1 / 43

NUEVOS PROGRAMAS DE DESARROLLO 2007-2013

NUEVOS PROGRAMAS DE DESARROLLO 2007-2013. La Asociaci?n Monta?as del Teleno ha sido seleccionada para la aplicaci?n de los Programas de Desarrollo Local al amparo de la convocatoria de Programas de Desarrollo Rural de Castilla y Le?n denominada LEADERCAL (2007-2013). DISTRIBUCI?N DE LA POBLACI?N EN

melinda
Download Presentation

NUEVOS PROGRAMAS DE DESARROLLO 2007-2013

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


    1. NUEVOS PROGRAMAS DE DESARROLLO 2007-2013

    2. NUEVOS PROGRAMAS DE DESARROLLO 2007-2013 La Asociación Montañas del Teleno ha sido seleccionada para la aplicación de los Programas de Desarrollo Local al amparo de la convocatoria de Programas de Desarrollo Rural de Castilla y León denominada LEADERCAL (2007-2013)

    3. DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN ENTIDADES Y MUNICIPIOS BENEFICIARIOS LEADERCAL 2007-2013. MONTAÑAS DEL TELENO

    4. DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN ENTIDADES Y MUNICIPIOS BENEFICIARIOS LEADERCAL 2007-2013.

    5. DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN ENTIDADES Y MUNICIPIOS BENEFICIARIOS LEADERCAL 2007-2013.

    6. DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN ENTIDADES Y MUNICIPIOS BENEFICIARIOS LEADERCAL 2007-2013.

    7. DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN ENTIDADES Y MUNICIPIOS BENEFICIARIOS LEADERCAL 2007-2013.

    8. DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN ENTIDADES Y MUNICIPIOS BENEFICIARIOS LEADERCAL 2007-2013.

    9. NUEVOS PROGRAMAS DE DESARROLLO 2007-2013

    10. JUNTA DIRECTIVA ASOCIACIÓN MONTAÑAS DEL TELENO

    11. DEBILIDADES DEMOGRÁFICAS Y TERRITORIALES. MONTAÑAS DEL TELENO

    12. AMENAZAS DEMOGRÁFICAS Y TERRITORIALES. MONTAÑAS DEL TELENO

    13. SÍNTESIS PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013)

    14. SÍNTESIS PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013)

    15. PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013)

    16. PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013) OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Los Objetivos específicos cuya consecución a corto y medio plazo permitirán alcanzar la competitividad y, por consiguiente, la futura “viabilidad” del territorio, se concretan en: Valorización de la identidad, apoyo a la cohesión social y a la participación activa de la población en el proceso de desarrollo. Afianzar la gobernanza: - Dar a conocer la idiosincrasia “Montañas del Teleno”. Valorizar las singularidades patrimoniales. - Fomentar la implicación activa de todos los agentes locales en la estrategia de desarrollo. - Mantener y mejorar los servicios de asesoramiento e información. - Apoyar a toda iniciativa de cooperación y transferencia de conocimientos y experiencias con otros Grupos de Acción Local y con otros territorios. - Fomentar la participación en todos los ámbitos de los Grupos con riesgo de exclusión social. - Promover la transmisión intergeneracional del acervo comarcal

    17. PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013) Recuperación, rehabilitación, conservación y valorización sinérgica de todos los recursos patrimoniales de “Montañas del Teleno”, hasta el momento infravalorados y dispersos, para transformarlos en claves para el desarrollo sostenible: - Valorizar los espacios naturales. - Mejora medioambiental en áreas degradadas. - Acciones tendentes a conservar la biodiversidad. - Racionalizar la gestión forestal e incrementar la explotación sostenible de los recursos. - Restaurar, rehabilitar y conservar el patrimonio cultural. Renovación de los pueblos y la idiosincrasia etnográfica. Valorización los recursos de forma sinérgica y sostenible. - Generar una dinámica socio-cultural autosostenida. - Creación de una oferta estructurada de animación turística, cultural y social que aglutine a todos los recursos disponibles. - Sensibilizar y formar a la población sobre temas medioambientales y facilitar su acceso a las nuevas tecnologías para convertirla en actores del desarrollo endógeno sostenible.

