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R.E.A. Registro de Empresas Acreditadas

R.E.A. Registro de Empresas Acreditadas. BASES LEGALES. LEY 32/2006 , DE 18 DE OCTUBRE Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción.

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R.E.A. Registro de Empresas Acreditadas

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  1. R.E.A. Registro de Empresas Acreditadas

  2. BASES LEGALES LEY 32/2006 , DE 18 DE OCTUBRE Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción. • Art. 6 de la Ley 32/06: ... Se creará el Registro de Empresas Acreditadas que dependerá de la Autoridad Laboral competente, entendiéndose por tal la correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma donde radique el domicilio social de la empresa contratista o sub-contratista. R.D.1109/2007, DE 24 DE AGOSTO

  3. ¿QUÉ ES EL R.E.A.? Es un Registro que se crea en cada Comunidad Autónoma (así como en Ceuta y Melilla) y que sirve para acreditar que las empresas contratistas y sub-contratistas han aportado los datos y documentos exigibles sobre su solvencia, su disposición de una organización preventiva adecuada y de unos recursos humanos con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales.

  4. FUNCIONES DEL R.E.A. • Tramitar los procedimientos relativos a solicitudes de inscripción, renovación, variación de datos y cancelación. • Expedir las certificaciones sobre las inscripciones registrales existentes. • Dar acceso a los datos obrantes en el Registro a cualesquiera personas o entidades, con la salvedad de los datos referentes a la intimidad de las personas. Garantizar el acceso a los datos de que dispone. • Custodia y conservación de la documentación aportada por la empresa. • Cualesquiera otra que se le atribuya. • Datos en base de datos, custodiada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

  5. Todas las empresas contratistas y sub-contratistas, incluidas las extranjeras. Trabajo en el sector de la construcción. Por el contrario, no es exigible a los trabajadores autónomos ni a quién sólo actúa como promotor. Esta inscripción será única, válida para todo el territorio nacional. QUIEN DEBE INSCRIBIRSE EN EL R.E.A.

  6. EMPRESAS A INSCRIBIR Excavación Movimiento de tierra Construcción Montaje y desmontaje de elementos prefabricados Acondicionamiento e instalaciones Transformación Rehabilitación Reparación Desmantelamiento Derribo Mantenimiento Conservación y trabajos de pintura y limpieza Saneamiento

  7. El incumplimiento de las obligaciones de: Acreditar que cuentan con recursos humanos Acreditar una Organización Preventiva Adecuada Inscribirse en el REA Implica RESPONSABILIDAD SOLIDARIA del contratista y/o subcontratista respecto de las obligaciones laborales y de S.S. derivadas de la ejecución del contrato. INCUMPLIMIENTO

  8. Art. 6.3-R.D.1109/07 La empresa comitente queda EXONERADA de esta responsabilidad, durante la vigencia del contrato y para la obra en cuestión, cuando obtiene el certificado del REA de la empresa a la que va a contratar, y esta está inscrita. IMPORTANTE

  9. CUANDO SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN Creado el Registro en Galicia, en mayo. Para la inscripción, solo posible vía telemática: Página a nivel nacional: http://rea.mtin.es/rea Página a nivel autonómico: http://traballo.xunta.es/rea La inscripción no era exigible hasta transcurrido un año desde la entrada en vigor del Reglamento 1109/07, de 24 de Agosto. Así pues hasta el: 26 de agosto de 2008.

  10. A PARTIR DEL 26 DE AGOSTO DE 2008 Es obligatorio estar inscrito si se quiere trabajar en el sector de la construcción. Cuando inscribirse: Previo al inicio de su intervención en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción OBLIGACIÓN

  11. REQUISITOS CONT./SUB.-CONT. Organización productiva propia Asumir riesgos, obligaciones y responsabilidades propias del desarrollo actividad empresarial Ejercer directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado Además: Acreditar disponer de recursos humanos, nivel directivo y productivo Formación en Prevención de RR.LL. Organización preventiva Estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas

  12. SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN Y DECLARACIÓN ANEXA • Contenido: • Nombre de la empresa • Dirección electrónica a efectos de notificación • Domicilio-Localidad-País • Nº identificación fiscal • Código de Cuenta de Cotización de la S.S. • Actividad de la empresa (Código CNAE) • Firma del solicitante (lugar y fecha) –(Electrónica)

