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La Asistencia Social del Siglo XXI en México

La Asistencia Social del Siglo XXI en México. Propuesta de Federalismo Hacendarío para el ejercicio fiscal 2002: El marco de un nuevo D.I.F. Revisualizado, Profesionalizado y Redimensionado Fondos de Aportaciones Federales para la Asistencia Social. Análisis y Antecedentes.

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La Asistencia Social del Siglo XXI en México

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Presentation Transcript


  1. La Asistencia Social del Siglo XXI en México Propuesta de Federalismo Hacendarío para el ejercicio fiscal 2002: El marco de un nuevo D.I.F. Revisualizado, Profesionalizado y Redimensionado Fondos de Aportaciones Federales para la Asistencia Social

  2. Análisis y Antecedentes Fondos de Aportaciones Federales para la Asistencia Social

  3. RFP 02 04 20 28 Hasta 1998 Del ramo 20 salían antes los recursos para el D.I.F. y este operaba directamente desayunos, despensas a todo el país. DIF

  4. Desde el 98 los recursos del D.I.F. Salen del Ramo 33 Ramo 33 Fondos 1998 DIF Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud; Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social; Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; Fondo de Aportaciones Múltiples;

  5. Ramo 33 Fondos • Con las reformas a la LCF de 1998, se añadieron dos fondos más: Entran en vigor estos dos fondos en el 99 1999 Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y delDistrito Federal

  6. DISTRIBUCION RFP Ahora salen del Ramo 33 los recursos para el D.I.F. y se descentralizan a los Estados 02 28 04 33 1998-2001 DIF DIF Estatales

  7. Estos son todos los fondos del Ramo 33 y sus criterios de distribución Criterios de Asignación en el PEF a los Fondos • Fondo de aportaciones para la educación básica y normal • Registro común de escuelas y de plantilla del personal. • II.Fondo de aportaciones para los servicios de salud Inventario de infraestructura médica y la plantilla de personal. • Fondo de aportaciones para la infraestructura social Criterios de pobreza extrema los cuales se expresan en una formula de distribución definida por la SEDESOL. • IV. Fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios y las demarcaciones del Distrito Federal Proporción directa al número de habitantes.

  8. Criterios de Asignación en el PEF a los Fondos • V. Fondo de aportaciones múltiples • 0.814% de la recaudación federal participable • VI. Fondo de aportaciones para la educación tecnológica y de adultos Registros de planteles, instalaciones educativas y plantilla de personal de cada entidad federativa. • Fondo de aportaciones para la seguridad pública de los Estados y del Distrito Federal Criterios determinados por el consejo nacional de seguridad pública, que incluye entre otros, el número de habitantes por entidad y el índice de ocupación penitenciaria, así como el avance en laaplicación del Programa Nacional de Seguridad Pública. Este fondo ha tenido subejercicio continuo y podría apoyar al del DIF

  9. Nos tocan 2 mil 830 millones de 6 mil 207 que tiene el fondo Recursos en el Fondo V del Ramo 33 El Ramo 33 tiene para el 2001 $ 199, 578, 247, 902.00 El Fondo V tiene para el 2001 $ 6, 207, 255, 494.00 El Propósito del Fondo V es: Destinar recursos al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a población en pobreza extrema; apoyos a la población en desamparo; y construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de educación básica y superior en su modalidad universitaria. El monto de los recursos está en función del 0.814% de la recaudación federal participable, según el Artículo 39 de la Ley de Coordinación Fiscal. Y el fondo V se divide en: $ 2, 830, 508, 505.00 al 45.6% es para Asistencia Social y $ 3, 376, 746, 989.00 al 54.4% se aplica en educación superior

  10. Criterios de distribución presupuestal Justificación • La asignación de los recursos del Ramo 33 está en función de la recaudación participable de los impuestos, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal. • Se considera como punto de partida la asignación presupuestal autorizada del año inmediato anterior al ejercicio en curso. • El incremento de la asignación a las entidades federativas está en funciónde los requerimientos que se tuvieron en el ejercicio próximo pasado. Para tal efecto, se solicita la documentación soporte que justifique su propuesta, para poder tomar una decisión más apegada a las necesidades de cada entidad federativa • Padrón actualizado de escuelas y beneficiarios. • Para determinar la población objetivo, las entidades federativas deberán utilizar los indicadores de desnutrición y marginación disponibles en los ámbitos nacional, estatal y local. • Las entidades federativas deberán tomar como parámetro para su presupuestación el total de su demanda, tomando como base los municipios prioritarios, de acuerdo a los índices de vulnerabilidad social.