    18. PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013) Mejora del entorno económico para, consecuentemente, favorecer la creación de empleo, el acceso al mercado laboral y la dinámica social para las mujeres, los jóvenes y otros grupos con riesgo de exclusión social y, por tanto, el fortalecimiento del tejido socioeconómico. - Mejorar y ampliar la formación continuada, la actualización de conocimientos y la orientada al desarrollo profesional tanto de los agricultores como de los empresarios y profesionales del sector servicios. - Formación de “nuevos emprendedores” con especial atención a los colectivos de jóvenes y mujeres. - Reorientar las producciones agrícolas hacia la demanda de los mercados y ampliar la oferta. - Posibilitar el acceso de los productores a los canales de comercialización. - Favorecer la transformación in situ de las producciones. Fomento de las microempresas. - Difundir la aplicación de nuevas tecnologías tanto a los procesos productivos como a la comercialización. - Seguir potenciando la diversificación de las actividades económicas en beneficio del aumento de la capacidad de empleo. - Fomentar la calidad y la excelencia sobre la base de la identidad territorial. - Introducir nuevas alternativas en las producciones y fomentar actividades complementarias a las tradicionales. - Impulsar las actividades terciarias (turismo, servicios, aplicación de nuevas tecnologías,...) y otras afines. - Crear un clima favorable a la instalación de nuevas empresas y la captación de inversores. - Intercambiar y transferir experiencias y conocimientos relacionados con la dinámica socioeconómica. - Apoyar decididamente la generación de empleo para jóvenes así como la igualdad de oportunidades y la integración plena de la mujer en todos los ámbitos de la vida rural (socio-laboral). - Respaldar acciones de I+D+I - Mejorar los servicios asistenciales y de atención (a la tercera edad, la infancia, los jóvenes, las mujeres, los inmigrantes,...). - Mejora y adaptación a las nuevas necesidades de las infraestructuras, los equipamientos y servicios.

    19. PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013) Puesta en valor de las especificidades agropecuarias de “Montañas del Teleno” de forma global e interrelacionada con otras actividades complementarias. - Introducción de nuevos cultivos alternativos. Reorientar las producciones hacia el mercado. - Promoción de las transformaciones agroalimentarias. - Recuperación y fomento de las artesanías tradicionales. - Mejora de los canales de comercialización. - Promoción de sellos de calidad. - Fomento de las actividades complementarias. Creación de nuevos productos y servicios turísticos, de ocio y esparcimiento.   Este enfoque netamente territorial de la estrategia de desarrollo se asienta sobre una entidad de referencia plenamente consolidada, “Montañas del Teleno”, y es este territorio y su singularidad, asumida por sus gentes, el principal apoyo y el eje que estructura el Programa.

    20. PROGRAMA DESARROLLO COMARCAL MONTAÑAS DEL TELENO (2007-2013) El cambio de la realidad del conjunto comarcal Montañas del Teleno a través de la ejecución de un nuevo Programa de Desarrollo Local dentro de la Iniciativa LEADERCAL, será un proceso tanto económico como social, cultural, medioambiental, técnico, … que se ha basado en cinco grandes pilares que, a su vez, se sustentan entre sí: 1.- La satisfacción de las necesidades humanas, desde las físicas (calidad de vida) hasta las de humanización (información, expresión, creatividad,…) 2.- Compromiso con el medio. Utilización de los recursos locales de forma sostenible. 3.- Endogeneidad. La iniciativa ha partido de la propia sociedad local; por ello, responde a la especificidad cultural. 4.- Autonomía. Cuenta con las propias "fuerzas" (Self-reliance), con la particular creatividad y energía del G.A.L. y la población, del entorno geográfico, de las raíces culturales, los recursos económicos, los activos intangibles,… No obstante, la autonomía no es suficiente por lo que se ha tratado de enriquecer con la cooperación con otros grupos. 5.- Democratización. De las estructuras, político-administrativas, sociales y económicas.   La condición principal para que el Programa de Desarrollo Montañas del Teleno en el marco LEADERCAL consiga a medio plazo el fin último de la "Competitividad Territorial", es que la población compruebe a lo largo de la ejecución de las acciones que existen formas eficaces de resolver los problemas que ellos consideraban irresolubles. Pero, además, siempre buscando la máxima eficacia y eficiencia se ha conjugado la puesta en marcha de experiencias exitosas hasta la fecha (realizadas en los marcos precedentes), con un proceso continuado de autoevaluación, de reflexión, de aprendizaje colectivo de todas las partes implicadas. Esto ha permitido paliar la tradicional dicotomía existente entre la población (reactiva) y la Administración (que siempre se considera en “posesión de la razón”).

    21. Grupo de Acción Local Montañas del Teleno Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas con cargo al Programa LEADERCAL

    22. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Primero. Objeto. El presente reglamento tiene por objeto regular los órganos, competencias de cada órgano y procedimiento para la concesión de ayudas económicas con cargo al Programa LEADERCAL, gestionado por el G.A.L. Montañas del Teleno y promovido por la Asociación Montañas del Teleno.

