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FACULTAD DE DERECHO CURSO: DERECHO PROCESAL DE TRABAJO PROFESOR: Dr. Fernando El ías Mantero

FACULTAD DE DERECHO CURSO: DERECHO PROCESAL DE TRABAJO PROFESOR: Dr. Fernando El ías Mantero. PROFESOR DEL CURSO. Dr. Fernando Elías Mantero Abogado (Universidad de San Marcos 1963) Doctor en Derecho (Universidad de San Marcos 1973)

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FACULTAD DE DERECHO CURSO: DERECHO PROCESAL DE TRABAJO PROFESOR: Dr. Fernando El ías Mantero

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Presentation Transcript


  1. FACULTAD DE DERECHO CURSO: DERECHO PROCESAL DE TRABAJO PROFESOR: Dr. Fernando Elías Mantero

  2. PROFESOR DEL CURSO Dr. Fernando Elías Mantero • Abogado (Universidad de San Marcos 1963) • Doctor en Derecho (Universidad de San Marcos 1973) • Profesor Principal de la USMP desde 1971 en los cursos de Derecho Individual, Colectivo y Procesal de Trabajo • Profesor de la Sección de Posgrado en el Área Laboral • Director fundador de la Revista Actualidad Laboral (1975) • Autor de diversos libros en materia laboral • Miembro Honorario de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde su fundación.

  3. AYUDANTE DE CATEDRA Pettit Ostos Meza Abogada USMP Estudios de Maestría en Derecho del Trabajo USMP. Funcionaria del Ministerio de Trabajo y PE

  4. Objetivo del curso: Ideas Centrales El propósito del curso es exponer los grandes lineamientos para la tramitación de las reclamaciones laborales. El derecho procesal es un derecho dinámico en movimiento que tiene una finalidad preventiva, frente al derecho sustantivo que es fundamentalmente estático y preventivo. El abogado litigante tiene un perfil especial de contenido sicológico, intelectual y de personalidad. Estas características son más necesarias a partir de la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal de Trabajo.

  5. OBJETIVO DEL CURSO: El curso sienta las bases de preparación para la litigación (especialmente la oral) , pero recuerden:

  6. RECUERDEN SOLO SE APRENDE A LITIGAR……………….. LITIGANDO En el caso de los estudiantes de derecho observando como se litiga.

  7. IMPORTANCIA DEL MOMENTO PROCESAL ACTUAL ESTAMOS PRESENCIANDO EL CAMBIO DE MODELO DE LITIGACION DEJANDO UN ESQUEMA DE RAICES ESCRITAS POR UN SISTEMA DE LITIGACION ORAL. EL ABOGADO MODERNO REQUIERE DE NUEVOS CONOCIMIENTOS, HABILIDADES, APTITUDES Y TECNICAS. La litigación oral requiere entrenamiento permanente y continuo A COMENZAR…………..

  8. TEMARIO DE LA PRIMERA CLASEIntroducción al Derecho Procesal de Trabajo.Visión de un sistema de solución de conflictos laborales • Ubicación del Derecho Procesal del Trabajo dentro del espectro de las disciplinas jurídicas Y vinculación con el derecho sustantivo del trabajo. • La controversia laboral: diferencia entre los conflictos jurídicos (de aplicación) o económicos (de revisión) • Concepto de controversia: Análisis general de los mecanismos relacionados con la solución de controversias. Visión panorámica de la forma como se plantean y solucionan los conflictos laborales en el Perú. Visión panorámica de la vía administrativa, judicial y arbitral en el planteamiento y solución de los conflictos laborales. El conflicto laboral colectivo.

  9. DERECHO DEL TRABAJO¿Cómo está dividido? Derecho Individual de Trabajo. Derecho Colectivo de Trabajo Derecho Procesal de Trabajo EXISTE RELACION ENTRE LAS TRES RAMAS DOS DE LAS CUALES CONFLUYEN ( SE APLICAN) EN EL DERECHO PROCESAL DE TRABAJO

  10. DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO • 1) La relación entre los sujetos es desigual • 2) Como consecuencia de ello el punto de partida es la desigualdad: tendencia a igual lo que determina su CARÁCTER PROTECTOR. • 3) Se persigue eliminar la desigualdad a través de la legislación: • Es un derecho eminentemente legal. • ¿POR QUÉ SON IMPORTANTES ESTAS REFLEXIONES?

  11. DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO • 1.- El punto de partida es la igualdad de las partes ( Sindicatos, pliegos de reclamos etc) • 2.- No hay necesidad de establecer muchos mecanismos de protección: los proporciona el carácter colectivo de los sujetos. • 3.- Es un derecho fundamentalmente contractual más que legal. • 4.- Las normas de derecho colectivo son fundamentalmente instrumentales.

