiento preventivo. Con distintos decretos y órdenes se aprueba el reglamento para la lucha contra las enfermedades infecciosas, se crean centros de lucha contra la poliomielitis, se establece la lucha sanitaria contra la invalidez y se crea el servicio contra la parálisis infantil. Prevención en el ámbito laboral: enfoque sociocomunitario: La sanidad se extiende al ámbito del trabajo, se dictan disposiciones para que las empresas introduzcan factores de seguridad que prevengan los accidentes. 1944- Ley de Contrato de Trabajo por la que se dispone la obligatoriedad de establecer medidas de seguridad, higiene y sanidad. 1959- Creación del Instituto Nacional de Medicina y Seguridad en el Trabajo con funciones de prevención de riesgos laborales. 1959- Creación de servicios médicos de empresa. 1970- Plan Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo 1991- Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo 1995- Ley de Prevención de Riesgos Laborales Seguridad Social 1974- Ley General de la Seguridad Social, contempla la prevención de riesgos profesionales y la creación de órganos específicos con funciones preventivas. 1978- Real Decreto Ley sobre gestión institucional de la Seguridad Social, salud y empleo, por el que los servicios de prevención se encomiendan a la Administración Institucional de Sanidad Nacional y se establecen como prestaciones de Servicios Sociales el servicio de Medicina Preventiva y el de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 1978- Real Decreto por el que se desarrolla el servicio de Medicina Preventiva con los fines de apoyar las medidas y programas establecidos para la defensa de la salud colectiva, colaborar en la realización de campañas de medicina preventiva y protección de la salud y en la realización de programas y actividades de promoción de la salud, orientación personal y familiar y educación sanitaria de la población; y en todas aquellas actividades dirigidas a prevenir enfermedades o accidentes y promover la salud. (Discapacidades)

  7. Principios generales de la orientación • Prevención y rehabilitación de minusválidos físicos y psíquicos. Desde la Seguridad Social, se crearon dos Servicios por decreto, que se fusionaron en el congreso Minusval 74 con la denominación de Servicio de Recuperación y Rehabilitación de Minusválidos Físicos y Psíquicos (SEREM). También se creó la comisión Interministerial para la Integración Social de los Minusválidos, dentro de ella se establece una Subcomisión para la Prevención de la Subnormalidad, donde se produjo la firma de convenios para el estudio de factores genéticos que la originan. El SEREM también suscribió convenios con instituciones científicas. Desde el Real Patronato de Educación Especial, que después de varias reformas toma el nombre de Real Patronato sobre Discapacidad, de él surge el Plan Nacional de la Subnormalidad. Otras fuentes, por ejemplo la creación del Servicio de Orientación y planificación familiar, entre sus objetivos está la prevención de la subnormalidad por medio del reconocimiento médico prenupcial y el consejo genético. (Discapacidades)

  8. Principios generales de la orientación • La prevención de Deficiencias en la Ley 13/ 1982, de 7 de Abril, de Integración Social de los Minusválidos (L.I.S.M.I.) Ésta ley fue publicada en el BOE de 30 de Abril de 1982, parece ser que su preparación duró cuatro años trabajándose en ella desde el Congreso de los Diputados donde se constituyó una Comisión Especial para el Estudio de los Problemas de las Personas con Discapacidad. La LISMI es la primera iniciativa legislativa de nuestra historia para las personas con discapacidad y supone el primer paquete de medidas que pretendían dar respuesta de una forma global a las necesidades de estas personas. Establece la prevención como una obligación del Estado.Por el artículo 8 la prevención se encarga a la sociedad y al Estado que delegará en la salud pública y los servicios sociales. La mención a los servicios sociales era básica en una ley que hace referencia a la “integración social de los minusválidos” Sin embargo no faltan las críticas a la LISMI respecto a la ubicación de la prevención bien en el campo de la salud o en el de los servicios sociales, pues no establece los principios y normas básicas de coordinación en materia de prevención de las minusvalías, tampoco determina cuales han de ser los programas específicos de prevencion cuya obligatoriedad ha de ser exigida por los poderes públicos. La Ley General de Sanidad 14/ 1986, de 25 de Abril desarrolla implícitamente la Prevención de Minusvalías, prevista por la LISMI en su artículo 9.3. La Ley General de Sanidad y la LISMI, tienen muchos puntos en común, si bien en ésta la prevención abarca exclusivamente la prevención de minusvalías y en la primera se toma en un sentido más amplio al referirse la prevención a todo tipo de enfermedad, es decir a toda ausencia de salud. La prevención desde la Orientación Educativa. Desde la escuela puede realizarse una orientación preventiva para alumnos y padres, que junto con el contexto sociocomunitario son factores determinantes para iniciar los programas preventivos idóneos. La puesta en marcha de cualquier tipo de programa preventivo en el marco escolar ha de considerarse como el inicio de un proceso de cambio e innovación. Es muy importante la ayuda directa o indirecta a los alumnos, así como la orientación para la prevención de problemas relacionados con la integración a todos los niveles y la prevención ante factores de riesgo de adquisición de las patologías de más prevalencia. (Discapacidades)