  13. En formato electrónico Declaración empresario o rep. legal relativa al cumplimiento de los requisitos previstos (contratistas/ sub-contratistas) Documentación de que la empresa dispone de una organización preventiva adecuada (Ley 31/95). Contrato con el SPA. Documentación acreditativa de que dispone de Recursos Humanos, en su nivel directivo y productivo, con formación necesaria en PRL. Poder de representación válido en derecho, para el caso de actuar en representación del titular de la solicitud. DOCUMENTACIÓN ANEXA

  14. PROCEDIMIENTO INSCRIPCIÓN I • Certificado Digital: Firma Digital • Exigencia de Certificado digital, se obtiene a través de la Agencia Tributaria • Pasos a seguir para Firma Digital-Empresa: • 1º.-Nota simple del Registro Mercantil • Tarda 3 días • Coste: 12.12 € • 2º.-Solicitud de código: • Con el C.I.F. De la empresa • Vía Internet, página: http://www.cert.fnmt.es/ • Apartado empresas • Cert. persona jurídica • A la izquierda de la pantalla, apartado: Certificado de persona jurídica • Obtener certificado de persona jurídica • Solicitud del Certificado • Pide el C.I.F. de la empresa • Código de 9 cifras, es necesario apuntarlo o imprimirlo

  15. PROCEDIMIENTO INSCRIPCIÓN II CCertificado Digital: Firma Digital EExigencia de Certificado digital, se obtiene a través de la Agencia Tributaria PPasos a seguir para Firma Digital-Persona física: 11º.-Solicitud de código: CCon el D.N.I. De la persona VVía Internet, página: http://www.cert.fnmt.es/ AApartado: Obtenga su Certificado Digital PPunto 1: Solicitud vía internet de su certificado, ponga su número de D.N.I. AAparece una página con un número: Imprímalo o apúntelo AAcuda a la oficina de la Agencia Tributaria, con su D.N.I y el número anterior, personalmente AAl día siguiente le enviarán el certificado, que queda instalado en la página de Internet, en la barra superior, en Herramientas, Opciones de Internet, Contenido, Certificados

  16. Ir a la Agencia Tributaria Empresa: Con la Nota Simple del R.Mercantil el código obtenido por internet N.I.F. Del Administrador de la Empresa Persona física: el código obtenido por internet N.I.F. Del Administrador de la Empresa Descargarlo en el ordenador a las 24 horas de haberse acreditado en la Agencia Tributaria. Página:  http://rea.mtin.es/rea PROCEDIMIENTO INSCRIPCIÓN

  17. 1º.-Contrato con el S.P.A. (Escaneado) 2º.-Certificado genérico de formación específica en materia de prevención. Expedido por el S.P.A.(Escaneado) No es necesario especificar las horas, inicialmente Con el tiempo será necesario ir incluyendo la formación especializada (Convenio Construcción) Si se firma mediante poder, solo tendrán que cubrir la pantalla que aparece cuando se escoge la opción, de firmar como representante DOCUMENTACIÓN A INCLUIR

  18. MODELO CERTIFICADO FORMACIÓN

  19. PROCEDIMIENTO INSCRIPCIÓN Solicitud dirigida al Registro de Empresas Acreditadas Si la solicitud reúne los requisitos previstos se procederá a efectuar la inscripción: Asignación de una clave individualizada de identificación registral, única para cada empresa y para todo el territorio nacional. Clave: Once dígitos Los dos primeros identificativos de la Autoridad Laboral Los dos siguientes son el código interno que desee asignarle esa Autoridad Laboral Siete últimos: Nº de orden de inscripción asignado a la empresa De no reunir los requisitos: Plazo de 10 días para subsanación, sino lo hace se entenderá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto.

  20. CLAVE INDIVIDUALIZADA DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL

  21. PARA INSCRIBIRSE Estar registrado en la aplicación. Poseer un certificado digital válido de la persona que solicita el certificado o de su representante.