  11. Un ejercicio másTransparente en el 2001 Fondos de Aportaciones Federales para la Asistencia Social

  12. Publicamos en internet las fechas y los montos que le tocan a los estados desde este año Calendario anual de radicación de recursos Para el ejercicio 2001, el calendario anual de radicación de recursos por entidad federativa, publicado en el D.O.F. del 29 de enero del año en curso, asciende a un monto total de $2,830,508,505.00 (DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS CINCO PESOS 00/100 M.N.) en el Fondo de Aportaciones Múltiples, cantidad que se ministra mensualmente a los DIF estatales, conforme a las siguientes fechas compromiso: Mes Día  Enero 22 Febrero 16 Marzo 16 Abril 26 Mayo 17 Junio 20 Julio 20 Agosto 22 Septiembre 27 Octubre 19 Noviembre 22 Diciembre 7

  13. SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA FONDO DE APORTACIONES MULTIPLES (RAMO 33) PRESUPUESTO PARA EL AÑO 2 0 0 1 CALENDARIO ANUAL ESTADO TOTAL ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ANUAL AGUASCALIENTES 39,481,734.00 3,682,560.00 3,640,759.00 3,627,902.00 2,230,027.00 3,488,115.00 3,627,902.00 2,409,715.00 2,408,998.00 3,806,873.00 4,319,745.00 4,032,378.00 2,206,760.00 BAJA CALIFORNIA 27,649,780.00 2,290,160.00 2,388,448.00 2,230,079.00 1,813,618.00 2,160,669.00 2,230,079.00 2,580,442.00 2,644,521.00 2,398,852.00 2,640,361.00 2,497,381.00 1,775,170.00 BAJA CALIFORNIA SUR 23,951,200.00 2,222,600.00 2,027,652.00 2,179,068.00 1,421,987.00 2,103,360.00 2,179,069.00 1,537,548.00 1,546,132.00 2,303,213.00 2,581,840.00 2,426,131.00 1,422,600.00 CAMPECHE 18,041,860.00 1,458,200.00 1,937,806.00 1,424,071.00 1,150,292.00 1,378,441.00 1,424,072.00 1,666,864.00 1,685,409.00 1,524,758.00 1,682,769.00 1,588,868.00 1,120,310.00 COAHUILA 34,596,020.00 3,167,400.00 3,226,042.00 3,104,206.00 2,056,204.00 2,999,406.00 3,104,205.00 2,241,388.00 2,234,564.00 3,282,566.00 3,667,404.00 3,451,935.00 2,060,700.00 COLIMA 19,095,320.00 1,561,360.00 1,870,562.00 1,531,552.00 1,188,764.00 1,474,420.00 1,531,551.00 1,792,658.00 1,833,168.00 1,631,456.00 1,829,800.00 1,712,169.00 1,137,860.00 CHIAPAS 142,612,740.00 11,803,720.00 12,379,941.00 11,466,467.00 9,493,738.00 11,137,679.00 11,466,468.00 13,240,949.00 13,534,773.00 12,371,452.00 13,515,111.00 12,837,872.00 9,364,570.00 CHIHUAHUA 50,424,580.00 4,441,680.00 4,992,385.00 4,311,926.00 3,248,431.00 4,205,577.00 4,311,927.00 3,598,755.00 3,560,554.00 4,624,049.00 5,014,743.00 4,796,073.00 3,318,480.00 DISTRITO FEDERAL 700,941,681.00 58,246,019.00 53,308,444.00 56,305,434.00 41,320,485.00 54,806,939.00 56,305,434.00 53,458,595.00 53,646,653.00 71,564,006.00 77,476,065.00 74,390,060.00 50,113,547.00 DURANGO 86,495,040.00 7,248,720.00 6,600,925.00 7,062,354.00 5,678,067.00 6,831,640.00 7,062,354.00 8,141,315.00 8,414,286.00 7,595,373.00 8,400,200.00 7,924,686.00 5,535,120.00 GUANAJUATO 42,271,360.00 3,754,280.00 3,730,916.00 3,636,325.00 2,785,010.00 3,551,194.00 3,636,325.00 3,067,644.00 3,062,235.00 3,913,550.00 4,227,366.00 4,052,235.00 2,854,280.00 GUERRERO 127,283,149.00 11,505,680.00 12,513,083.00 11,257,028.00 7,672,045.00 10,898,530.00 11,257,028.00 8,418,076.00 8,348,102.00 11,933,085.00 13,248,240.00 12,511,272.00 7,720,980.00 HIDALGO 87,947,924.00 7,936,337.00 8,426,280.00 7,790,520.00 5,189,699.00 7,514,051.00 7,790,519.00 6,009,047.00 6,016,586.00 8,227,995.00 9,234,641.00 8,666,165.00 5,146,084.00 JALISCO 85,760,340.00 7,813,760.00 7,427,811.00 7,623,997.00 5,318,375.00 7,393,435.00 7,623,997.00 5,799,339.00 5,810,493.00 8,116,115.00 8,965,095.00 8,490,863.00 