  12. DERECHO PROCESAL • 1.- Es un derecho instrumental: vía de aplicación de los derechos sustantivos. • 2.- En el confluye tanto el derecho individual como colectivo de trabajo. • 3.- Se sustenta en la autonomía del derecho sustantivo ( individual y colectivo). • 4.- Como derecho sirviente está hecho para facilitar los objetivos del individual y colectivo. • En el proceso laboral se presenta la necesidad de aplicar los principios del derecho individual y colectivo de trabajo y sobre todo los derechos constitucionales referidos al trabajo.

  13. Ejemplos de aplicación: • 1.- El Juez Laboral tiene que cuidar que el trabajador no renuncie a derechos laborales. • 2.- El Juez laboral interviene para aprobar ciertos actos de disposición de derechos por parte del trabajador • Limitación en el uso de ciertas formas de solución de las controversias laborales (el arbitraje) • CASO DEL DESISTIMIENTO Y DIFERENCIA DE SU APLICACIÓN EN LO CIVIL Y LABORAL. • ¿Tiene el trabajador plena libertad para desistirse de la acción, de la pretensión o de un medio impugnatorio?

  14. ¿PORQUE EXISTE EL DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO? • Es una disciplina de aplicación (derecho sirviente). • Tiene que estar hecho “a imagen y semejanza” de las disciplinas que sirve. • Porque otras disciplinas procesales no son compatibles para cumplir con los fines que se impone el Derecho del Trabajo. • NO SE NOS OCURRIRIA TRAMITAR UN RECLAMO LABORAL CON UN PROCESO CIVIL.

  15. Derecho Procesal Civil Derecho Administrativo. Normas de solución alternativa de conflictos Derecho Individual de Trabajo. Derecho Colectivo de Trabajo Ley Orgánica del Poder Judicial. DERECHO CONSTITUCIONAL Disciplinas relacionadas con el Derecho Procesal de Trabajo.

  16. EL DERECHO PROCESAL ESTA VINCULADO AL CONCEPTO DE CONFLICTO O CONTROVERSIA DE LA MISMA MANERA QUE EL MEDICO CONVIVE CON LA ENFERMEDAD,EL ABOGADO TAMBIEN DEBE HACERLO CON RESPECTO AL CONFLICTO PARA SER TECNICO EN LA SOLUCION DEL MISMO.

  17. NOCION DE CONTROVERSIA DICCIONARIO : Discusión larga y reiterada entre dos personas. La existencia de controversias obliga a la sociedad a la creación de mecanismos para su solución. El abogado debe ser considerado como un experto en la solución de conflictos y no un promotor de conflictos (picapleitos)

  18. Conflicto: ACEPCIONES DEL RAE • 1. (Del lat. conflictus. ) m. Combate, lucha, pelea. Ú. t. en sent. fig. • 2. Enfrentamiento armado. • 3. fig. Apuro, situación desgraciada y de difícil salida. • 4. fig. Problema, cuestión, materia de discusión. • 6. Psicol. Coexistencia de tendencias contradictorias en el individuo, capaces de generar angustia y trastornos neuróticos. • Colectivo. El de orden laboral, que enfrenta a trabajadores y empresarios.

  19. EL CONFLICTO Y LA NATURALEZA HUMANA EXISTEN DIVEROS TIPOS DE CONFLICTOS. EL ABOGADO ES TECNICO EN SOLUCION DE CONFLICTOS JURIDICOS. LOS CONFLICTOS SON ENFRENTADOS POR DIVERSOS PROFESIONALES

  20. Características del conflicto laboral • a.- Existencia de un conflicto de posiciones entre los sujetos de la relación laboral: lo que uno paga de menos le significa mayor beneficio. El trabajador quiere trabajar lo menos que pueda y ganar lo más que puede. Lo contrario sucede por parte del empleador. • b.- El conflicto tiene un contenido eminentemente economico y de subsistencia no sólo para el trabajador sino también para su familia • c.- La continuidad de la relación laboral conduce a un ejercicio permanente de conciliación

  21. MECANISMOS PARA LA SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS NEGOCIACION DIRECTA NEGOCIACION ASISTIDA SISTEMA DE CONCILIACION SISTEMA ARBITRAL SISTEMA ESTATAL a) mecanismos administrativos b) mecanismos judiciales

  22. Evolución de los sistemas de solución de conflictos • Inicialmente no existían mecanismos especializados para la solución de conflictos laborales. • Con la promulgación de la Ley 4916 se instituye el arbitraje como instrumento obligatorio de solución de los conflictos laborales.(fundamento Constitución 1920) • Posteriormente por Ley 6871 se crean Juzgados de Trabajo en sustitución del arbitraje. • Durante muchos años el Ministerio de Trabajo asumió un rol fundamental en la solución de conflictos de trabajo. • Hoy en día hay hegemonía judicial en la solución de los conflictos de trabajo.