    23. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Segundo. Son órganos de la Asociación para la Gestión del Programa LEADERCAL la Asamblea General, la Junta Directiva y el Presidente. a.- Son órganos de decisión: La Junta Directiva, la Asamblea General de la Asociación Montañas del Teleno y el Presidente. Este último ejercerá funciones de trámite, de urgencia y aquellas otras no expresamente atribuidas a los otros órganos de decisión. En el órgano de decisión estarán representados, siempre que tengan representación en Montañas del Teleno, entre otros, las organizaciones profesionales agrarias, las cooperativas agrarias y las mujeres y los jóvenes a través de sus organizaciones representativas, de forma equilibrada.   b.- Son órganos asesores y de apoyo: 1) Las comisiones sectoriales. Se podrán constituir comisiones asesoras externas por razón de actividad en los sectores del turismo, agricultura, patrimonio, medio ambiente, iniciativas empresariales, mujeres y jóvenes, etc. Estos sectores podrán agruparse por razones de eficacia. 2) Las comisiones de desarrollo rural. Se podrán constituir comisiones de desarrollo rural, que tendrán por objeto básico estudiar las prioridades de desarrollo económico en su ámbito territorial. Estarán compuestas por representantes del G.A.L., de la administración local y agentes económicos y sociales. La organización interna la determinará cada una de ellas y la Presidencia la ostentará el representante del G.A.L. Estas comisiones de desarrollo se reunirán una vez al semestre, salvo que por razones de interés general vinculadas con el sector, el territorio, etc. el Presidente de la comisión estime oportuno convocarlas con otra periodicidad. 3) La Presidencia del G.A.L. podrá consultar a profesionales especialistas por razón de materia, etc., y, en su caso, nombrar los asesores del Grupo.

    24. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Tercero. Competencias. La competencia para la gestión y ejecución del Programa LEADERCAL corresponderá a la Junta Directiva de la Asociación Montañas del Teleno. La Asamblea General resolverá aquellos expedientes que la Junta Directiva o la Presidencia del GAL decidan someter a su aprobación, por su especial trascendencia e interés general. El Presidente, por razones de urgencia, de agilidad administrativa, de operatividad,… podrá resolver sobre cualquier cuestión planteada en los expedientes, dando posteriormente cuenta a la Junta Directiva. Además de las competencias ordinarias atribuidas estatutariamente al Presidente. Éste ejercerá todas aquellas funciones que no estén expresamente atribuidas al resto de los órganos de decisión. Las resoluciones de concesión de ayudas dictadas por los órganos deliberantes deberán ir precedidas de informe o informes técnicos y de una propuesta de resolución emitida por la gerencia del GAL. (acompañada de la resolución favorable de subvencionalidad emitido por la Consejería de Agricultura y Ganadería si fuera exigible). La denegación de ayudas deberá ser motivada.

    25. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Cuarto. Sesiones y acuerdos. Las sesiones de la Junta Directiva serán convocadas por el Presidente o a instancia de la mayoría de sus miembros. La Junta Directiva celebrará reuniones una vez al cuatrimestre. La Junta Directiva podrá celebrar cuantas sesiones extraordinarias se estimen oportunas Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. Para la validez de los acuerdos adoptado por la Junta Directiva es precisa la asistencia de al menos un tercio de los miembros que la componen, nunca inferior a tres. En cuanto al régimen de incompatibilidades de los miembros de la Junta Directiva y del Equipo Técnico, se estará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o cualquier otra normativa que fuera aplicable a este caso. En supuesto de que la Presidencia descubra posible situación de incompatibilidad, ordenará a los miembros de la Junta Directiva interesados que se ausenten momentáneamente de la sesión hasta que se haya adoptado acuerdo.

    26. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Quinto. Divulgación del Programa. El G.A.L. “Montañas del Teleno” dará publicidad del Programa LEADERCAL para que toda la población de su ámbito territorial disponga de información y, en su caso, para que pueda acogerse a las ayudas del citado Programa. Asimismo, la Asociación Montañas del Teleno publicará, como actualmente viene realizando, una revista sobre la Comarca y el Desarrollo Rural, con el objetivo de divulgar las potencialidades de la zona y de conseguir mayor implicación de la población en el desarrollo sostenible del territorio de Montañas del Teleno. Esta revista se distribuirá por todo la comarca, de forma gratuita, dejándola en puntos de fácil acceso para los ciudadanos, como pueden ser ayuntamientos, consultorios, bares, etc., sin perjuicio de favorecer las suscripciones con carácter individual. También se realizarán actuaciones de divulgación a través de los medios de comunicación social existentes en nuestro entorno (programas especiales de radio, monográficos en la prensa, etc.) y las nuevas tecnologías de la comunicación.

    27. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Sexto. Procedimiento administrativo de gestión de las ayudas económicas: a.- Solicitud de ayuda. La solicitud de ayuda será presentada en impreso normalizado. Deberá ir acompañada de Memoria o Proyecto de la actividad que se pretende ejecutar en el que, al menos, se incluya: - Descripción de la actividad y de la inversión. - Descripción de su contribución al desarrollo de la zona. - Presupuesto de la inversión a ejecutar, desarrollado por unidades. - Impacto ambiental previsto (según modelo anexo). Además el promotor deberá cumplir todos los requisitos que estén establecidos en la normativa reguladora del programa LEADERCAL. Funcionará un Registro General de entradas y salidas y un Registro específico de solicitudes de ayudas. A efectos de trámite de documentación relativa a la solicitud y concesión de ayuda del Programa LEADERCAL, se entiende que “empresario” es sinónimo de “emprendedor”. La adquisición de la condición de “empresario” se entenderá cumplida como tal, una vez se haya finalizado la inversión presentados los correspondientes certificados, y siempre, con carácter previo a la certificación del expediente por parte del G.A.L.

