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Sistema de Subsidio Habitacional D.S. Nº 40, (V. y U.), de 2004

Sistema de Subsidio Habitacional D.S. Nº 40, (V. y U.), de 2004. Santiago, noviembre 2007. Departamento Operaciones Habitacionales – División Política Habitacional. Sistema de Subsidio Habitacional. Reglamento: D.S. N° 40, (V. y U.), de 2004.

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Sistema de Subsidio Habitacional D.S. Nº 40, (V. y U.), de 2004

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  1. Sistema de Subsidio Habitacional D.S. Nº 40, (V. y U.), de 2004 Santiago, noviembre 2007 Departamento Operaciones Habitacionales – División Política Habitacional

  2. Sistema de Subsidio Habitacional Reglamento: D.S. N° 40, (V. y U.), de 2004 • Sistema de subsidio destinado a sectores medios de la población. • Capacidad de ahorro. • Renta les permite acceder a un crédito hipotecario.

  3. Sistema de Subsidio Habitacional • Este sistema de subsidio, considera subsidios de interés territorial, con mayores montos de subsidio y de ahorro. • Considera Bono de Integración Social, si el subsidio se aplica a un Proyecto de Integración Social (beneficiarios Título I)

  4. Sistema de Subsidio Habitacional Modalidades de postulación • Individual • Colectiva con proyectos, a través de Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) • Modalidad Adquisición de Viviendas Construidas (Título I), a través de EGIS con Convenio con el MINVU.

  5. Sistema de Subsidio Habitacional Clases de subsidio • Subsidio General (Título I) • Subsidio de Interés Territorial (Título II) • Subsidio de Rehabilitación Patrimonial (Título III)

  6. Modificaciones en el marco de la Nueva Política Habitacional Objetivos • Dar coherencia al sistema de subsidios. • Favorecer a las familias de ingreso medio-bajo • Promover la integración social. • Evitar desplazamiento de la demanda (fortalecer la focalización).

  7. El Título I del DS 40 consideraba un subsidio entre 150 UF y 90 UF, para viviendas que tienen un precio entre 300 UF y 600 UF. Para viviendas entre 600 UF y 1.000 UF, el subsidio era de 90 UF. FSV II, considera subsidio mínimo de 280 UF (dado el financiamiento, viviendas de alrededor de 610 UF) El FSV I considera un subsidio mínimo de 330 UF, para viviendas de 340 UF (sin considerar otros subsidios). SITUACION ANTERIOR A MODIFICACIONES

  8. Las familias que deseaban comprar viviendas en el límite de las 600 UF con subsidios del DS 40 antes de las modificaciones, tenían dificultades para acceder a créditos hipotecarios. La diferencia en los montos de subsidios otorgados entre un Programa y otro, presionaría postulaciones al FSV I o II con familias de recursos relativamente mayores. CONSECUENCIAS

  9. Situación anterior modificaciones montos de subsidio

  10. Modificación al DS 40: Favorecer a las familias de ingreso medio-bajo y promover la integración social

  11. Comparación de las rentas exigidas para la compra de viviendas de entre UF 300 y 600 • Desde este punto de vista, cabe destacar que para adquirir una vivienda de entre UF 300 y 600, quien lo hacía a través del DS 40 antes de las modificaciones, requería una renta promedio largamente superior a la que requeriría en caso de hacerlo a través del FSV II. • Con nuevos montos de subsidio, brecha de renta disminuye mayor opción de financiamiento de la vivienda.

  12. Modificaciones al D.S. Nº 40 1. Aumento montos de subsidio en el Título I. 2. Proyectos de Integración Social. 3. Subsidio para la Adquisición de Viviendas Construidas.

  13. 1. Aumentos de montos de subsidio Título I A. Todas las regiones, provincias y comunas del país, excepto las señaladas en letras B. y C. Monto de subsidio no podrá exceder de 205 UF . P corresponde al precio de la vivienda

  14. 1. Aumentos de montos de subsidio Título I B. Regiones XI, XII y Provincias de Palena y Chiloé Monto de subsidio no podrá exceder de 320 UF . P corresponde al precio de la vivienda

  15. 1. Aumentos de montos de subsidio Título I C. Comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández Monto de subsidio no podrá exceder de 400 UF . P corresponde al precio de la vivienda

  16. Comparación montos subsidios Título I antes modificaciones – con modificaciones

  17. 2. Proyectos de Integración Social Características Proyecto Integración Social • Mínimo un 30% de viviendas del FSV I y/o FSV II. • Mínimo un 30% de viviendas para ser adquiridas con aplicación de subsidio Título I del DS 40. • Loteo máximo de 150 viviendas; permiso de edificación debe corresponder a construcción simultánea. • Si Proyecto de Integración Social corresponde a una etapa de un permiso mayor, debe construirse simultáneamente en su totalidad y de manera indivisible.