  23. Evolución de los sistemas de solución de conflictos en el Perú • Comienza la solución de conflictos laborales en la vía administrativa. • a) antes de la creación del Ministerio de Trabajo (1948) • b) Después de la creación del Ministerio de Trabajo. • Fuero Privativo de Trabajo • Poder Judicial.

  24. Evolución de los sistemas de solución de conflictos en el Perú. • Tendencia a trasladar la solución de los conflictos laborales a la vía judicial. • SITUACION ACTUAL: • A) Tendencia a que los problemas sean resueltos en la vía judicial. • B) En materia de negociación colectiva a que sean resueltos por arbitraje. • C) El procedimiento de Inspección como sistema para solucionar prontamente conflictos laborales.

  25. Evolución de los sistemas de solución de conflictos en el Perú • Conflictos que se solucionan en la vía judicial • a.- Vía judicial laboral (Juez de Trabajo) • b.- Otras vías judiciales (Via Constitucional) • Conflictos que se solucionan en la vía arbitral. • a) arbitraje jurídico • b) arbitraje económico • Conflictos que se solucionan en la vía administrativa. (Procedimiento de Inspección) • Relatividad de la vía arbitral en la solución de conflictos laborales individuales.

  26. CONFLICTOS LABORALES

  27. Relacionamiento entre los diversos medios de solución de los conflictos laborales.(I) 1.- Los procedimientos seguidos ante la Administración de Trabajo pueden ser objeto de: a) Acciones contencioso administrativas. b) Procesos de amparo por afectación de derechos constitucionales. 2.- Los procedimientos económicos desarrollados por vía de arbitraje pueden ser objeto de impugnación ante el Poder Judicial a través del procedimiento señalado en la LPT. También podrían ser cuestionados por vía de proceso constitucional si se diera el caso.

  28. Relacionamiento entre los diversos medios de solución de los conflictos laborales.cionamiento entre los diversos (II) Los pronunciamientos judiciales son susceptiles de cuestionamiento en la vía constitucional a través del proceso de amparo cuando en ellos se afectan derechos constitucionales. (Caso en que se declaró fundada una demanda de amparo contra la decisión de una Sala Laboral declarando fundada excepción de prescripción cuando ella no procedía)

  29. JURIDICOS O DE APLICACION Aquéllos que persiguen el cumplimiento de una norma legal o contractual existente. ECONOMICOS O DE REVISION Clases de Conflictos Laborales Aquéllos que persiguen La generación de una obligación Que será de aplicación al grupo De trabajadores. (Negociación Colectiva) Después de generada una obligación, en caso de incumplimiento puede generar un conflicto de aplicación.

  30. Temas de REFLEXION PARA LOS ALUMNOS CON RESPECTO AL TEMA: • ¿De que manera se expresa la vinculación existente entre el derecho sustantivo y procesal de trabajo?  • ¿Ventajas y desventajas de cada uno de los mecanismos existentes para la solución de los problemas laborales? • ¿Criterios para establecer el mejor mecanismo para la solución de cada tipo de conflicto laboral? • ¿Existen mecanismos para agilizar la solución de los conflictos laborales?  • ¿Cuáles son las principales características de cada uno de los mencionados sistemas?

  31. REPASO • El concepto de controversia está íntimamente vinculada a la actividad del abogado. • El abogado actúa de dos maneras frente a la controversia: • A) preventivamente creando las condiciones para que ella en lo posible en lo posible. • B) Tratando de solucionar las controversias de la mejor manera.

  32. MECANISMOS PARA LA SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS NEGOCIACION DIRECTA NEGOCIACION ASISTIDA SISTEMA DE CONCILIACION SISTEMA ARBITRAL SISTEMA ESTATAL a) mecanismos administrativos b) mecanismos judiciales

  33. SOLUCION CONFLICTOS LABORALES • Conflictos que se solucionan en la vía administrativa. • Conflictos que se solucionan en la vía arbitral. • Conflictos que se solucionan en la vía judicial • Conflictos que se solucionan en la vía constistucional.

  34. CONFLICTOS

  35. Características principales vía administrativa • 1) Se desarrolla ante el Ministerio de Trabajo. • 2) Sus resoluciones son administrativas y por lo tanto susceptibles de ser cuestionadas ante el Poder Judicial mediante la acción contencioso administrativa. • 3) Hay cierto grado de influencia política en tanto el Ministerio de Trabajo es un órgano del Poder Ejecutivo. (Concepto variable de acuerdo con quién esta en el Gobierno) • 4) Se desarrolla principalmente en funciones de inspección y conciliación.