    28. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL b.- Informe técnico- económico. La gerencia del GAL analizará las solicitudes, junto con la documentación presentada para comprobar si el expediente contiene la información necesaria y si la inversión proyectada se ajusta a las directrices marcadas por el Programa LEADERCAL. Comprobado esto, el Grupo levantará acta de no inicio de inversiones y, si fuera exigible, solicitará el pertinente Informe de Subvencionalidad al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León de la Junta de Castilla y León. En el caso de los expedientes en los que el Grupo de Acción Local sea titular (tales como Gastos de Funcionamiento, Cursos de Formación, etc.), se solicitará, con carácter obligatorio, el pertinente Informe de Subvencionalidad al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León de la Junta de Castilla y León.

    29. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL c.- Resolución de los órganos de decisión. Completada toda la documentación y recibido el dictamen favorable de subvencionalidad emitido por la Consejería de Agricultura y Ganadería (si fuera exigible y de forma obligatoria en los expedientes promovidos por el G.A.L.), la Gerencia del GAL efectuará una propuesta de subvención conforme a los criterios determinados en el punto décimo de este Reglamento. La Gerencia emitirá un informe técnico-económico, en el que, al menos, aparecerán los siguientes datos: - Condiciones generales del beneficiario. - Características del proyecto y objetivos del mismo, así como su encuadre dentro del Programa. Y cuantos otros datos se consideren pertinentes para la concesión o denegación de la ayuda, e incluso para la ejecución del proyecto. Además deberá contener: - Propuesta de Ayuda o, en su caso, propuesta de denegación motivada.   El órgano de decisión resolverá sobre las propuestas emitidas por la gerencia del GAL. Las denegaciones de ayudas deberán estar motivadas. Si la resolución es favorable a la concesión de la ayuda, se notificará al interesado, el cual deberá firmar “el acepto y conforme”, e iniciar inmediatamente (si no los ha iniciado) los trámites administrativos para la obtención de los permisos municipales y cuantos otros fueran precisos para el inicio de la inversión, condición indispensable para poder formalizar el contrato de concesión de ayuda. El “acepto y conforme” será firmado en las oficinas del Programa LEADERCAL en los plazos fijados en el escrito de comunicación de concesión la ayuda, quedando advertido el beneficiario que, transcurrido este plazo, sin haber efectuado la firma, quedará automáticamente sin efecto la resolución de concesión de la ayuda solicitada. Si el equipo técnico del GAL comprobase que el proyecto no tiene viabilidad técnico-económica ni financiera o no cumple con la normativa aplicable al caso o no está contemplado dentro de los objetivos del Programa, no se admitirá a trámite. La no admisión a trámite será resuelta movidamente por la Junta Directiva.

    30. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL d.- Formalización del contrato. El contrato será formalizado, en las oficinas del GAL, en modelo normalizado. El GAL podrá incorporar anexos o establecer condiciones particulares relativas a la ejecución de la inversión y cumplimiento del contrato.   e.- Prórrogas. El G.A.L., previa solicitud razonada por parte del beneficiario, podrá conceder prórroga de ejecución de contrato, siempre y cuando conste en la petición, al menos, una certificación del Técnico Director de Obra que justifique la ejecución por importe equivalente al 50% de la inversión aprobada. f.- Sistema de garantías para proyectos productivos: Beneficiario: 1.- Empresarios individuales y personas jurídicas: El GAL en aquellos proyectos productivos cofinanciados por el Programa LEADERCAL exigirá al beneficiario la constitución de un aval bancario por el importe de la ayuda concedida para la financiación de la inversión. El plazo de este compromiso con el G.A.L. tendrá una duración de al menos 5 años, a contar desde la fecha de certificación del proyecto por parte del GAL. No obstante, estos plazos podrán ser revisados en razón de ahorro de costes a los promotores.   2.- Entidades Públicas. Será suficiente como garantía un certificado de disponibilidad de fondos para el pago de la inversión. 