  22. INSCRIPCIÓN I Datos de la empresa Tipo de identificador (C.I.F.-N.I.F.) C.C.S.S. Principal CNAE Correo electrónico Características de la empresa: Actividad Organización productiva Medios materiales: Instalaciones-Locales-Equipos de trabajo-Etc. Medios personales: Plantilla actual, nº por ocupaciones, nivel de cualificación profesional. Características preventivas: Sistema de Gestión elegido Formación preventiva

  23. Si se actúa como apoderado: Datos apoderado, clase de representación, ámbito, vigencia, etc., tiene que coincidir con los datos del certificado digital que está cumplimentando los trámites. Al finalizar el proceso se adjuntan los documentos que acompañan a la solicitud en formato pdf: Certificados Formación Contratos SPA Firma de la persona que está haciendo los trámites Impresión del resguardo de solicitud INSCRIPCIÓN II

  24. EFECTOS DE INSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN I • Periodo de validez: 3 años, renovables por períodos iguales • La empresa deberá solicitar la renovación de su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas dentro de los 6 meses anteriores a la expiración de su validez.. • Transcurrido el período de validez de la inscripción sin solicitar la renovación se entenderá automáticamente cancelada • Cuando la empresa comitente obtenga certificación relativa a la Inscripción en el Registro de una empresa subcontratista, se entenderá que ha cumplido con su deber de vigilar el cumplimiento art. 4 apartados 1 y 2 de la Ley 32/06 • La certificación deberá ser solicitada dentro del mes anterior al inicio de la ejecución del contrato y emitida por el órgano competente en el plazo máximo de 10 días naturales desde la recepción de la solicitud y tendrá efectos con independencia de la situación registral posterior de la empresa afectada • En este caso la empresa comitente quedará exonerada durante la vigencia del contrato y por una sola obra de la responsabilidad prevista de Deber de Vigilancia respecto a las obligaciones de acreditación y registro, sin perjuicio de otras obligaciones y responsabilidades.

  25. EFECTOS DE INSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN II • Otras obligaciones y responsabilidades • Control del corriente de pago en las cuotas de S.S. • Recabar certificación en la Tesorería Gral. de la S.S. • Responsabilidad solidaria, durante un año desde la terminación de su encargo, obligaciones de carácter salarial y las referidas a la S.S. durante el período de vigencia de la contrata con el límite de lo que correspondería si se hubiese tratado de personal fijo • No hay responsabilidad cuando la actividad contratada se refiera a la que pueda contratar el cabeza de familia respecto a su vivienda, o no se trate de una actividad empresarial. • Cesión de trabajadores • Solo podrá efectuarse a través de empresas de trabajo temporal, con las limitaciones marcadas a actividades Anexo I, del R.D. 39/97 • Podrá existir responsabilidad incluso penal

  26. CANCELACIÓN INSCRIPCIÓN • Las empresas deberán solicitar la cancelación en el Registro de Empresas Acreditadas cuando cesen la actividad que determina su inclusión o cuando dejen de cumplir los requisitos. • Presentar ante la Autoridad Laboral competente dentro del mes siguiente al hecho que la motiva. • La Autoridad Laboral podrá cancelar de oficio la inscripción cuando por los datos obrantes en su poder, actuación de la Inspección de Trabajo y S.S. o cualquier otro procedimiento tenga conocimiento de que la empresa se halla en uno de los supuestos relacionados.

  27. VARIACIÓN DATOS EN LA INSCRIPCIÓN • Cuando la empresa cambie de domicilio y ello determine la competencia de una Autoridad Laboral diferente a efectos de inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, se dirigirá una comunicación de variación de datos a la Autoridad Laboral competente por razón de nuevo domicilio. • Inscripción por tiempo restante hasta su renovación • Supone la cancelación automática en el Registro anterior.

  28. Cualquier persona que tenga un certificado de firma digital y se registre como usuario del programa, R.E.A., podrá solicitar una certificación de cualquier empresa. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES

  29. La Autoridad Laboral podrá hacer modificaciones o cancelar la empresa del REA, sin que esta lo solicite cuando existan causas suficientes y se tenga constancia de ello. Además en cualquier momento podrá solicitar que se acredite que se mantienen los requisitos exigibles en los art. 4.1 y 2 de la Ley 32/06 AUTORIDAD LABORAL

  30. Desde que se hace la solicitud la Autoridad Laboral tiene 15 días para contestar Si hay algún defecto se comunicará telemáticamente y se dará un plazo de 10 días El plazo de 10 días interrumpe los 15 días para contestar. Si no se corrige o vuelva a estar mal se entiende que se desiste o se deniega la inscripción También se deniega si no se cumplen requisitos y no pueden ser corregidos. Cuando se cumplan los requisitos se puede volver a pedir la inscripción. TIEMPOS

  31. Para inscribirse a través de la asesoría: Otorgar poder a la persona elegida para firmar por la empresa. Firma legitimada ante notario (6 €-aproximadamente) Poder notarial (30 €-aproximadamente) La persona física que va a hacer el registro deberá tener certificado de firma digital y seguir los pasos indicados. INSCRIPCIÓN-ASESORÍA