5,377,060.00 MEXICO 130,107,035.00 11,627,690.00 11,028,619.00 11,400,865.00 7,875,126.00 10,991,095.00 11,400,865.00 9,746,673.00 9,919,503.00 12,083,811.00 13,564,792.00 12,721,521.00 7,746,475.00 MICHOACAN 82,094,274.00 6,796,600.00 7,083,638.00 6,578,723.00 5,587,508.00 6,413,520.00 6,578,722.00 7,569,846.00 7,714,757.00 7,130,342.00 7,704,890.00 7,364,618.00 5,571,110.00 MORELOS 46,713,820.00 4,379,400.00 4,084,999.00 4,312,179.00 2,655,524.00 4,146,514.00 4,312,179.00 2,859,131.00 2,871,891.00 4,528,546.00 5,137,196.00 4,796,561.00 2,629,700.00 NAYARIT 45,298,000.00 3,768,800.00 3,741,149.00 3,672,871.00 2,961,044.00 3,554,233.00 3,672,872.00 4,246,251.00 4,367,929.00 3,947,556.00 4,360,767.00 4,116,328.00 2,888,200.00 NUEVO LEON 75,028,360.00 6,921,200.00 6,325,507.00 6,772,229.00 4,538,620.00 6,548,868.00 6,772,230.00 4,920,233.00 4,945,631.00 7,179,240.00 8,001,712.00 7,542,290.00 4,560,600.00 OAXACA 139,652,460.00 11,592,600.00 11,772,541.00 11,261,953.00 9,304,329.00 10,935,682.00 11,261,952.00 12,991,529.00 13,306,727.00 12,151,521.00 13,287,128.00 12,614,988.00 9,171,510.00 PUEBLA 112,831,075.00 10,247,320.00 10,183,252.00 10,004,668.00 6,950,544.00 9,699,256.00 10,004,667.00 7,596,033.00 7,585,942.00 10,640,066.00 11,763,394.00 11,135,313.00 7,020,620.00 QUERETARO 53,060,900.00 4,380,920.00 4,755,428.00 4,293,213.00 3,336,042.00 4,133,685.00 4,293,213.00 5,003,482.00 5,144,907.00 4,580,448.00 5,135,365.00 4,806,767.00 3,197,430.00 QUINTANA ROO 18,593,280.00 1,679,880.00 1,730,538.00 1,639,503.00 1,147,974.00 1,590,350.00 1,639,501.00 1,258,102.00 1,252,977.00 1,744,506.00 1,925,170.00 1,824,099.00 1,160,680.00 SAN LUIS POTOSI 32,443,500.00 2,909,240.00 2,682,081.00 2,819,311.00 2,133,159.00 2,750,696.00 2,819,311.00 2,338,129.00 2,346,039.00 3,032,191.00 3,285,494.00 3,144,309.00 2,183,540.00 SINALOA 66,148,368.00 5,983,720.00 6,394,279.00 5,851,442.00 4,007,757.00 5,667,074.00 5,851,442.00 4,394,299.00 4,363,968.00 6,207,653.00 6,884,376.00 6,505,338.00 4,037,020.00 SONORA 65,233,520.00 6,122,120.00 5,740,076.00 6,031,493.00 3,686,693.00 5,797,013.00 6,031,493.00 3,967,734.00 3,984,077.00 6,328,877.00 7,190,117.00 6,708,007.00 3,645,820.00 TABASCO 80,616,328.00 6,665,240.00 7,112,660.00 6,514,993.00 5,157,521.00 6,288,748.00 6,514,993.00 7,570,638.00 7,774,647.00 6,974,009.00 7,761,102.00 7,295,067.00 4,986,710.00 TAMAULIPAS 62,261,696.00 5,186,560.00 5,034,201.00 5,012,531.00 4,288,121.00 4,891,796.00 5,012,530.00 5,745,925.00 5,872,629.00 5,444,949.00 5,865,354.00 5,616,610.00 4,290,490.00 TLAXCALA 62,664,096.00 5,865,840.00 5,822,542.00 5,786,741.00 3,488,342.00 5,556,901.00 5,786,741.00 3,763,368.00 3,761,377.00 6,059,776.00 6,902,633.00 6,430,175.00 3,439,660.00 VERACRUZ 139,151,230.00 11,601,120.00 11,109,633.00 11,168,309.00 9,811,072.00 10,942,103.00 11,168,308.00 12,749,887.00 12,993,251.00 12,192,018.00 12,979,627.00 12,513,592.00 9,922,310.00 YUCATAN 69,379,977.00 6,434,360.00 6,227,562.00 6,321,208.00 4,032,953.00 6,092,383.00 6,321,208.00 4,367,225.00 4,372,482.00 6,660,737.00 7,501,347.00 7,030,852.00 4,017,660.00 ZACATECAS 62,677,858.00 5,435,120.00 6,182,220.00 5,248,921.00 4,204,896.00 5,144,519.00 5,248,921.00 4,681,338.00 4,628,619.00 5,672,644.00 6,056,621.00 5,841,919.00 4,332,120.00 TOTALES 2,830,508,505.00 244,730,206.00 241,481,979.00 238,242,082.00 175,733,967.00 231,087,892.00 238,242,078.00 219,732,158.00 221,953,827.00 265,852,233.00 292,110,465.00 277,386,442.00 183,955,176.00 Hay una lista con los totales por año por cada estado y lo que cada mes recibiran por concepto de Ramo 33