    31. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL g.- Publicidad de los proyectos subvencionados. Todas las iniciativas cofinanciadas con fondos de la iniciativa LEADERCAL deberán colocar una placa normalizada (u otro sistema que se arbitre), suministrada por el G.AL., en lugar visible, que contenga alusión al Programa y a los Fondos que cofinancian la Iniciativa. h.- En relación con el Turismo Rural, durante el desarrollo y ejecución del Programa LEADERCAL, dado el alto número de plazas de alojamiento y restauración existentes en el territorio Montañas del Teleno, las ayudas a las inversiones para la puesta en marcha de establecimientos de las tipologías de alojamiento turístico denominadas Centro de Turismo Rural, Posada y Posada Real, tampoco se considerarán objetivo prioritario de desarrollo, a excepción de aquellas iniciativas que se planteen en la Comarca de La Cabrera (este espacio se considera que no tiene suficiente capacidad de alojamiento y restauración para satisfacer la potencial demanda turística) o de aquellas otras que, independientemente de su ubicación, ofrezcan algún tipo de actividad/es que valoricen de forma innovadora y original, los recursos patrimoniales. La tipología de Casa Rural, sin excepciones, no será subvencionable por su particular régimen de ocupación y la escasa profesionalización de la actividad. i.- La nueva creación de cualquier inversión productiva debe llevar pareja la generación del equivalente a un puesto de trabajo fijo. j.- Siguiendo el criterio aplicado en los Programas de Desarrollo anteriores, la adquisición de terrenos e inmuebles no constituyen gastos objeto de subvención por parte del Programa LEADERCAL, salvo que la normativa aplicable especifique lo contrario. Los módulos indicativos de valoración máxima del coste del metro cuadrado de obra civil que se tendrán en cuenta para hacer el cálculo del porcentaje de subvención que se aplicarán son los que se especifican a continuación:

    32. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL

    33. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL k.- Siguiendo el criterio aplicado en los Programas de desarrollo precedentes, las inversiones en obras de mantenimiento del patrimonio eclesiástico no constituyen gastos objeto de subvención por parte del Programa LEADERCAL a excepción de aquellas integradas dentro de un proyecto conjunto cuyo fin sea la conservación, restauración y aprovechamiento sinérgico de los atractivos histórico-artísticos de elementos de especial valor y/o carácter emblemático. l.- A efectos de evaluación de la viabilidad de los proyectos que optan a las ayudas del Programa LEADERCAL se considerarán los siguientes criterios: El V.A.N. (Valor Actual Neto) debe ser positivo La T.I.R. (Tasa Interna de Rentabilidad) debe ser mayor al coste de capital, considerando como tal el tipo de interés de las obligaciones a cinco años. El Pay-Back (Plazo de Recuperación) debe ser menor o igual a cinco años en razón del mantenimiento obligatorio de la inversión en ese periodo de tiempo   ll.- Siguiendo con el criterio aplicado en Programas anteriores, las inversiones en ferias, campeonatos deportivos, ferias, y otro tipo de eventos de ocio y esparcimiento cuyo ámbito de celebración no afecte a toda el área Montañas del Teleno sino que tenga carácter localista, no constituyen gastos objeto de subvención por parte del Programa LEADERCAL

    34. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Séptimo. Justificación de la ejecución de las inversiones. El promotor comunicará al GAL la finalización de la ejecución de las inversiones proyectadas, acompañada de los correspondientes justificantes de gasto y de pago. Recibida esta comunicación la Gerencia del Grupo comprobará la efectividad de la inversión y la justificación del gasto declarado. El GAL inspeccionará las inversiones productivas o no productivas, tanto durante su ejecución como una vez finalizadas Si surgiesen discrepancias entre la certificación expedida por el técnico director del proyecto (productivo o no) y el técnico del GAL, prevalecerá a todos los efectos la certificación expedida por el Técnico del GAL. Cuando el promotor no justificare la totalidad de la inversión se certificará el expediente, aplicando el porcentaje establecido en la concesión de la ayuda, al gasto efectivamente justificado. Si el/los objetivo/os o la finalidad del Proyecto no han sido conseguidos con la inversión, se podrá acordar la revocación de la ayuda concedida. Para inversiones productivas, la justificación se realizará mediante certificación final de obra expedida por el técnico director de las obras, acompañada de relación valorada detallada por unidades; además, deberá presentar facturas de pago de los proveedores (ajustadas dentro de los diversos capítulos de obra y/o mobiliario y bienes de equipo), tanto de obra civil como de mobiliario y minuta de honorarios, debidamente conformadas y con anotación de pago, junto con los títulos o documentos bancarios que, en su caso, aseguren la efectividad del pago. En caso de pago en metálico sólo se aceptará como subvencionable aquellas facturas que no superen el tope máximo establecido por la normativa LEADERCAL y en su caso, en la propia factura deberá figurar la expresión “Recibí en metálico”, la firma del perceptor del pago y el NIF del mismo. Para inversiones no productivas la justificación se realizará, mediante facturas como en el caso de inversiones productivas, y si procediese con certificación final de inversión expedida por el técnico Director del proyecto, con las siguientes peculiaridades: - En el caso de asistencia técnica, estudios, inventarios, actividades de promoción, cursos, etc. además se entregarán dos ejemplares del documento o programa (para remitir uno a la Junta de Castilla y León). - En el supuesto de que en el momento de concesión de la ayuda, el promotor no hubiese presentado proyecto técnico visado, y lo tuviese que presentar para cumplir cualquier tipo de requisito legal, se tendrán en cuenta las unidades de obra de este último como base para el cálculo de subvención a pagar y para la certificación del expediente. Si se produjese variación en los conceptos o en las cuantías que figuraban en la memoria inicial o documento similar, el promotor deberá solicitar una aprobación de las citadas modificaciones. - En caso de necesidades de justificación del cumplimiento del Programa LEADERCAL podrán aceptarse Certificaciones Parciales de los expedientes de ayuda, previo acuerdo de la Junta Directiva. Los proyectos promovidos por la Asociación Montañas del Teleno, podrán ser certificados parcialmente en todo momento.