  32. La asesoría deberá tener una persona que se encargará de la inscripción de las empresas. Persona responsable Esa persona tendrá acceso a la firma digital de las empresas o personas físicas o podrá utilizar la firma digital de la asesoría como apoderado de la empresa Además equipamiento específico (PVD-Scanner) en el que se archivarán las firmas digitales de las empresas o personas físicas. Acceso restringido, solo personas autorizadas. Con clave de acceso. La asesoría deberá pedirle a la empresa un certificado conforme los datos que le suministra son los reales, dado que si firma con su firma digital se hace responsable de lo que pone. INSCRIPCIÓN-ASESORÍA

  33. Apartado descripción detallada actividad: Poner la actividad principal de la empresa: Ej.: Pintura, o albañilería, o encofrado, etc. Etc. Descripción organización productiva: Certificar que los Medios humanos están adecuadamente organizados y estructurados y son suficientes para ejecutar los trabajos a los que se comprometan Formación Vigilancia Salud Certificar que los Medios materiales están adecuadamente organizados y estructurados, y son suficientes para ejecutar los trabajos a los que se comprometan Marcado CE Declaración conformidad Etc. Especificar horas en formación: Inicialmente NO. Únicamente niveles formativos Comunidad de Bienes: Si no tiene asalariados-No tiene que inscribirse CONSULTAS FRECUENTES

  34. Sobre el programa informático: Tfno.: 902.887.765 E-mail: inforea@mtin.es Guía de usuarios: Recursos de ayuda Sobre otras cosas REA-Galicia 981.544.785-981.957.752-981.544.615 E-mail: rea.galicia@xunta.es CONSULTAS

  35. FORMACIÓN DE RR.HH. • Las empresas deberán velar por que todos los trabajadores tengan la formación necesaria y adecuada a su puesto o función en materia de prevención. • Los convenios colectivos podrán establecer programas formativos y contenidos específicos para los trabajos de cada especialidad.

  36. FORMACIÓN ART. 12-R.D.1109/07 • Contenido formativo a nivel inicial • Podrá ser impartido por cualquier entidad acreditada por la Autoridad laboral o educativa • Duración mínima 10 horas • Programa: • Conceptos básicos sobre seguridad y salud • Técnicas preventivas elementales sobre riesgos genéricos • Primeros auxilios y medidas de emergencia • Derechos y obligaciones

  37. 1º.-Formación específica: Ley 31/95 2º.-Aula permanente: 8 horas presenciales Necesario para conseguir tarjeta profesional 3º.-Formación por oficios: 20 horas presenciales 4º.-Formación básica: 60 horas 70 horas-Delegados de Prevención 5º.-Formación directivos: 10 horas presenciales FORMACIÓN-CONVENIO C.-F.L.C.

  38. FORMACIÓN-NO CONVENIO C. 1º.-Formación específica: Ley 31/95 2º.-Formación básica: 50 horas O lo especificado en su propio convenio colectivo 3º.-Formación directivos: 10 horas presenciales-Art. 12-R.D. 1109/07

  39. DISPOSICIÓN ADICIONAL 1ª • PRESTACIÓN DE SERVICIOS TRASNACIONAL • Aplicación Ley 45/99 • Régimen específico dentro del REA • Inscribirse en el Registro dependiente de la Autoridad Laboral en cuyo territorio se vaya a llevar a cabo su primera prestación de servicios en España. Procedimiento simplificado. • La primera comunicación que realicen conforme a la Ley 45/99 tendrá el carácter de solicitud de inscripción, que le permitirá provisionalmente intervenir en el proceso de sub-contratación hasta la fecha de inscripción o denegación. • No será necesaria la inscripción en el Registro cuando la duración del desplazamiento no exceda de 8 días

  40. EMPRESAS DESPLAZADAS Datos de la empresa desplazada País Tipo de identificador (I. de E. Desplazada-IED) CNAE Correo electrónico Características de la empresa Si se actúa como apoderado: Datos apoderado, clase de representación, ámbito, vigencia, etc., tiene que coincidir con los datos del certificado digital que está cumplimentando los trámites. Datos del desplazamiento-Empresa comitente Personal desplazado Al finalizar el proceso se adjuntan los documentos que acompañan a la solicitud en formato pdf: Certificados Formación Contratos SPA Firma de la persona que está haciendo los trámites Impresión del resguardo de solicitud

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