  14. Cada estado, todos los municipios y sobre todo los ciudadanos saben cuanto le toca y cuando se le deposita YUCATAN TOTAL ANUAL 2001 69,379,977.00 ENERO 6,434,360.00 FEBRERO 6,227,562.00 MARZO 6,321,208.00 ABRIL 4,032,953.00 MAYO 6,092,383.00 JUNIO 6,321,208.00 JULIO 4,367,225.00 AGOSTO 4,372,482.00 SEPTIEMBRE 6,660,737.00 OCTUBRE 7,501,347.00 NOVIEMBRE 7,030,852.00 DICIEMBRE 4,017,660.00

  15. Ventajas y Desventajas del esquema actual Fondos de Aportaciones Federales para la Asistencia Social

  16. Ventajas del Fondo V • Es un instrumento efectivo de transferencia de recursos. • Hace efectiva la federalización de recursos. • Establece la radicación de recursos federales para la asistencia social. • Distingue ciertas prioridades como las raciones y antención a población en desamparo.

  17. Desventajas del Fondo V • Poca facultad de supervisión del D.I.F. • Si bien federaliza los recursos, no establece los montos y mecanismos de distribución para las entidades y municipios. • No establece criterios de equidad y no tiene reglas de operación. • Define deficientemente a la población objetivo. • Acotada a tres programas alimentarios • No hay apoyo de otras fuentes estatales, municipales y sociales

  18. Propuestas Generales Fondos de Aportaciones Federales para la Asistencia Social

  19. Estas son las 9 propuestas generales que buscamos se apoyen para lograr equidad y transparencia de nuestro gobierno a los estados y los ciudadanos Propuestas • Diferenciar los componentes de asistencia social tales como la vulnerabilidad (RIESGO Y PROTECCION) de los criterios de pobreza y marginación. • Establecer una base de cálculo específico y una fórmula de distribución que recupere tres criterios para definir las fórmulas: • LA VULNERABILIDAD FAMILIAR Y LA INFANTIL • LA MARGINACIÓN COMO FACTOR DE VULNERABILIDAD • CRITERIOS DE EFICIENCIA GUBERNAMENTAL • Descentralizar los recursos del Fondo de asistencia Social hacia los estados con criterios objetivos de vulnerabilidad • Articular la operación de estos recursos con otras fuentes fiscales y no fiscales

  20. Propuestas • Crear un fondo especifico para la Asistencia social, ya sea el V o uno nuevo (VIII), es decir, Cambiar nombre al Fondo de Aportaciones Múltiples a uno que sólo sea de Asistencia Social. • Negociar se puedan ejercer recursos en este fondo por hasta el 1% de la recaudación federal participable. • Que el fondo se entere en 10 meses y no en los 12 para tener tiempo de comprobación • Existan reglas claras y precisas de ejercicio de estos recursos que promuevan la trasparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y ampliación de metas por el apoyo de los diferentes actores de la asistencia social. • Establecer claramente la función de rectoría del D.I.F. sobre los programas de este fondo.