    35. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Octavo. Pago de la subvención. a) No se concederán anticipos de subvención. b) Con carácter general, no se aceptarán certificaciones parciales a efectos de pago de subvención a excepción de aquellas iniciativas promovidas por la propia Asociación Montañas del Teleno. c) Las órdenes de pago serán decididas por la Presidencia. d) Los pagos por parte del GAL, se harán mediante transferencia bancaria firmada por los tres claveros, designados para la gestión del Programa LEADERCAL, que son el Presidente del GAL, el RAF y el Tesorero. Las funciones de tesorero para la gestión del Programa LEADERCAL las desempeñará el Gerente del Programa. e) El GAL pagará las ayudas concedidas según el saldo líquido disponible en el momento del pago, pudiendo acordar porcentajes de pago sobre la subvención otorgada, acorde con el principio de objetividad.

    36. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Noveno. Mecanismos de control. 1º.- Una vez presentada la solicitud de ayuda, se comprobará “in situ”, por personal de la Oficina Técnica del GAL, que el promotor no ha iniciado la inversión. Asimismo, el personal del GAL comprobará “in situ” que las inversiones se han iniciado en los plazos fijados en la comunicación de concesión de la ayuda o en el contrato. 2º.- Durante el período de ejecución de la inversión, los técnicos del GAL podrán realizar cuantas inspecciones estimen oportunas. 3º.- Una vez que el beneficiario comunica al GAL la finalización de la inversión, técnicos del GAL inspeccionarán la documentación relativa a la misma y emitirán un informe sobre su ejecución, indicando si el proyecto ejecutado se ajusta a la inversión aceptada y cumple los objetivos marcados en el momento de la concesión de la ayuda. 4º.- Posteriormente, personal de la Oficina Técnica del GAL, visitará la inversión ejecutada y comprobará que se cumplen las obligaciones contraídas por el Promotor en el contrato de concesión de la ayuda.

    37. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Décimo. Criterios de selección y priorización de las solicitudes recogidas en el Programa. Tendrán prioridad las actividades e iniciativas que estén dirigidas a fomentar potencialidades endógenas de la zona, siempre que estén dentro de los objetivos y la estrategia del Programa presentado por la Asociación y cumplan con lo establecido en la normativa LEADERCAL. A.- Proyectos productivos: La cuantía de la subvención se definirá, dentro de los límites máximos establecidos, en función de los siguientes criterios: 1.- Relativos al Proyecto: a.- Viabilidad técnica-económica y financiera del proyecto. b.- Adecuación de la acción a los objetivos y naturaleza del Programa. c.- Creación o mantenimiento de empleo. d.- La modalidad del proyecto (primer establecimiento, ampliación, modernización o traslado). e.- Grado de innovación, transferibilidad y demostrabilidad. 2.- Relativos al Promotor:. a.- Garantías suficientes de los promotores del proyecto, tanto en cuanto a su solvencia económico-financiera como empresarial. b.- Promotor joven y/o mujer; en el caso de personas jurídicas se tendrá en cuenta la mayoría de los socios que la componen. c.- Titular de la iniciativa, si el promotor es una persona física, jurídica o una figura jurídica de trabajo asociado, como por ejemplo una cooperativa, SAT, SAL. d.- Situación sociolaboral del promotor y/o de las personas que pretende contratar. e.- Residencia del promotor y/o de las personas que pretende contratar. 3.- Relativos a su Impacto en el Territorio. a.- Contribución a corregir los desequilibrios territoriales y productivos. b.- Carácter innovador de la inversión y su contribución al desarrollo integral de la zona. c.- Utilización de los factores productivos de la zona. d.- La tasa de valor añadido (o en su caso el incremento de productividad del proyecto). e.- Grado de impacto ambiental.

