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GARANTIAS EN LA CONTRATACION PUBLICA. Alejandro Canónico Sarabia VIII Jornada de Derecho Administrativo-UCAT San Cristóbal, Mayo 2011. SUMARIO. Régimen de las Garantías en la Contratación Pública Las Garantías Precontractuales Las Garantías Contractuales
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GARANTIAS EN LA CONTRATACION PUBLICA Alejandro Canónico Sarabia VIII Jornada de Derecho Administrativo-UCAT San Cristóbal, Mayo 2011
SUMARIO • Régimen de las Garantías en la Contratación Pública • Las Garantías Precontractuales • Las Garantías Contractuales • Responsabilidades Derivadas de las Garantías • Ejecución Judicial
REGIMEN DE LAS GARANTIAS • Características De Las Garantías En La Contratación Pública. Unilateralidad, Obligatoriedad y Consustancialidad • Tipos De Garantías En La Ley De Contrataciones Públicas. - Precontractuales y Contractuales - Obligatorias y Voluntarias
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. - PRECONTRACTUAL - Clases de Garantía. (caución o garantía) Art. 44 ords. 1, 18 y 19, y 65 de la Ley Vigencia Y Cuantía. (1,5% a 2,5%) Art. 135 del Reglamento y 49 de la Ley Efectos de la Falta de Presentación de La Garantía. Art . 69, 71 ord. 2, 86 y 89 ord. 4. Art. 102 ords. 2 y 3 de Reglamento Órganos Exentos de Presentar La Garantía. Num 1 al 6 del Art. 3 de la Ley, 135 del Reglamento
GARANTIAS CONTRACTUALES • Garantía de Fiel Cumplimiento • Garantía Laboral • Póliza de Responsabilidad Civil General • Fianza de Anticipo • Garantía Sobre Defectos o Buen Funcionamiento • Garantías Innominadas
Garantía de Fiel Cumplimiento • Es una Fianza Optativa. Art. 100 Ley • La Fianza No podrá ser inferior al 15% del monto del contrato • La Fianza deberá ser otorgada por Banco, Seguro o SGR • El contrato de fianza deberá ser consignado dentro de los 5 días hábiles de la notificación de la adjudicación. Art. 127 Reglamento (Sent. 6483, 08-12-05, Exp. 1037-02) • Garantiza la buena ejecución de la Obra. Art. 169 Reglamento, 127 y 128 Ley • En su lugar podría acordarse retención del 10% sobre los pagos
Garantía Laboral • Responsabilidad Laboral del Contratista. Arts. 134 y 173 Reglamento • Fianza Laboral hasta por el 10% del costo de mano de obra. Art. 101 Ley • Si no se constituye la Fianza, Retención del 5% sobre los pagos. Art. 136 Reglamento • Duración y Vigencia de la Garantía Laboral. Art. 101 Ley, 127 Reglamento • Si es Fianza debe tener vigencia hasta 6 meses después de la terminación del contrato • Si es retención se deberá reintegrar de inmediato a la terminación
Póliza de Responsabilidad Civil General • Responsabilidad Civil y Daños a Terceros. Art. 102 Ley, 170 y 171 Reglamento • La Póliza debe ser otorgada por Seguro inscrito en SUDEBAN • El Monto de la Cobertura se establecerá en el contrato principal
Fianza de Anticipo • Tipos de Anticipos • Anticipo Ordinario o Contractual. Art. 104 Ley • Anticipo Especial. Art. 105 Ley • Anticipo de Inspección. Art. 175 Reglamento • Fianza de Anticipo • El monto de la Fianza será por el 100% del Anticipo. Art. 99 Ley y 91 Reglamento • Deducciones de Anticipo. Art. 176 Reglamento
Garantías Innominadas Queda a discreción del ente u órgano contratante exigir otras garantías contractuales distintas a las identificadas que fueran necesaria para responder por el cumplimiento del suministro de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras. Art. 137 Reglamento
Garantía Sobre Equipos e Instalaciones • El Contratista debe entregar constancias o documentos donde los proveedores de los equipos e instalaciones garantizan el buen funcionamiento y la calidad de los mencionados equipos e instalaciones. Art 123 Ley y 182 Reglamento. • Lapsos de Garantía Sobre Defectos o Buen Funcionamiento. Art 124 y 125 Ley, 186 y 187 Reglamento • Liberación de las Garantías Otorgadas. Art. 126 Ley
Responsabilidades Derivadas de Las Garantías • Sanciones en Contra de los Particulares • En caso de incumplimiento de personas naturales con las obligaciones contractuales, serán suspendidos del Registro Nacional de Contratistas, multados con 3000 UT, e inhabilitados. Art. 131 Ley. • En caso de persona jurídica, que no suscriban el contrato una vez notificados de la adjudicación o cuando no constituyan la garantía de fiel cumplimiento, la suspensión del RNC será de 2 a 3 años. Art. 131 ord. 2 Ley. • Sanciones en Contra de los Funcionarios • Constituye un ilícito administrativo generador de responsabilidad: «…El no haber exigido garantía a quien deba prestarla o haberla aceptado insuficientemente». Lo cual acarrea multa de 100 a 1000 UT. Art. 91 numeral 3 LOCGRSNCF. (ojo Arts. 94 y 105) • Art. 38 LOCGRSNCF
Ejecución Judicial de Las Garantías • LOCSJ. Sent. 1493, 07-10-03, SPA-TSJ. Se aplica el CPC y conocerán los tribunales Contencioso Administrativos • LOTSJ. Los criterios jurisprudenciales determinaban la competencia de acuerdo a la cuantía • LOJCA. G.O. 39.447, 16-06-10 (actual) • COMPETENTE TRIBUNALES CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS. Art. 9 ord. 9 • CRITERIO DE ATRIBUCION DE COMPETENCIA LA CUANTIA. Arts. 23.2, 24.2 y 25.2 LOJCA y Art. 26.2 LOTSJ • PROCEDIMIENTO DE CONTENIDO PATRIMONIAL. Art. 56 Sent. 488, 13-04-11, SPA-TSJ, caso: FEDE
Sociedades de Garantías Recíprocas Las Sociedades Nacionales de Garantías Reciprocas forman parte, junto con los Fondos Nacionales de Garantías Reciprocas, del Sistema Nacional de Garantías Recíprocas Para La Pequeña y Mediana Industria, creado mediante el Decreto Con Rango y Fuerza de Ley Nro. 251, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 5.372 Extraordinario del 11 de agosto de 1999. Se rigen por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. Y son instituciones que tienen por objeto garantizar mediante avales o fianzas, el reembolso de los créditos que sean otorgados a sus socios beneficiarios por instituciones financieras o entes crediticios públicos o privados; así como también, otorgar a dichos socios, fianzas directas para participar en licitaciones y prestarles servicios de asistencia técnica y asesoramiento en materia financiera o de gestión.
Alejandro Canónico Sarabia 0414 3956071 alejandro@canonicojosic.com www.canonicojosic.com www.cajo.com.ve