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SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Subsecretaría de Planeación Territorial

PLAN PARCIAL PROSCENIO UNIDAD DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA No. 1 MANZANA 1. SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Subsecretaría de Planeación Territorial Dirección de Patrimonio y Renovación Urbana Abril 2011. CONTENIDO. Apertura Introducción a cargo de la SDP.

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  1. PLAN PARCIAL PROSCENIO UNIDAD DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA No. 1MANZANA 1 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Subsecretaría de Planeación Territorial Dirección de Patrimonio y Renovación Urbana Abril 2011

  2. CONTENIDO • Apertura • Introducción a cargo de la SDP. • Presentación de la UAU No. 1 en el que se precisa los aspectos bases para la ejecución del U.A.U, soportado entre otros por el reparto de cargas y beneficios a cargo del grupo promotor de la U.A.U No.1 • Participación de la administración a cargo de la ERU. • Preguntas y comentarios por parte de los propietarios del suelo.

  3. Introducción a cargo de la SDP.

  4. LOCALIZACIÓN UNIDADES DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA Avenida Carrera 15 Calle 86A Carrera 14 Avenida Calle 85 Avenida Calle 85 Kr 13 Kr 13

  5. PROCESO PLAN PARCIAL “PROSCENIO”

  6. PROCESO SOCIALIZACION e INFORMACIÓN UAU No. 1 “PROSCENIO” • El 11 de Agosto de 2011 se realizó una JORNADA DE SOCIALIZACIÓN según Decreto 2181 de 2006 en donde se presentaron la delimitación y los instrumentos de gestión de la UAU No. 1 del plan parcial PROSCENIO ubicado en la localidad de Chapinero. Esta socialización se realizó en la Cámara de Comercio Sede Norte localizada en la Carrera 15 No. 93 A-10 Bogotá. • En esta socialización se invitó a la comunidad de propietarios y demás interesados que asistieron, a dirigirse a la Secretaría Distrital de Planeación para ampliar información y conocer con mayor detalle el proceso del plan parcial y contenidos del DTS radicado por el promotor. Se realizó de acuerdo a ello, una ATENCIÓN AL PÚBLICO los días lunes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. • Después de esta misma socialización algunos propietarios y la veeduría del plan parcial, conformada el mismo día de la socialización, enviaron a la Dirección de Patrimonio y Renovación Urbana Derechos de Petición, los cuales fueron contestados y atendidos.

  7. Objeto reunión informativa Informar los ajustes requeridos al promotor para precisar las condiciones de ejecución de la Unidad de Actuación Urbanística No. 1, con el fin de garantizar la protección de los derechos de los propietarios ubicados en el marco de la misma y poner la reglas claras para su ejecución, así como la participación distrital en este proceso.

  8. UNIDADES DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA Se originan con la Ley 338/97 - Se reglamentaron a través del Decreto Nacional 2181 de 2006. La Unidad de Actuación Urbanística - UAU es “el área conformada por uno o varios predios o inmuebles que deben ser urbanizados o construidos como una unidad integral dentro de un Plan Parcial”. Objetivos Promover el uso racional del suelo Garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas Obtener los beneficios resultantes de los aprovechamientos Facilitar la dotación de la infraestructura. Su desarrollo implica la gestión asociada entre los propietarios; esta se da mediante el reajuste de suelos, la integración inmobiliaria o la cooperación entre participes y deben contar con el consentimiento previo de los propietarios del 51% del área comprometida.

  9. EJECUCIÓN DE LAS U.A.U. • El desarrollo de las unidades de actuación implica la gestión asociada de los propietarios • de los predios que conforman su superficie, mediante: • CUANDO SE REQUIERA UNA NUEVA CONFIGURACIÓN PREDIAL: • Reajuste de tierras: En suelo de expansión urbana (Arts. 45 y 46 L.388) • 2. Integración Inmobiliaria: Renovación Urbana o Desarrollo (Arts. 45 y 46 L.388) • Siempre que el desarrollo de la unidad de actuación requiera una nueva definición • predial para una mejor configuración del globo de terreno que la conforma, o • cuando ésta se requiera para garantizar una justa distribución de las cargas y los • beneficios. • A través de este instrumento se ejecutará La U.A.U. No. 1 del Plan Parcial de • Renovación Urbana “PROSCENIO” • CUANDO NO SEA NECESARIA LA CONFIGURACIÓN DE NUEVOS LOTES: • 3. Cooperación entre partícipes (Art. 47 L.388)

  10. Ajustes requeridos UAU No. 1 Una vez verificada la documentación que forma parte de la solicitud de delimitación de la Unidad de Actuación Urbanística No. 1, por parte del promotor recibidas las inquietudes que surgieron de la convocatoria realizada el 11 de agosto de 2011 y de las distintas comunicaciones radicadas ante la SDP, se requirió al promotor para que ajustara y complementara distintos aspectos señalados a continuación.

