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“PATENTES”

ICC México Diplomado de Comercio Internacional. “PATENTES”. SU IMPACTO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL. Ing. José Antonio Romero 23 de Junio de 2011 Becerril, Coca & Becerril, S.C. Tel. (++ 55) 5263 8730 aromero@bcb.com.mx. DESARROLLO TECNOLÓGICO.

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  1. ICC México Diplomado de Comercio Internacional “PATENTES” SU IMPACTO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL Ing. José Antonio Romero 23 de Junio de 2011 Becerril, Coca & Becerril, S.C. Tel. (++ 55) 5263 8730 aromero@bcb.com.mx

  2. DESARROLLO TECNOLÓGICO

  3. Detección de Problemas y Oportunidades Búsqueda de Información Técnica y de Mercado Formulación de Ideas de Posibles soluciones (Viabilidad) Investigación y Desarrollo Adquisición de Tecnología de otras Fuentes Escalamiento Asimilación y Adaptación Dominio de la Tecnología Apropiación de la Tecnología Transferencia a Manufactura Transferencia al Sistema Difusión Interna Difusión Externa Uso Interno de la Tecnología Enajenación de la Tecnología Venta Total de Tecnología Licenciamiento de Tecnología DESARROLLO TECNOLÓGICO

  4. DESARROLLO TECNOLÓGICO TECNOLOGÍA INVENTOR I+D ¿TRANSFERENCIA A LA SOCIEDAD? MONOPOLIO TEMPORAL SI PROTECCIÓN CONTRA ROBO NO

  5. DESARROLLO TECNOLÓGICO DESARROLLOS PROPIEDAD INDUSTRIAL DERECHOS DE AUTOR

  6. APROPIACIÓN DE TECNOLOGÍA

  7. APROPIACIÓNDETECNOLOGÍA PROTECCIÓN LEGAL DOCUMENTACIÓNDE SECRETOSINDUSTRIALES REGISTRODE DERECHOSDEAUTOR *Patentes *ModelosdeUtilidad *Diseños * Marcas * AvisosoNombres Comerciales *Impresiónenpapel oensoportes *Contratosde confidencialidad *Identificacióndela informacióncomo confidencial * Salvaguardadela informaciónconfidencial * Programasde Computación * Bases de Datos * Formas Artísticas APROPIACIÓN DE TECNOLOGÍA

  8. SECRETO PATENTE INDUSTRIAL 20 Años a partir de la presentación de No tiene limitación, siempre y cuando Duración la solicitud correspondiente se mantenga su CONFIDENCIALIDAD Ninguno. Puede legalmente ser descubierto por Riesgo Da a su titular un derecho de otros de manera independiente o propiedad y uso exclusivos aplicando ingeniería inversa Invenciones que cumplan con ciertos Se pueden proteger conocimientos Aplicación requisitos (Novedad, Actividad nuevos que no son patentables Inventiva, etc.) Costo relativamente predecible, en Costo conocido y continuo según las función de los países donde se busque medidas que se tomen para preservar Cost o la protección la confidencialidad Derechos internacionalmente Reconocimiento de Únicamente en los países donde exista reconocidos, dependiendo de las leyes Derechos la patent e de los países involucrados De mayor valor por la exclusividad que De menor valor ya que el derecho de Valor otorga exclusividad está ausente APROPIACIÓN DE TECNOLOGÍA

  9. SISTEMAS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

  10. En México, el Sistema de Propiedad Industrial está regulado por la Ley de la Propiedad Industrial de Junio de 1991, reformada en Octubre de 1994, así como por el Reglamento correspondiente de Noviembre de 1994. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es el organismo encargado de aplicar la ley y regular las actividades en el área de Propiedad Industrial y Tecnología. SISTEMAS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

  11. SISTEMAS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL I M P I

  12. Que sea novedosa. Que haya existido actividad inventiva. Que sea susceptible de aplicación industrial. Que cumpla con los requisitos de patentabilidad que exija la ley correspondiente. REQUISITOS PARA QUE UNA INVENCIÓN PUEDA SER PROTEGIDA VIA PATENTE BAJO UN RÉGIMEN DE PROPIEDAD INDUSTRIAL: SISTEMAS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

  13. Alimentos para consumo animal y humano, y los procesos para su obtención. Fertilizantes, pesticidas, herbicidas y fungicidas. Aleaciones. Variedades de plantas y procedimientos genéticos para obtenerlas. Productos químicos y farmacéuticos. Procesos biotecnológicos para obtener productos farmacéuticos. Invenciones relacionadas con la energía nuclear. Métodos de diagnóstico, terapéuticos y quirúrgicos para plantas. Nuevos usos médicos de compuestos químicos. LO QUE ES PATENTABLE EN LA MAYORÍA DE LOS PAÍSES DEL MUNDO SISTEMAS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

