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LA BOLSA DE PRODUCTOS EN EL PERU Marco jurídico y funcionamiento. Omar Gutiérrez Ochoa CONASEV ogutierrez@conasev.gob.pe. BOLSA DE PRODUCTOS. Ley N° 26361 “Ley sobre Bolsa de Productos” 30.09.94 Reglamento de la Ley DS N°105-95,152-97,099-2000, 004-2001-EF, 003-2002-EF y 072-2002-EF
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LA BOLSA DE PRODUCTOS EN EL PERUMarco jurídicoyfuncionamiento Omar Gutiérrez Ochoa CONASEV ogutierrez@conasev.gob.pe
BOLSA DE PRODUCTOS • Ley N° 26361 “Ley sobre Bolsa de Productos” 30.09.94 • Reglamento de la Ley DS N°105-95,152-97,099-2000, 004-2001-EF, 003-2002-EF y 072-2002-EF • Decreto de Urgencia N°093-2001 del 23.07.01 • Ley N ° 27635 “Ley que modifica la Ley sobre Bolsa de Productos 16.01.02 Principales Normas
BOLSA DE PRODUCTOS • Resoluciones CONASEV N° 576-97 Reglamento de Corredores de Productos y Operadores Especiales. • Resolución CONASEV N°822-97 Reglamento de Rueda de la BPL • Resolución CONASEV N° 823-97 Reglamento de Garantías. • Resolución CONASEV N°113-98 Reglamento de la Cámara Arbitral de la BPL. • Resolución CONASEV N° 056-2000 Reglamento de Mesa de la BPL. Principales Normas Dictadas por CONASEV
BOLSA DE PRODUCTOS LEY N° 26361 y N° 27635 La Ley 27635 dispone que las Bolsas de Productos son personas jurídicas que pueden adoptar la estructura legal de las asociaciones civiles o de las sociedades anónimas. (Enero 2002)
BOLSA DE PRODUCTOS LEY N° 26361 Y N ° 27635 OBJETIVO Facilitar la negociación de productos, títulos representativos de los mismos o contratos relativos a ellos, proveyendo los servicios, sistemas y mecanismos adecuados para la intermediación de los mismos de manera justa, competitiva, continua y transparente.
Ley N° 27635 • La Tercera Disposición Final de la Ley N° 27635 dispone que en la ejecución presupuestal en materia de compra venta de bienes y servicios, las entidades del Gobierno y las Instancias Descentralizadas y Gobiernos Locales procuraran realizar dichas transacciones en la Bolsa de Productos supervisadas por la CONASEV, salvo que otras alternativas ofrezcan mejores condiciones de transpatencia en la formación de precios de mercado, bajo la responsabilidad de los funcionarios encargados de tales operaciones en dichas entidades.
Registrar los productos objeto de negociación. (requisitos, normas de calidad, cláusulas básicas) Brindar información permanente: cotizaciones, operaciones e información relevante al mercado. Establecer principios y normas equitativas de negociación. Proponer reglamentos. Brindar directamente o a través de terceros los mecanismos de liquidación de operaciones. Vigilar cumplimiento de normas y ética comercial por parte de los intermediarios (admisión, rechazo y exclusión de intermediarios). Resolver las controversias que se originen en la negociación de productos (Cámara Arbitral). SERVICIOS QUE BRINDA LA BOLSA DEPRODUCTOS
Productos Negociados en la Bolsa Bienes Muebles De origen o destino, agropecuario, pesquero, minero e industrial y servicios complementarios Representativos de los bienes o servicios referidos en el literal anterior Títulos Contratos Sobre tales bienes o servicios bajo cualquier modalidad
Autorización de organización de una Bolsa de ProductosResolución CONASEV N° 067-1996-EF/94.10 • Datos generales; curriculum vitae y declaración jurada de los organizadores y representantes legales. • Lugar donde funcionará y nombre. Número de asociados o socios. • Operaciones y servicios que proyecta realizar. • Aporte al patrimonio social o capital mínimo, que a la fecha asciende a S/. 745 000 (aprox. US$ 230 000). • Participación máxima en capital social 5%. • Proyecto de minuta de constitución donde constará el estatuto. • Estudio de factibilidad económico – financiero.
Autorización de funcionamiento de una Bolsa de ProductosResolución CONASEV N° 067-1996-EF/94.10 • Escritura de Constitución, inscrita en los Registros Públicos. • Contar con la infraestructura adecuada para dar el servicio. • Reglamento de Operaciones. • Reglamentos Internos • Contar con una Cámara Arbitral. • Contar con un Comité de Vigilancia. • Identificación de los intermediarios.
Facultades de CONASEV • Aprobar estatutos, reglamentos y otras normas propuestas por las bolsas • Establecer patrimonio, capital o garantías de intermediarios. Excepcionalemnte admitir, rechazar o excluir a los miembros de las Bolsas • Normar la inscripción y exclusión de productos • Suspender la negociación • Sancionar o intervenir a los participantes en el mercado de productos • Resolver reclamaciones originadas en normas de CONASEV
Intermediarios de la Bolsa de Productos • Funciones: • Comprar y vender por cuenta de terceros • Prestar asesoría en materia de productos y operaciones de bolsa • Brindar un sistema de información y de procesamiento de datos • Brindar servicios de custodia de títulos • Verificar la conformidad de las normas de calidad y legítima procedencia de los productos que negocien
Intermediarios en Bolsa de Productos • Sociedad Corredora de Productos Sociedad anónima, su objeto social es la intermediación en la Bolsa • Agente Corredor de Productos Persona natural cuyo actividad es la intermediación en la Bolsa • Operadores Especiales Personas naturales o jurídicas que podrán actuar en la Bolsa directamente y por cuenta propia, asumiendo una sola posición sea de compra o de venta en las negociaciones que realicen con un mismo producto. • Sociedades Agentes de Bolsa Sociedades anónimas, constituidas bajo las normas del mercado de valores.