  9. Principios generales de la orientación • Principio del Desarrollo. Se basa en la idea de que la persona durante su vida pasa por una serie de estadios o fases de desarrollo que le permiten incorporar conocimientos y experiencias. Suele ser continuo y progresivo, con estadios críticos y momentos clave en los que la orientación ha de ayudar o asesorar e intentar potenciar al máximo las habilidades del individuo. El principio evolutivo o de desarrollo en sujetos con necesidades especiales indica que a lo largo de la vida de la persona, aunque sufra alteraciones y tenga necesidades especiales, hay evolución o debe haberla aunque sea escasa, si se aplica la orientación e intervención correspondiente. El desarrollo puede considerarse desde varias perspectivas que dan lugar a diversos enfoques: Desde el enfoque madurativo: considera que el proceso de desarrollo pasa por una serie de etapas como consecuencia de la maduración del sistema nervioso central, que se manifiestan en el comportamiento y que en las personas sin discapacidad se corresponde el grado de maduración con la edad cronológica, aumentando los niveles de competencia a medida que se madura. El carácter biológico de este enfoque hizo cuestionarse la secuenciación de los comportamientos evolutivos de los niños con necesidades especiales en cada estadio, pues con frecuencia no progresan en el mismo orden que los niños sin problemas. Desde el enfoque constructivista o centrado en el proceso: se considera al desarrollo como consecuencia de la interacción del individuo con su entorno dándose un progreso organizado. El alumno es el protagonista de su propio proceso de aprendizaje y el profesor el orientador que le guía en su actividad constructiva del conocimiento. Es una corriente centrada en la forma en que se adquiere, almacena y utiliza la información. Basada en una perspectiva piagetana del desarrollo, éste se mide según el tipo de operaciones intelectuales utilizadas para resolver problemas o adaptarse a demandas del medio. Desde el enfoque conductual: el desarrollo se entiende como un proceso de conductas aprendidas bajo la influencia de consecuencias ambientales. Su evolución se mide por el número de habilidades aprendidas en un periodo de tiempo. Aunque se considera el desarrollo evolutivo, se incide en la secuenciación de aprendizajes. (Discapacidades)

  10. Principios generales de la orientación • Principio de Intervención Social. Emana de una orientación de carácter sociológico de los años 70 con al que se pretendía favorecer el desarrollo del individuo interviniendo en los contextos próximos para erradicar las privaciones sociales y proporcionar igualdad de oportunidades. Se fundamenta en el enfoque sistémico-ecológico de las Ciencias Humanas. El enfoque interaccionista del individuo y sus contextos pone de manifiesto la necesidad de una Orientación que se introduzca en los marcos sociales donde se inserta el individuo y que se relaciona con el principio de desarrollo del individuo en todos los ámbitos. El enfoque sistémico-ecológico aporta la idea de que la realidad educativa sólo se puede comprender desde una visión global en el que los diferentes sistemas (familiar, educativo, social) son interdependientes, pues lo que afecte a uno afectará a los demás en distinto grado dependiendo de los elementos compartidos y de los canales de comunicación. Se enfatizan las interacciones entre el sujeto y los estímulos externos (padres, iguales, familia, escuela, sociedad). El cambio de conducta no depende sólo de la maduración biológica o el aprendizaje, sino de las interacciones entre el sujeto y los contextos. Puesto que la forma en que un individuo se define a sí mismo con respecto a una discapacidad aseverada es una función de la interacción y se construye a través de la interacción, einterpreta los gestos y las acciones de los otros en un intento por verse a sí mismo como los demás le ven, elaborando un autoconcepto; no debe actuarse sólo sobre la persona, sino sobre los contextos para hacerlos favorables. Es necesario un “fortalecimiento del poder personal”. El principio de intervención social es un principio fundamental en la sociedad y las instituciones y en el ámbito de los discapacitados se centra en la integración y normalización previo reconocimiento de sus derechos, plasmándose en la integración a todos los niveles. Este principio puede relacionarse con el principio de prevención, al ser el marco sociocomunitario el contexto idóneo para realizar una intervención social divulgativa de información preventiva. (Discapacidades)

