30 likes | 164 Views
EXENCION IVA A ACTIVIDADES CULTURALES. Se exime de IVA a los ingresos producidos por concepto de entradas a espectáculos y reuniones que por su calidad artística y cultural, cuenten con auspicio de MINEDUC (Art. 12 DL 825). NORMAS.
E N D
EXENCION IVA A ACTIVIDADES CULTURALES Se exime de IVA a los ingresos producidos por concepto de entradas a espectáculos y reuniones que por su calidad artística y cultural, cuenten con auspicio de MINEDUC (Art. 12 DL 825)
NORMAS • Autoridad Competente: SEREMI de Educación de región en que se realiza espectáculo o actividad. • Auspicio debe solicitarse con un plazo no inferior a 20 días previos a actividad.
CRITERIOS • Que espectáculo o actividad colabore o complemente funciones de MINEDUC, en especial el estímulo del desarrollo cultural e incremento del patrimonio cultural de la nación. • Cuente con el patrocinio o sea organizado por universidades del Consejo de Rectores o Privadas con Autonomía, por embajadas o corporaciones culturales.