Intermediarios de la Bolsa de Productos Capital o Patrimonio Mínimo del Corredor de Productos u Operador Especial: US$ 69 000 De Disponible, De Disponible para Entrega a Plazos, Entrega Diferida, de Servicios Complementarios. US$ 206 000 Además de las operaciones señaladas, efectúen contratos de futuros y opciones. • El patrimonio neto no puede ser inferior al capital mínimo. • El déficit del patrimonio en que incurra será cubierto dentro de los 30 días siguientes de producido el hecho. • El patrimonio es a valor constante, es actualizado anualmente dentro del primer trimestre del año siguiente, según el IPM-INEI.
Intermediarios de la Bolsa de Productos Resolución CONASEV N° 576-97-EF/94.10 • Requisitos para el funcionamiento de las SCP • Contar con manuales de procedimientos y con mecanismos de control interno. • Tener debidamente abiertos los registros de operaciones exigidos por CONASEV. • Poseer infraestructura adecuada, que será verificada por CONASEV. • Contar con un sistema contable automatizado. • Contar con un sistema de recepción y registro de órdenes y asignación de operaciones. • Corresponsales y Operadores de Piso autorizados por la Bolsa
Intermediarios de la Bolsa de Productos Obligaciones • Datos del cliente. • Código asignado por la Bolsa. • Modalidad de la orden: Escrita o verbal con confirmación escrita. • Registro de firmas del cliente y de su representante. • Mantener en forma individualiza por cliente, toda la información relativa a sus operaciones. FICHA DE REGISTRO DE CLIENTES • Recabar órdenes escritas de sus clientes, tipo de orden. • Especificar si la operación se realiza en Rueda, Mesa o fuera de Bolsa. • Características y cantidad del producto. • Condiciones de la negociación: precio, tasa, plazo, etc. • Vigencia de la orden. • Modalidad de la operación. • Valor total de la operación. • Almacén donde se encuentra el producto. • Número del Certificado de Depósito. ORDENES
Intermediarios de la Bolsa de ProductosObligaciones • Llevar en formularios continuos autorizados por la CONASEV y mantener actualizados los libros de operaciones bursátiles y extrabursátiles. Libro de Operaciones • Datos del SCP u Operador Especial. • Datos de los accionistas o propietarios, plana gerencial, representante legal, • Corresponsales y Operadores de Piso. • Sanciones impuestas por la Bolsa o CONASEV. Inscripción en RPMV CONASEV • Constituir las Garantías Específicas ante la Bolsa. • Aportar al Fondo de Garantía administrado por la Bolsa. • Carta Fianza a favor de CONASEV. • Certificado de Participación. Garantías
Intermediarios de la Bolsa de Productos • No podrán otorgar, bajo modo o forma alguna, préstamos, avales, fianzas y otras garantías a favor de sus accionistas, directores o personas jurídicas en las que posean más del 25% del capital social • Cumplir con los límites de endeudamiento y condiciones de liquidez que establezca la Bolsa. • Los operadores de piso, parientes y cónyugue no pueden participar en bolsa Limitaciones • Facilitar la ejecución de acciones de supervisión y control que disponga CONASEV • Presentar información financiera al RPMV • Actualizar modificación de los datos de la sociedad en el RPMV (accionistas, gerentes y directores). • Aprobación previa de OCNASEV para la modificación de estatutos, por fusión, escisión y reducción de capital. • Término contractual de un Corresponsal u Operador de piso. Supervisión
Cámara Arbitral • Contribuir a la prevención y resolución de conflictos en el ámbito bursátil (Rueda y Mesa de Productos). • Operar como Centro de Conciliación y arbitraje. Objetivo • Promover la utilización de técnicas de prevención de conflictos y mecanismos alternativos de resolución de conflictos. • Administrar, las actuaciones arbitrales y conciliaciones sometidas a la Cámara. • Designar árbitros y conciliadores. • Llevar registro de árbitros y conciliadores de la Cámara • Establecer la normas de calidad de los productos a registrarse en la Bolsa y RPMV Funciones
Cámara Arbitral • El Tribunal Arbitral dirimirá las controversias que se originen en las negociaciones con productos. • Propone las normas de clasificación de calidad de los productos que se negocien en Bolsa • Solución de conflictos mediante Conciliación o Arbitraje. • Laudo es de cumplimiento obligatorio para las partes.
Garantías de intermediarios • General (riesgo moral) • Carta fianza a favor de CONASEV equivalente al 30% de capital o patrimonio, reajustable por volumen de operaciones • Vigencia 6 meses luego de cancelación o resolución firme de reclamos • Operacional • Garantías específicas • Fondo de garantía
Fondo de Garantía • Objeto: cumplir obligaciones pendientes hasta el límite de los aportes • No es patrimonio de las bolsas (contabilidad separada) • Aporte 0,03%. Inversiones supervisadas • En caso de liquidación se transfiere a CONASEV para destinarlo a finalidades similares.
Operaciones con productos negociados en Bolsa • Las transacciones con los productos inscritos pueden ser dentro o fuera de bolsa • Se presume, sin admitir prueba en contrario, el consentimiento del cónyuge • Relación entre intermediario y comitente: mandato sin representación.
LA BOLSA DE PRODUCTOS EN EL PERUMarco jurídicoyfuncionamiento Omar Gutiérrez Ochoa CONASEV ogutierrez@conasev.gob.pe