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REUNION REGIONAL DE DIRECTORES DEL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS. Por Miski Mayu-Viviana Figueroa Grupo Consultivo de Lideres Indígenas para UNICEF. Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
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REUNION REGIONAL DE DIRECTORES DEL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS Por Miski Mayu-Viviana Figueroa Grupo Consultivo de Lideres Indígenas para UNICEF Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas “Considerando que la presente Declaración constituye un nuevo paso importante hacia el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos y las libertades de los pueblos indígenas y en el desarrollo de actividades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en esta esfera,”
Diversidad Cultural “Considerando que EL RESPETO …las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente,” DDPI Estados Monoculturales-Ppio “todos somos iguales”
Critica situacion de los P.I. en la region “Consciente de LA URGENTE necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas ...” PACHAMAMA EN BUENOS AIRES“Somos hijos del monte obligados a migrar”
CRITICA SITUACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN LA REGION NEGOCIOS & MERCADOS | LO USARON LOS GUARANIESCoca-Cola quiere endulzar con un yuyo del norte argentino Los Bosques Nativos, son el hogar de cientos de pueblos indigenas
Declaracion sobre Derecho de los Pueblos Indigenas de las Naciones Unidas Adopcion 13/9/2007- Resolucion 61/295 AG
IMPLICANCIAS PARA LAS AGENCIAS DEL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS
Artículo 39 “Los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional “
Artículo 41 “Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena realización de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.” • LAS AGENCIAS DEBEN ESTABLECER MECANIMOS DE PARTICIPACION DE PI
Artículo 19 Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado. • LAS AGENCIAS DEBEN ESTABLECER MECANIMOS DE CONSULTA PARA OBTENER EL CLPI DE PI
Buenas Practicas sobre participacion, consulta. • Grupos inter agencial sobre interculturalidad (implementados en ecuador, Bolivia y próximamente en Chile) • Grupo consultivo de Lideres Indigenas para UNICEF
Artículo 36.1 Pueblos Indígenas transfronterizos. “Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros así como con otros pueblos a través de las fronteras…” • ARTICULACION ENTRE OFICINAS PRESENTES EN DIFERENTES PAIS.
Derecho al acceso a Servicios sociales sensibles culturalmente (Artículo 8. 1, 15.2 entre otros) 1. Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces… para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad • LAS AGENCIAS DEBERIAN TRABAJAR EN ESTA LINEA DE FORMA COORDINADA CON LOS ESTADOS Y LOS PUEBLOS INDIGENAS
Organizado por UNICEF en coordinación con la Secretaria del Foro Permanente de las Naciones y la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos “Reunión del Grupo Consultivo de Lideres Indígenas con el Sistema de las Naciones Unidas”Quito el 5 y 6 de Noviembre. RECOMENDACIONES
1. Difundir la Declaración en cuatro niveles. • 1.a) Pueblos Indígenas, • 1.b) Estados • 1.c) Sociedad Civil y • 1.d) Ámbito interno de las propias organizaciones de NN.UU.
2. Promover e implementar los lineamientos elaborados por el Grupo de Desarrollo de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas en los países. • Utilizar esta herramienta como parte de los talleres de formación para todos los funcionarios del sistema que se tienen anualmente. • Asegurar que en todos los eventos de formación a los Coordinadores residentes que tiene las Naciones Unidas, se incluya como parte del programa la especificidad de pueblos indígenas con un enfoque intercultural en materia de salud, educación entre otros.
3.Fortalecer los programas conjuntos del Sistema de Naciones Unidas en cada país (CCA/UNDAF). • Fortalecer los programas conjuntos del Sistema de Naciones Unidas en cada país (CCA/UNDAF), incluyendo de forma transversal el tema de la interculturalidad e implementando mecanismos para asegurar la plena participación de los pueblos indígenas y afrodescendientes, como lo sugiere las directrices de los CCA/UNDAF. • Fomentar en paralelo Grupos Temáticos sobre Interculturalidad con la participación de líderes indígenas y la instauración de Grupos Consultivos nacionales articulados con el regional y global (FPII).
4. Implementacion del Plan de Accion del Segundo Decenio de Pueblos Indigenas • Mecanismos de monitoreo, seguimiento y evaluación de la Declaración y Plan de Acción del Segundo Decenio. • Documentar y difundir buenas prácticas sobre mecanismos de participación
5.Fomentar la inclusión de personas expertas indígenas dentro de las Agencias… • Fomentar la inclusión de personas expertas indígenas dentro de las Agencias y recomendar a los países que se aplique esta practica en las áreas gubernamentales, particularme las responsables de las políticas publicas destinadas a pueblos indígenas.