  11. Ajustes requeridos UAU No. 1 • Establecer el reparto de cargas y beneficios al interior de la unidad de actuación urbanística, entre los propietarios de la misma para determinar así su participación y esquemas de vinculación en la unidad de actuación urbanística. • Definir las condiciones financieras y económicas que hagan posible el reparto de las cargas y beneficios y su ejecución. • Definir de manera especifica las condiciones de participación de los posibles partícipes en el marco del reparto equitativo cargas y beneficios • Establecer el valor y correspondencia de los predios a aportar, la valoración de los predios con los usos y edificabilidad permitida con el Plan Parcial de Renovación Urbana “PROSCENIO”. • Definir como y a través de que instrumento se cumplirán con las cargas y el pago de los gastos de urbanización correspondientes al desarrollo de la unidad de actuación.

  12. Reparto equitativo de Cargas y Beneficios El reparto equitativo de cargas y beneficios es uno de los principios fundamentales de la Ley de desarrollo territorial, Ley 388 de 1997 y uno de los objetivos de la política de gestión de suelo del distrito, estipulada en el Decreto Distrital 190 de 2004, Plan de Ordenamiento Territorial. El reparto equitativo de Cargas y Beneficios Quién paga qué? La construcción de la ciudad como creación colectiva entre el estado y los particulares, implica una justa distribución de responsabilidades (cargas) y participación en utilidades (beneficios) Beneficios Rentas y Utilidades generadas por la actividad inmobiliaria Cargas Costos o inversiones en lo público para construir ciudad Parques Plazas Vías Infraestructuras Servicios Públicos Equipamientos Otras cesiones y contribuciones Metros cuadrados útiles vendibles, urbanizables y/o edificables en función de diferentes usos en un entorno de mercado inmobiliario Fuente: MAVDT; Dirección de Desarrollo Territorial.

  13. Reparto equitativo de Cargas y Beneficios Valoración predios iniciales • Componentes mínimos del Reparto de Cargas y Beneficios: • Cuadro de áreas de predios originales • Cuadro de áreas del proyecto urbanístico • Cálculo valor comercial del suelo útil inicial (avalúos) • Cálculo de Cargas a ser repartidas. • Cálculo de aportes en suelo y cargas de cada participante. • Cálculo de aprovechamientos o beneficios. Índice de Construcción y Ocupación, metros cuadrado por uso, valor venta por metro cuadrado por uso y total de ventas. • Cálculo valor residual del nuevo suelo útil. • Balance viabilidad de la U.A.U No. 1 • Distribución de beneficios equivalentes a los aportes. Nuevo proyecto urbano

  14. ENTIDAD GESTORA Los propietarios de los predios de la Unidad de Actuación Urbanística, deberán constituir una entidad gestora que garantice el desarrollo conjunto de la Unidad de Actuación Urbanística o de Gestión y el cumplimiento de las obligaciones que le corresponden a cada uno de ellos. • La entidad gestora se podrá desarrollar a través de: • - Fiducia • Sociedad comercial de cualquier tipo • regulada en el código de comercio, • Cualquier forma asociativa contemplada en • el ordenamiento jurídico

  15. Entidad Gestora FUNCIONES DE LA ENTIDAD GESTORA • Otorgar las escrituras públicas de integración inmobiliaria y de cesiones urbanísticas a favor del Distrito Capital. • Adelantar los trámites correspondientes para la obtención de las licencias urbanísticas de urbanismo y construcción. • Gestionar los recursos para financiar la ejecución de las obras a cargo de los propietarios. • Coordinar la ejecución de los programas y proyectos establecidos en el marco de la Gestión Social • Efectuar las cesiones urbanísticas a favor del Distrito Capital de acuerdo con el reparto equitativo de cargas y beneficios • Ejecutar las obras que estén a cargo de los propietarios involucrados en la Unidad de Actuación Urbanística o de Gestión • Suscribir los convenios de que trata el artículo 122 de la Ley 1450 de 2011, que modifica la Ley 388 de 1997, referente a la procedencia de la concurrencia de terceros en la adquisición de inmuebles

  16. Lo que viene en el trámite

  17. SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Teléfono: 3358000 Ext. 8474-8478 GRACIAS

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