  14. Principios teóricos o científicos. Meros descubrimientos. Esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios. Métodos matemáticos. Programas de computación (protegibles por derechos de autor). Formas para presentación de información. Creaciones estéticas y obras artísticas y literarias. Métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicable a seres humanos o animales. Yuxtaposición de invenciones conocidas que no produzcan un nuevo resultado industrial. LO QUE NO ES PATENTABLE EN LA MAYORÍA DE LOS PAÍSES DEL MUNDO: SISTEMAS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

  15. FIGURAS JURÍDICAS PARA PROTECCIÓN DE TECNOLOGÍA

  16. FIGURAS JURÍDICAS PARA PROTECCIÓN DE TECNOLOGÍAS

  17. FIGURAS JURÍDICAS PARA PROTECCIÓN DE TECNOLOGÍAS

  18. SECRETOS INDUSTRIALES PATENTES I M P O R T A N C I A SIGNOS DISTINTIVOS T I E M P O 0 FIGURAS JURÍDICAS PARA PROTECCIÓN DE TECNOLOGÍAS IMPORTANCIA DE LOS SIGNOS DISTINTIVOS, PATENTES Y SECRETOS INDUSTRIALES

  19. Áreas de territorios del mundo www.worldmapper.org Universidades de Shieffield y Michigan

  20. El mundo “igual” Si todos los países tuvieran la misma área

  21. Los terrenos en la era del conocimiento El territorio representa las patentes otorgadas

  22. Los beneficios en la era del conocimiento El territorio representa regalías y pagos de licencias recibidos menos pagados (balanza de pagos)

  23. ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES

  24. OMPI La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) fue establecida en 1970 y adquirió el estatuto de organismo especializado de las Naciones Unidas en 1974. ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES Tiene como objetivos: • Fomentar el respeto, la protección y la utilización de la propiedad intelectual en el mundo. • Asegurar la cooperación entre los estados. • Asegurar la cooperación administrativa entre las “Uniones de Propiedad Intelectual”.

  25. ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES TRATADOS ADMINISTRADOS POR LA OMPI EN MATERIA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL • Convenio de París para la protección de la propiedad industrial (1883). • Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos (1891). • Tratado de Nairobi sobre la protección del símbolo olímpico (1981). • Tratado de Cooperación en Materia de Patentes – PCT (1970). • Tratado de Budapest sobre el reconocimiento internacional del depósito de microorganismos (1977).

  26. ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES TRATADOS ADMINISTRADOS POR LA OMPI EN MATERIA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (continuación) • Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas (1891). • Protocolode Madrid (1989). • Arreglo de Lisboa relativo a la protección de las denominaciones de origen y su registro internacional (1958). • Arreglo de La Haya (1925) relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales. • Arreglo de Estrasburgo relativo a la clasificación internacional de patentes (1971).

  27. ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES TRATADOS ADMINISTRADOS POR LA OMPI EN MATERIA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (continuación) • Arreglo de Niza relativo a la clasificación internacional de productos y servicios para el registro de marcas (1957). • Arreglo de Locarno que establece una clasificación internacional para los dibujos y modelos industriales (1968). • Acuerdo de Viena por el que se establece una clasificación internacional de los elementos figurativos de las marcas (1973).

  28. (Meses) 0 12 Presentación de las solicitudes en el extranjero Presentación de la solicitud original ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES SISTEMA TRADICIONAL DE PATENTES • Requisitos formales múltiples. • Búsquedas múltiples. • Publicaciones múltiples. • Exámenes múltiples y prosecución de los trámites relativos a las solicitudes. • Traducciones y tasas nacionales requeridas al cabo de los 12 meses.

  29. ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES SISTEMA PCT • Requisitos formales únicos. • Búsqueda internacional. • Publicación internacional. • Examen preliminar internacional • La solicitud internacional puede enmendarse antes de la fase nacional. • Traducciones y tasas nacionales exigidas a los 20 ó 30 meses, y únicamente si el solicitante desea continuar el trámite.

  30. ORGANIZACIONES Y TRATADOS INTERNACIONALES SISTEMA PCT • Requisitos formales únicos. • Búsqueda internacional. • Publicación internacional. • Examen preliminar internacional • La solicitud internacional puede enmendarse antes de la fase nacional. • Traducciones y tasas nacionales exigidas a los 20 ó 30 meses, y únicamente si el solicitante desea continuar el trámite.

  31. GRACIAS aromero@bcb.com.mx

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