  36. VIA ARBITRAL: principales características • Es una vía eminentemente facultativa. Es obligatoria a titulo de excepción. • Los árbitros son generalmente designados o escogidos por las partes. • Es una vía que por lo general es más costosa. • No obstante ello en algunos casos es conveniente por la celeridad de la misma.

  37. VIA ARBITRAL (I) • Es una excepción a la vía judicial y administrativa de solución de conflictos laborales. • Tiene sus ventajas y desventajas: • Ventaja: rapidez en la resolución: dedicación exclusiva del Tribunal ad hoc • Desventajas: elevado costo frente a la vía judicial • Debe ser limitada en materia de relaciones individuales de trabajo.

  38. Vía arbitral II • Se utiliza en la negociación colectiva como alternativa de la huelga en la solución de conflictos laborales. • En este caso nos encontramos ante un arbitraje económico • El arbitraje jurídico laboral debe tener limitaciones en cuanto a la forma de su concertación.

  39. Vía arbitral III • Artículo 104 de la Ley Procesal de Trabajo “ Las controversias jurídicas en materia laboral pueden ser sometidas a arbitraje, pudiendo las partes acogerse a lo dispuesto en la Ley General de Arbitraje en lo aplicable u optar por otro procedimiento arbitral”

  40. NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO (LEY 29497) SEXTA DISPOSICION COMPLEMENTARIA.- Las controversias jurídicas en materia laboral pueden ser sometidas a arbitraje, siempre y cuando el convenio arbitral se inserte a la conclusión de la relación laboral y, adicionalmente, la remuneración mensual percibida sea, o haya sido, superior a las setenta (70) Unidades de Referencia Procesal (URP).

  41. VIA JUDICIAL

  42. Característica de la vía judicial • Es la expresión del monopolio jurisdiccional del Estado. • Es una vía menos onerosa que la arbitral. • Los jueces son designados por el Estado y por lo general el litigante no tiene mayor posibilidad de escogerlo o designarlo • Es una vía lenta y congestionada.

  43. Ministerio de Trabajo • FUNCIONES: • INSPECTIVA (Preventiva y fiscalizadora) • CONCILIADORA: Promotor de soluciones • ASESORA: De orientación para la mejor aplicación de las normas legales, evitando los conflictos laborales.

  44. MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO. • Interviene en los conflictos laborales en vía preventiva y conciliatoria. • La vía preventiva se desarrolla a través de los servicios de inspección de trabajo. • La vía conciliatoria es a través de los servicios y mecanismos de conciliación. • Tiene un rol importante en los temas de HIGIENE y SEGURIDAD OCUPACIONAL • Tiene un rol secundario en asuntos de negociación colectiva.

  45. * SERVICIOS DE INSPECCION ¿Qué es la Inspección de Trabajo? ¿Cómo se desarrolla la inspección de trabajo. Usos prácticos de los servicios de inspección de trabajo. SERVICIOS DE CONCILIACION ¿Cuál es la finalidad de los servicios de conciliación? ¿Son eficaces los servicios de conciliación? FUNCION PREVENTIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO

  46. INTERVENCION DEL MINISTERIO DE TRABAJO EN LA NEGOCIACION COLECTIVA • Como regla general no tiene facultades trascendentales en temas de negociación colectiva. • Abre el expediente de negociación colectiva. • Toma conocimiento de los convenios colectivos. • Designa Presidentes de Tribunales Arbítrales en algunos casos.

  47. Trabajo práctico: Fecha 26 de MARZO 1.- ¿Qué señala la jurisprudencia con respecto al arbitraje laboral? 2.-¿Lo permite de manera irrestricta? 3.-¿Existen limitaciones para su aplicación? 4.- ¿De que manera puede perjudicar al trabajador la posibilidad de pactar un arbitaje obligatorio para la solución de conflictos laborales? 5.- ¿Ventajas que ofrece el arbitraje para solucionar controversias originadas por diferencias interpretativas en el convenio colectivo de trabajo.?

  48. PROBLEMAS EN EL ARBITRAJE • ¿Que sucede cuando el empleador coloca en el contrato de trabajo escrito una cláusula por la cual toda controversia laboral deba ser resuelta obligatoriamente en la vía judicial? • ¿De que manera podría esta situación perjudicar al trabajador? • ¿Que solución se podría dar legislativamente para solucionar una situación como la señalada? • ¿Cuál es el tratamiento del arbitraje en la Ley 26636? • ¿Cuál es la posición actual de la jurisprudencia con respecto al arbitraje? • ¿Que dice la Nueva Ley Procesal de Trabajo con respecto al arbitraje? • (3 páginas como máximo) • IDEAS ORIGINALE – NO COPIA DE INTERNET

  49. APOYO DIDACTICO • Página WEB : www.revista-actualidadlaboral.com • (normas legales, artículos y material de interés, formatos) • Correo electrónico • derlaboral1@gmail.com

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