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Seminario DECOMISO DE ACTIVOS Y BIENES ORIGINADOS EN ACTOS DE CORRUPCION. DIRIGIENDO UNA INVESTIGACIÓN FINANCIERA. Por: MERCEDES DE LEÓN. FISCAL PRIMERA ANTICORRUPCIÓN DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN. El DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES en la LEGISLACIÓN PANAMEÑA .
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Seminario DECOMISO DE ACTIVOS Y BIENES ORIGINADOS EN ACTOS DE CORRUPCION DIRIGIENDO UNA INVESTIGACIÓN FINANCIERA Por: MERCEDES DE LEÓN FISCAL PRIMERA ANTICORRUPCIÓN DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
El DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES en la LEGISLACIÓN PANAMEÑA LEY No. 41 de 2 de octubre de 2000 Capítulo VI, Título XII, libro II del Código Penal Arts. 389-393 DELITO CONTRA LA ECONOMÍA NACIONAL
NORMAS PENALES VIGENTES SOBRE BLANQUEO DE CAPITALES Art.389:Quien reciba, deposite, negocie, convierta o tranfiera dineros, títulos, valores , bienes u otros recursos financieros, a sabiendas de que proceden de actividades relacionadas con el tráfico de drogas, estafa cualificada, tráfico ilegal de armas, tráfico de personas, secuestro, extorsión, peculado, corrupción de servidores públicos, actos de terrorismo, robo o tráfico internacional de vehículos o de delitos contra la propiedad intelectual en general, previstos en la ley panameña, con el objeto de ocultar o encubrir su origen ilícito o de ayudar a eludir las consecuencias jurídicas de tales hechos derá sancionado con pena de 5 a 12 años de prisión o de 100 a 200 días multa.
CONDUCTAS O ACCIONES TIPICAS DEL DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES • RECIBIR, DEPOSITAR, NEGOCIAR, CONVERTIR O TRANFERIR ACTIVOS A SABIENDAS QUE TIENEN ORIGEN EN UNA DE LAS CONDUCTAS SEÑALADAS EN LA NORMA • REALIZAR CUALQUIER OTRO ACTO PARA OCULTAR O ENCUBRIR EL ORIGEN, UBICACIÓN, DESTINO O PROPIEDAD DE LOS ACTIVOS O BIENES PROVENIENTES DE ALGUNA DE LAS CONDUCTAS SEÑALADAS EN LA NORMA O AYUDAR A FACILITAR SU BENEFICIO. • REALIZAR CUALQUIER OTRO ACTO PARA AYUDAR A LA PERSONA QUE HAYA INCURRIDO EN EL DELITO A ELUDIR LAS CONSECUENCIAS DE SUS ACTOS.
DELITOS PREDICADOS • TRAFICO DE DROGAS • ESTAFA CUALIFICADA • TRÁFICO ILEGAL DE ARMAS • TRÁFICO DE PERSONAS • SECUESTRO • EXTORSIÓN • PECULADO • CORRUPCIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS • ACTOS DE TERRORISMO • ROBO O TRÁFICO INTERNACIONAL DE VEHÍCULOS • DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL
MARCO LEGAL DEL DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES PROVENIENTES DEL DELITO DE CORRUPCIÒN EN PANAMÀ INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción Ley No.15 de 10 de mayo de 2005 Convención Interamericana contra la Corrupción LEGISLACIÓN NACIONAL Ley no. 42 de 1 de julio de 1998 NORMAS PENALES NORMAS PROCESALES
Perseguir los delitos y contravenciones de disposiciones legales y constitucionales.(art. 217) El Ministerio Publico será ejercido por el Procurador(a) General de la Nación, el Procurador de la Administración, los Fiscales y Personeros (art.216) ATRIBUCIÓN CONSTITUCIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
LA INSTRUCCIÓN DEL SUMARIO • PROPÓSITO • Comprobar la existencia del hecho punible mediante la realización de todas las diligencias pertinentes y útiles para el descubrimiento de la verdad • Averiguar todas las circunstancias que sirvan para calificar el hecho punible, que lo agraven, atenúen o justifiquen • Descubrir el autor o partícipe así como todo dato, condición de vida o antecedentes que contribuya a identificarlo, conocerlo en su individualidad, ubicarlo socialmente o comprobar cualquier circunstancia que pueda servir para establecer la agravación o atenuación de la responsabilidad. • Comprobar la extensión del daño económico causado por el delito.
LABOR DEL FISCAL • Recepción de testimonios y declaraciones • Diligencias de allanamientos y registros • Inspecciones oculares • Medidas cautelares sobre personas y bienes • Recabar pruebas documentales y periciales • Otras que resulten útiles y pertinentes para la investigación,
FUENTE U ORIGEN DE UNA INVESTIGACIÓN POR BLANQUEO DE CAPITALES Procesos por Denuncias Asistencias Judiciales Internacionales U.A.F. F I S C A L I A S Sección de Investigación Financiera(M.P)
ORIGEN DEL CASO INFORME REMITIDO AL MINISTERIO PUBLICO POR LA UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO PARA LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO ( UAF) • CONTENIDO DEL INFORME • Información General • Banderas rojas • Análisis del caso • conclusión
Sección de Drogas Sección de Peculado y Corrupción Sección de Robo y Hurto de Vehículo Sección de Tráfico de Personas, Extorsión y Secuestro Sección de Tráfico Ilegal de Armas y Terrorismo PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE LOS CASOS REMITIDOS POR LA U.A.F AL MINISTERIO PÚBLICO. U.A.F. PROCURADURÍA GENERAL Fiscalías Anticorrupción Fiscalías de Hurto y Robo de Vehículo Fiscalía Delitos Financieros y otras UNIDAD DE INVESTIGACIÓN FINANCIERA ----- INFORME FINANCIERO Investigación Criminal Remite el Expediente a los Tribunales
SECCIÓN DE INVESTIGACIÓN FINANCIERA(SIF) Ministerio Pùblico Objetivo de la Investigación Financiera : Establecimiento de la procedencia, uso y destino de los fondos que se ha detectado que han sido ingresados al sistema financiero a través de actividades de esta índole, ya sea a título personal o a nombre de personas naturales o jurídicas.
INFORMACIÓN RECOPILADA A TRAVÉS DE LA INVESTIGACIÓN FINANCIERA (SIF) • Movimientos de cuentas bancarias y de inversión( generales de las cuentas, uso y destino de los fondos, entradas y salidas de fondos) • Bienes muebles e inmuebles (forma de pago, titulares) • Constitución de sociedades anónimas y fundaciones e información referente a las mismas actividades comerciales de las personas naturales o jurídicas
OTRA INFORMACIÓN • Status financiero de familiares cercanos • Uso de tarjetas de crédito • Nivel de vida • Movimientos migratorios
ACCIONES A TOMAR • Localización de activos y bienes • Medidas sobre activos y bienes • Solicitudes de asistencia judicial internacional • Obtención de Pruebas testimoniales, documentales o periciales • Aplicación de medidas cautelares personales
CONCLUSIÓN DEL SUMARIO • Vista Fiscal • Solicitud • Apertura de causa criminal • Sobreseimiento
CONCLUSIONES Principales aspectos a considerar en las investigaciones por delitos de blanqueo de capitales provenientes de actos de corrupción • Determinación de la comisión del delito y sus responsables • Origen de los fondos • Utilización del sistema societario • Utilización del sistema financiero • Adquisición y trasferencia de bienes • Inmovilización de activos y bienes • Cooperación Internacional
FISCAL PRIMERA ANTICORRUPCIÓN DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN MUCHAS GRACIAS