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Tema 7. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Ley 54/2003, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Razones Para Una Ley. Normativa dispersa y antigua.
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Tema 7 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Ley 54/2003, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Razones Para Una Ley Normativa dispersa y antigua Acta única Europea Directiva MARCO Art. 40.2 Constitución Española LEY PREVENCION RIESGOS LABORALES
Capítulo INormativa (art. 1) La Ley 31/1995. Sus disposiciones de desarrollo o complementarias: ej. RD 39/1997. Otras normas, legales o convencionales.
Normativa CE: Constitución Española ET: Estatuto trabajadores CP: Código Penal Normas internacionales (Convenios OIT, normativa comunitaria) Normas internas: CE, CP, ET, reglamentos, convenios colectivos.
Normativa (Jerarquía) CE Normasinternacion. Pactos, Convenios... Reglamento, Directiva, Decisión NormasComunitarias europ. Ley, R.D., Decreto, O.M.Circulares, instrucciones Legislación estatal Otras fuentes: Convenios colectivos, costumbre laboral Convenios, Código civil
¿Qué Pretende La Ley? (art.2) Promover la seguridad y la salud de los trabajadores... ... Mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias... ... Para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
Ley Prevención Riesgos Lab. • Norma básica de s y s en el trabajo • Ley de principios (o mínimos) • Novedades • Competencias y funciones órganos públicos • Responsabilidades del empresario • Actualiza sanciones • Cultura reactiva Cultura preventiva • Define accidente y enfermedad laboral s y s: seguridad y salud
Carácter de la Norma Ley 31/1995 Derecho indisponible. Ley laboral Regulación estatal Derecho mínimo.
¿ A quién se aplica? A todas las relaciones laborales reguladas en el ET. Funcionarios y personal contratado por la Administración. A las sociedades cooperativas si hay socios que prestan su trabajo personal.
¿A quién no se aplica? • A las actividades en el ámbito de las funciones públicas de: • Policía, seguridad y resguardo aduanero. • Servicios operativos de protección civil en casos de grave riegos, catástrofe y calamidad pública. • Trabajadores del hogar.
Definiciones Prevención Riesgo laboral Riesgo laboral grave e inminente Condición de trabajo Daños derivados del trabajo Equipo de trabajo Equipo de protección individual
Capítulo II Órganos Administrativos Administraciones públicas competentes en materia laboral (art. 7) y sanitaria (art.10) Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (INSHT) (art. 8) Inspección de trabajo y Seg. Social (art. 9) Organismos de las CCAA, encargados de la seguridad y salud laboral. Coordinaciónadministrativa (art.11) Comisión Nacional de seguridad y salud en el trabajo (art.13)
Capítulo IIIDerechos y Obligaciones Principios acción preventiva (Art. 15) Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que no se pueden evitar (obligación Ev. Riesgos, art. 16) Combatir los riesgos desde su origen. Adaptar el trabajo a la persona. Tener en cuenta la evolución de la técnica. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
Principios acción preventiva (cont.) Planificar la prevención (según RSP) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. Principio de información.
Otros derechos Derecho a la protección frente a los riesgos laborales (art. 14). Derecho a equipos de trabajo y medios de protección adecuados (art. 17). Derecho de información, consulta y participación (arts. 12, 18, Cap.V: arts 33 y sig.) Derecho a formación (art. 19).
Más derechos... Derecho a interrumpir su actividad en caso de riesgo grave o inminente (art. 21) Derecho a que se vigile la salud de los trabajadoresde forma periódica (art.22). Derecho a medidas de emergencia en la empresa (art. 20).
...y obligaciones(art.29): • VELAR por su propia seguridad y salud en el trabajo • USAR ADECUADAMENTE todos los equipos y medios con los que desarrollen su actividad. • UTILIZAR CORRECTAMENTE los dispositivos de seguridad existentes y no ponerlos fuera de funcionamiento. • INFORMAR acerca de cualquier situación que entrañe un riesgo para la seguridad. • CONTRIBUIR al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente. • COOPERAR con el empresario.
Protecciones especiales ETT: Trabajadores temporales Protección a trabajadores especialmente sensibles a determinados riegos. (art. 25) Protección a la maternidad. (art. 26) Protección de los menores. (art. 27) Igual nivel de protección a los trabajadores de ETT. (art. 28)
Capítulo IV Servicios de Prevención (S.P.) El empresario designará uno o varios trabajadores, constituirá un Servicio de Prevención o concertará dicho Servicio con una entidad especializada. S.P: Conjunto de medios humanos y materiales necesarios para llevar a cabo las actividades preventivas (...)
Capítulo VConsulta y participación Pilar fundamental de la LPRL Los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la Prevención de riesgos. (Art.34) El empresario deberá consultar la adopción de medidas relacionadas con la prevención de riesgos. (Art.33)
¿Cómo se hace? • Comité de seguridad y salud A través de los representantes sindicalesy representación especializada: • Delegados de prevención
Capítulo VIIResponsabilidades y sanciones • Responsabilidad: administrativa, penal y civil (daños y perjuicios). Art 42 • Empresa responde solidariamente concontratistas y subcontratistas.art. 42.2 • Otras sanciones: Requerimientos, paralización de trabajos. Arts 44 y 45 • Régimen de infracciones y sanciones en caso de incumplimiento. Arts 46,47,48,49 y 51
Ley 54/2003, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales
OBJETIVOS DE ESTA LEY • Combatir de manera activa la siniestralidad laboral • Fomentar una autentica cultura de la prevención de los riesgos en en el trabajo • reforzar la necesidad de integrar la prevención de los riesgos laborales en los sistemas de gestión de la empresa • mejorar el cumplimiento de la normativa de PRL mediante al adecuación de la norma sancionadora y el reforzamiento de vigilancia y control de la Inspección de trabajo. Como se articulan estos objetivos • Modificaciones Ley 31/95, desarrollado en el Capitulo I • Modificaciones en Ley sobre infracciones y sanciones en el Orden social, desarrollado en el Capitulo II
Capítulo IModificaciones que se introducen en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales • Primera Obligación • Se resalta la importancia de la integración de la PRL en la empresa, que ya venia detallada en: • exposición de motivos en la Ley 31/95 • artículos 1 y 2 del RD 39/97 • Se convierte ahora en: Primera actividad de asesoramiento y apoyo que debe facilitar un Servicio de prevención Primera obligación de la empresa
MODIFICACIONES INTRODUCIDAS • Articulo 9 • Articulo 14.2. • Articulo 16 • Artículos 23 y 31 • Artículo 24 • Incorporación articulo 32 bis • Añade Apdo. 3 al Art. 43 • Nuevas Disposición adicional, la 14 y 15
Capítulo IIModificaciones que se introducen en la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000. • Sujetos responsables y concepto de infracción • Infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales. • Infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. • Infracciones de las empresas usuarias. • Criterios de graduación de las sanciones. • Responsabilidad empresarial. • Infracciones por obstrucción. • Contenido de las actas. • Fundamento constitucional. • Documentación del plan de prevención de riesgos laborales.