    38. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL B.- Proyectos no productivos: Con carácter general, los proyectos no productivos podrán ser auxiliados con un porcentaje de ayuda hasta el 70%. Aquellos proyectos que a juicio de la Junta Directiva se consideren de interés (medioambiental, turístico, patrimonial,…) el porcentaje máximo se calculará con un tope de hasta el 75%. Las iniciativas promovidas por la Asociación Montañas del Teleno podrán alcanzar un límite de ayuda del 100% en virtud de su especial interés para el desarrollo global del territorio. La cuantía de la subvención se definirá, dentro de los límites máximos establecidos, en función de los siguientes criterios: a.- Adecuación de la acción a los objetivos y naturaleza del Programa b.- Contribución a corregir los desequilibrios territoriales. c.- Carácter piloto de la inversión y su contribución al desarrollo integral de la zona. d.- Utilización de factores productivos de la zona. e.- Grado de impacto ambiental. f.- Viabilidad técnica y financiera del proyecto. g.- Protección, rehabilitación y valorización de los recursos locales. h.- Apoyo a la creación y difusión cultural relacionada con el desarrollo rural. i.- Creación de sinergias. j.- Complementariedad con otras iniciativas o proyectos. Prioridad en las Subvenciones: Primero: La fecha de la firma del contrato será el primer principio de compromiso y aplicación de los fondos públicos, sobre cualquier otro principio, ya que es la fuente primera del nacimiento de obligaciones para la Asociación. Segundo: Si se produjese coincidencia en la fecha de la firma del contrato entre dos promotores o más, cuyas inversiones sean financiadas con cargo a la misma medida del LEADERCAL, primará la fecha de certificación de la inversión por el G.A.L. Tercero: Remanentes. El principio general será aplicar las cantidades disponibles a los promotores que hayan formalizado antes la solicitud.

    39. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Undécimo. Metodología de certificaciones. 1º.- El promotor presentará al GAL la comunicación de finalización de la inversión junto con la certificación de ejecución de la obra expedida por el Director Técnico (desarrollada por unidades y con el ajuste de las facturas objeto de subvención dentro de los capítulos correspondientes), la solicitud de pago de la subvención y todos aquellos documentos justificativos del inicio de la actividad. 2º.- Técnicos del G.A.L. visitarán la inversión ejecutada y emitirán un informe, con una propuesta. Cuando no se justificare la totalidad de la inversión o gasto aprobado en la resolución de concesión de ayuda, el expediente se certificará aplicando a la inversión o gasto realmente justificado el porcentaje de subvención inicialmente concedido; todo ello sin perjuicio de la revocación del acuerdo de concesión de la ayuda, si no se han cumplido la finalidad u objetivo aprobado en la concesión. 3º.- Siempre que, por parte de los técnicos del G.A.L., se observe que no se ha cumplido con la finalidad u objetivo aprobado en la concesión de la ayuda, será la Junta Directiva el órgano que apruebe las certificaciones de los proyectos. En el resto de los casos, la aprobación de la certificación y el pago será función de la Presidencia en ejercicio de todas aquellas competencias no atribuidas a otros órganos de la Asociación según establece el artículo 18 de los Estatutos. No obstante, la Presidencia dará cuenta de las certificaciones aprobadas a la Junta Directiva. 4º.- Comunicación al promotor sobre la certificación del expediente y del pago correspondiente de la subvención. 5º.- Como mecanismo de control del mantenimiento de las inversiones auxiliadas durante el periodo de compromiso contraído con el contrato de ayuda LEADERCAL (al menos, durante cinco años posteriores a la certificación de finalización de inversiones), el G.A.L. comprobará in situ el mantenimiento de la actividad y solicitará con periodicidad anual: Vida laboral de la empresa Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, o, en su defecto, tener aplazamiento o moratoria.

    40. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Duodécimo. a). Las resoluciones del G.A.L. relativas a los acuerdos sobre la “selección de proyectos”, una vez notificadas al promotor, podrán ser recurridas por éste ante el Excma. Sra. Consejera de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución. En el caso de que el promotor presentase recurso, el recurrente deberá comunicarlo al Grupo de Acción Local, por escrito, de forma inmediata. Si el G.A.L. no fuese informado en plazo máximo de diez días naturales, contados desde la fecha de interposición del recurso, el G.A.L. procederá al archivo del expediente. b). El resto de los conflictos (ejecución de contrato, justificación del gasto y el pago, etc.) que pudieran surgir entre el Grupo y el solicitante/beneficiario, se aplicarán las mismas fases que las establecidas para el caso del “reintegro de las ayudas”. Sin que ello signifique que el promotor no pueda recurrir también ante los órganos jurisdiccionales competentes.

    41. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Décimo Tercero. Expediente de reintegro de la ayuda concedida. Una vez pagada la ayuda concedida para la inversión proyectada, si el Grupo de Acción Local comprueba que el promotor ha incumplido las condiciones fijadas en el contrato el G.A.L. podrá iniciar expediente de reintegro de la ayuda: 1.- El expediente de reintegro se iniciará de oficio. El Presidente del GAL, a la vista de los incumplimientos del Promotor, será competente para incoar expediente de reintegro de la ayuda concedida. No obstante, la propia Junta Directiva podrá acordar la iniciación de expediente de reintegro. La resolución de estos expedientes corresponderá a la Junta Directiva. El expediente constará con las siguientes fases: 1.- Notificación al promotor de la apertura de expediente de reintegro y comunicación del pliego de cargos, concediendo al beneficiario un plazo máximo de diez días naturales contados a partir del día siguiente de la notificación, para contestar a este pliego. 2.- Resolución de la Junta Directiva estimatoria de las alegaciones o desestimatoria. 3.- Notificación al beneficiario de la propuesta de resolución, dando audiencia al interesado para que en el plazo de diez días naturales pueda aceptar la propuesta o, por el contrario, oponerse a la misma. 4.- Esta resolución podrá ser recurrida. En el caso de que el promotor presentase recurso, deberá comunicarlo al Grupo de Acción Local, por escrito, de forma inmediata. La interposición de recurso suspende la ejecución de la resolución hasta cuando no haya recaído sentencia y ésta haya sido notificada al G.A.L. En caso contrario se procederá a la ejecución de la resolución de la Junta Directiva, exigiéndose la ejecución del aval que garantiza el cumplimiento del contrato por parte del promotor.