  11. Principios específicos de la orientacion en personas con discapacidad o en situación de riesgo • Principio de Integración. Se sitúa en Europa hacia los años 60-70. Hay un crecimiento en el sector económico y aparecen las demandas de cambio social, de mayor igualdad y de mejora de derechos civiles. Aumenta el “estado de bienestar”. Se luchó por el reconocimiento de las necesidades y derechos de las personas con discapacidad. El objetivo de la nueva política fue el de la integración en todos los ámbitos. La “integración” vino a expresar un deseo de reparar las injusticias cometidas con los discapacitados. La cultura de la integración parte de un valor inequívoco: el derecho a ser diferente, que va más allá de “igualdad de derechos de todos los niños ante la educación” e “igualdad de oportunidades ante la educación”. La educación es la clave del progreso por lo que las políticas deben procurar igualdad de oportunidades para acceder a la educación, lo que requiere servicios de apoyo para las personas que las padecen. La integración de las personas con discapacidad es un objetivo primordial en la época actual. En nuestro pais viene a confirmarlo la Ley 13/1982, de 7 de Abril de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) Es la LISMI una ley marco, que atribuye a cada Administración particular la competencia y la responsabilidad de desarrollar en su ámbito específico, los mandatos que en ella se fijan. Establece para la educación una serie de directrices acordes con las tendencias actuales en la materia que vienen a plasmar los cuatro principios que han de regir en la educación de dichas personas: integración escolar, normalización de los servicios, sectorización de la atención educativa e individualización de la enseñanza (Real Decreto 334/1985, de 6 de Marzo, de ordenación de la Educación Especial. (Discapacidades)

  12. Principios específicos de la orientacion en personas con discapacidad o en situación de riesgo • Principio de Normalización. Según el principio de Normalización, las personas disminuidas no deben utilizar ni recibir servicios excepcionales más que en los casos estrictamente imprescindibles. Consecuentemente con ello ha de tenderse a que dichas personas se beneficien, hasta donde sea posible, del sistema ordinario de prestaciones generales de la comunidad, integrandose en ella. El principio se fundamenta en la realización de las actividades de la vida diaria. El vivir en unas condiciones de vida normales no implica convertir a la persona con deficiencia en no deficiente, no se refiere el principio de normalización de la persona sino a la normalización de las condiciones de vida. Normalización e integración son conceptos muy relacionados, aunque hay autores que la relación la entienden de diversas formas. Para Mikkelsen, la normalización es el objetivo a conseguir y la integración el método para lograrlo. Mientras que para Wolfensberger la integración social es el resultado de la normalización. (Discapacidades)

  13. Principios específicos de la orientacion en personas con discapacidad o en situación de riesgo • Principio de Sectorización de Servicios. Implica acercar y acomodar la prestación de los servicios al medio en el que el discapacitado e inadaptado desarrolla su vida, lo que supone ordenar esos servicios por sectores geográficos, de población y de necesidades. Las personas con necesidades educativas especiales deben recibir atención dentro de su medio natural, creándose para ello los equipos multiprofesionales. La necesidad de una sectorización de servicios se determina por razones naturales con el fin de estar próximos a las personas que los precisan. Y la necesidad de un equipo multiprofesional por la multiplicidad de funciones a desarrollar. La demanda de servicios está en función del principio de desarrollo, solicitándose los servicios en todas las etapas de la vida. (Discapacidades)

  14. Principios específicos de la orientacion en personas con discapacidad o en situación de riesgo • Principio de Individualización de la Enseñanza. Cada persona debe recibir la atención necesaria para el máximo desarrollo de sus capacidades y su realización personal. La educación especial se iniciará tan precozmente como lo requiera cada caso y será obligatoria y gratuita. La individualización en la enseñanza implica una atención al proceso personal de desarrollo del individuo y un aprendizaje adaptado a cada escolar. El adaptar la enseñanza a las diferencias individuales convierte en protagonista al alumno con necesidades educativas especiales. También es necesario contar con el resto del grupo de la clase, por las influencias interactivas que pueden darse y que inciden en la integración. El profesor debe propiciar un cambio de actitudes y comportamientos que consideren el esfuerzo y la cooperación; la interrelación de aspectos académicos y sociales se considera un elemento fundamental para el desarrollo de la integración. (Discapacidades)

  15. Concepto de orientación a personas con discapacidad o en situación de riesgo La Orientación a personas con discapacidad o en situación de riesgo es un proceso de intervención educativa que debe incardinarse en los contextos familiar, educativo, laboral y sociocomunitario para potenciar la integración de la persona en función de sus necesidades especiales durante su desarrollo a lo largo del ciclo vital. (Discapacidades)

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