  21. La Nueva Fórmula e Índice de vulnerabilidad Social Fondos de Aportaciones Federales para la Asistencia Social

  22. Los dos grandes criterios de cálculo de esta propuesta son la vulnerabilidad y la marginación como causa de la primera Fórmula Fórmula propuesta: Contiene dos criterios básicos: vulnerabilidad y marginación. Vulnerabilidad.- Se pondera con el 70%, y nos permite identificar la población objetivo de los programas nacionales de asistencia social.  Marginación.- Se pondera con el 30 % Lo anterior hace posible destinar los recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples a zonas del país con mayores grados de pobreza, de forma que la población vulnerable pero también marginada se convierta en la primera prioridad de los recursos.

  23. Diferenciando la vulnerabilidad además de del riego y/o daño de la pobreza y la marginación, se toman varios condiciones e incluimos factores de prevención para el cálculo, Fórmula La parte de la Vulnerabilidad Fórmula compuesta por 5 componentes básicos para obtener el “Índice Estatal de Vulnerabilidad Social” (IEVS) Componente de población en condiciones de vulnerabilidad (70 %) se divide en: Vulnerabilidad familiar (p1) (Del 100% con el 35 %) Población con discapacidad Población abierta Población con dependencia monoparental o adolecente femenina Vulnerabilidad infantil (p2) (Del 100% con el 35 %) Mortalidad infantil número de niños menores de 5 años Población que no asiste a la escuela número de niños de 6 a 14 años 

  24. Fórmula La parte de la Marginación • Componente de población en condiciones de marginación (Del 100% con el 30 %) y dividido en: • Población abierta con menos de dos salarios mínimos (P3): 10 % • Población mayor de 15 años sin primaria (P4): 10 % • Población sin servicios públicos y hacinamiento (agua, drenaje, energía eléctrica y hacinamiento) (P5): 10 %

  25. Buscamos que se calcule el índice estatal de vulnerabilidad social y se reparta proporcionalmente al recurso del Ramo 33 que se asigne Fórmula Índice Estatal de Vulnerabilidad Social IEVS= Índice Estatal de Vulnerabilidad Social IEVS= P1+P2β2 + P3β3+P4β4 +P5β5 P1.......5= Rezagoasociado a cada uno de los cinco componentes básicos considerados en IEVM en cada uno de los estados, respecto al rezago nacional en esa misma necesidad. β1......5= Ponderador para cada uno de los componentes cuyos valores son: Una vez calculados los valores de P1...5, se multiplican por su respectivo ponderador y se suman para obtener el Índice Estatal de Vulnerabilidad Social (IEVS), el cual, al multiplicarse con el monto del Fondo de Aportaciones Múltiples en su rubro de asistencia social, nos da como resultado la cantidad que corresponde a cada entidad federativa

  26. Fórmula Índice Estatal de Vulnerabilidad Social Carencia de serv. Publicos en Hogares Poblacion >15 años sin Primaria Pob. Ocupada con menos de 2 sal. Min. Sin Seg. Social Vulnerabilidad Familiar Vulnerabilidad Infantil IEVS=β1P1 + β2P2 + β3P3 + β4P4 + β5P5 ( M1 + M2 ) / 2 ( X1 + X2 + X3 +X4) / 4 ( R1 + R2 + R3 ) / 3 ( S1 + S2 ) / 2 Pob. Con Discapacidad Mortalidad infantil niños < de 5 años Poblacion Abierta Sin Agua Pob. Abierta Estatal Sin Energia Electrica Poblacion con menos de 2 salarios Pob. Que no asite a la escuela 6 a 14 años Sin Drenaje Pob. Con dependencia monoparental o adolecente femenina En Hacinamiento J1 + J2 Pob. Con familias monoparentales Madres < 19 años

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