  18. 2. Proyectos de Integración Social Características Proyecto Integración Social • Tipología construcción en nuevos terrenos FSV I. • Adquisición de Viviendas FSV II. • Cumplir con requisitos DS 174 para viviendas FSV; cumplir requisitos letra b. artículo 13 DS 40 para viviendas de este Sistema de Subsidio. • En el Proyecto de Integración Social, debe incluirse equipamiento y áreas verdes.

  19. 2. Proyectos de Integración Social Características Proyecto Integración Social • Proyecto debe ser ingresado al banco de Proyectos del FSV y calificado para ser seleccionado, junto a los respectivos postulantes. • EGIS que postula, debe mantener vigente convenio marco con el MINVU, conforme al artículo 43 del DS Nº 174, (V. y U.), de 2005. • Proyecto podrá tener viviendas de hasta 2.000 UF.

  20. 2. Proyectos de Integración Social Características Proyecto Integración Social • Beneficiarios del FSV, podrán acceder a subsidios para equipamiento, Fondo de Iniciativas y Subsidio a la Localización.

  21. 2. Proyectos de Integración Social Aplicación subsidios DS 40 a Proyectos de Integración Social Beneficiarios Título I DS 40. Bono Integración Social de 100 UF, si aplica subsidio a vivienda que forma parte de un Proyecto de Integración Social.

  22. PROYECTOS HABITACIONALES DE INTEGRACIÓN SOCIAL (Ejemplo de Loteo en 1 ha = 61 Viviendas) 17 Viviendas FSV (28 %). 8 Viviendas FSV II (13 %). 16 Viviendas D.S. N° 40, hasta UF600 (26 %). 20 Viviendas D.S. N° 40, de UF600 a UF1.000 (33 %).

  23. 2. Proyectos de Integración Social Montos de subsidio Proyectos de Integración Social 1. Todas las regiones, provincias y comunas del país, excepto las señaladas en números 2. y 3. Monto de subsidio no podrá exceder de 270 UF . P corresponde al precio de la vivienda

  24. 2. Proyectos de Integración Social Montos de subsidio Proyectos de Integración Social 2. Regiones XI, XII y Provincias de Palena y Chiloé Monto de subsidio no podrá exceder de 350 UF . P corresponde al precio de la vivienda

  25. 2. Proyectos de Integración Social Montos de subsidio Proyectos de Integración Social 3. Comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández Monto de subsidio no podrá exceder de 410 UF . P corresponde al precio de la vivienda

  26. 2. Proyectos de Integración Social Consideraciones Proyectos de Integración Social • Proyecto debe ser ingresado al Banco de Proyectos. • En Proyectos de Construcción, Comisión Técnica Evaluadora de cada SERVIU calificará proyecto conforme al DS 174, (V. y U.), de 2005, para viviendas destinadas al FSV. • Evaluación equipamiento exigible para el DS 40, conforme números 4. y 7. de su artículo 13, dependerá del total de viviendas susceptibles de vender a través del DS 40.

  27. 2. Proyectos de Integración Social Consideraciones Proyectos de Integración Social • Proyectos de Integración Social con postulación para la adquisición de viviendas, el 30% de los subsidios del FSV deben estar pagados para pagar Bono de Integración Social a que se refiere el DS 40. • En el caso de adquisición de viviendas FSV, de no haberse vendido ninguna vivienda destinada al DS 40, se podrá superar el límite del 70% de viviendas vendidas a través del FSV, pero el proyecto deja de ser integrado.

  28. 2. Proyectos de Integración Social Identificación Proyectos de Integración Social • SERVIU mantendrá nóminas de Proyectos de Integración Social, para aplicación del Bono de Integración Social. • Se identificarán por: • Número del permiso de edificación. • Año. • Comuna de otorgamiento.

  29. 3. Subsidio para la Adquisición de Viviendas Construidas. • Subsidio debe destinarse exclusivamente a la adquisición de una vivienda, nueva o usada, conforme Título I del DS 40. • Vivienda debe contar con recepción definitiva, acreditado mediante Certificado de la DOM.

  30. 3. Subsidio para la Adquisición de Viviendas Construidas. • Postulación individual, a través de EGIS que celebre convenio con el MINVU para estos efectos. • Certificado de subsidio con vigencia de seis meses.

  31. 3. Subsidio para la Adquisición de Viviendas Construidas. Postulación Subsidio Adquisición de Viviendas • MINVU podrá determinar períodos permanentes de postulación, con selecciones periódicas. • Selección de acuerdo a fecha ingreso y hora solicitud. • No se aplican factores de puntaje ni mecanismos del proceso de selección a que se refiere el DS 40. • Requisitos y condiciones para ser seleccionados, se fijarán por resoluciones del MINVU.

  32. Puntaje Carencia Habitacional Cálculo

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