    42. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Décimo cuarto.- Sistema de contabilidad. El Grupo de Acción Local llevará con una contabilidad independiente para las acciones LEADERCAL que se ajustará a lo dispuesto en la normativa vigente en relación a la adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.

    43. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Décimo quinto. Para el cumplimiento de los objetivos del programa comarcal, y en razón del carácter público de los fondos que gestiona la Asociación Montañas del Teleno va a garantizar los principios de colaboración, objetividad, imparcialidad, eficacia, eficiencia, transparencia, publicidad y libre concurrencia: La Asociación Montañas del Teleno colaborará, con la población en general, y con las entidades públicas o privadas del territorio (pertenezcan o no al Grupo de Acción Local), así como con los demás Grupos de Acción Local. La Objetividad o auto limitación de discrecionalidad, se garantizará mediante la fijación previa de los procedimientos de gestión y los criterios de valoración de los proyectos y la adecuada motivación de la Resolución de concesión o denegación de ayudas. Todas las solicitudes de ayuda serán sometidas a una valoración objetiva aplicando los Criterios de Baremación. Se evitará toda actuación que pueda representar discriminación alguna, cuidando en especial la promoción del respeto a la igualdad entre hombres y mujeres. Para garantizar la Eficacia, los acuerdos se orientarán directamente a la consecución de los objetivos del programa comarcal Montañas del Teleno, cuantificando las decisiones y analizando sus posibles consecuencias. La Eficiencia será garantizada a través de que con un menor coste se contribuya a lograr un mayor beneficio social, en especial entre mujeres y jóvenes, o una mayor protección del medio ambiente, a fin de alcanzar la máxima proporción entre el rendimiento, utilidad de las inversiones y los gastos de funcionamiento. El principio de Transparencia se materializará en ausencia de acuerdos ocultos y de contabilidades distintas de la perceptiva; sistema contable permanentemente actualizado; expedientes completos; firma por persona delegada en representación del cargo del órgano de decisión que sea, a la vez, el perceptor o interesado en la ayuda. Se garantizará la Imparcialidad en la gestión del Programa de Desarrollo Rural LEADERCAL en cuanto los miembros del Órgano de Decisión se abstendrán de participar en los debates y votaciones de aquellos proyectos en los que tengan un interés directo e indirecto, por motivos de titularidad, económicos o societarios, de parentesco hasta tercer grado civil por consanguinidad, afinidad o adopción, amistad íntima o enemistad manifiesta. Se dará Publicidad, tanto del Régimen de Ayudas, como del Procedimiento de Gestión y los Criterios de Valoración de los proyectos de manera que se permita y promueva el conocimiento de los procedimientos, contenidos y fundamentos de las decisiones que se adopten. Así mismo, de forma periódica (no superior al semestre) se dará publicidad de los proyectos seleccionados, inversiones aceptadas y subvenciones aceptadas y concedidas. Los titulares de las iniciativas publicitarán el proyecto auxiliado mediante placas o carteles normalizados. El cumplimiento de la libre concurrencia se garantizará, sin más limitaciones que las que se deriven de la propia convocatoria, tanto para la concesión de ayuda como para la contratación, por parte del G.A.L. Montañas del Teleno, de los recursos humanos o materiales, salvo los de uso cotidiano de pequeña cuantía, que sean necesarios para la formación del equipo técnico y gerencial, su funcionamiento y cualquier estudio o asistencia técnica. Todos los miembros del G.A.L. (Entidades Locales, Asociaciones, Sindicatos, Cooperativas,…) facilitarán la colocación en sus tablones de anuncios o la inserción en sus publicaciones de cuantos documentos, convocatorias, concursos o anuncios garanticen el cumplimiento de los principios de colaboración, objetividad, imparcialidad, eficacia, eficiencia, transparencia, publicidad y libre concurrencia.

    44. Reglamento de Procedimiento para la Gestión de Ayudas del Grupo de Acción Local Montañas del Teleno, con cargo al Programa LEADERCAL Décimo sexto. Las situaciones no contempladas en este Reglamento serán resueltas aplicando la normativa relativa a la ejecución de los Programas LEADERCAL.

More Related