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EL CONFLICTO COLECTIVO. Especial consideración del derecho de huelga. RÉGIMEN JURÍDICO (1). 1.- NORMAS CONSTITUCIONALES ►Art. 28.2 ►Art. 37.2 2.- REAL DECRETO-LEY 17/1977, DE 4 DE MARZO, SOBRE RELA-CIONES DE TRABAJO (RDLRT) 3.- JURISPRUDENCIA CONSTITU-CIONAL. RÉGIMEN JURÍDICO (2).
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EL CONFLICTO COLECTIVO Especial consideración del derecho de huelga
RÉGIMEN JURÍDICO (1) 1.- NORMAS CONSTITUCIONALES ►Art. 28.2 ►Art. 37.2 2.- REAL DECRETO-LEY 17/1977, DE 4 DE MARZO, SOBRE RELA-CIONES DE TRABAJO (RDLRT) 3.- JURISPRUDENCIA CONSTITU-CIONAL
RÉGIMEN JURÍDICO (2) 4.- ACUERDOS SOBRE SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLIC-TOS ►ASEC-III (2004) ►ACUERDOS AUTONÓMICOS 5.- LEY DE PROCEDIMIENTO LA-BORAL
CARACTERIZACIÓN 1.- Existencia de un interésdeba-tido de carácter colectivo, gene-ral e indivisible 2.- Afección indiferenciada a un grupo genérico y homogéneo de personas
CLASES DE CONFLICTO COLECTIVO 1.- Jurídico, de interpretación o aplicación 2.- Económico, de intereses o reglamentación Repercusiones sobre las fórmulas de solución
Principales medidas de conflicto • De los trabajadores: a) huelga (*) b) otros derechos constitucionales c) no colaboración, etc. d) algunas figuras revitalizadas • Del lado empresarial: a) cierre patronal (*) b) otros derechos constitucionales c) diversas estrategias empresariales
PROCEDIMIENTOS DE SOLUCIÓN (1) A) AUTOCOMPOSICIÓN B) HETEROCOMPOSICIÓN ●De carácter público / privado ●De carácter voluntario / obli-gatorio ●Judiciales / Extrajudiciales
PROCEDIMIENTOS DE SOLUCIÓN (2) Principales fórmulas no judiciales 1.- Conciliación 2.- Mediación 3.- Arbitraje
Procedimiento-tipo CONFLICTO MediaciónArbitraje Acuerdo / Desacuerdo Laudo Otras Vía judicial / ¿Bloqueo? Huelga / Otras
Descripción del procedimiento-tipo (1) • Documentación e información: ►www.fsima.es (ASEC) ►www.serla.es (CyL) • Adhesión en convenio • Principios de actuación: gratuidad, igualdad, celeridad, inmediatez, audiencia y contra-dicción
Descripción del procedimiento-tipo (2) • Ámbito territorial y funcional • Clases de conflictos afectados: • Jurídicos y económicos • Bloqueos de negociación • Controversias en periodo de consultas • Convocatoria de huelga y … • Exclusiones: individuales, sobre SS y Estado como parte
Descripción del procedimiento-tipo (3) • Principales vías de composición: mediación (*) y arbitraje • Diferente carácter: obligatorie-dad y voluntariedad • Eficacia de los acuerdos • Valoración y resultados
CONFIGURACIÓN LEGAL DE LA HUELGA RDLRT 17/1977, de 4 de marzo DEFINICIÓN Cese en la prestación de ser-vicios sin ocupación del cen-tro de trabajo (art. 7.1)
El modelo normativo español • La huelga como derecho fundamental (art. 28.2 CE) • Un modelo laboral del derecho • Disfunciones normativas: pervivencia del RDLRT (1977) e inexistencia de Ley Orgánica
CLASES DE HUELGA (1) A)ILEGALES (art. 11 RDLRT) ►Políticas ►De solidaridad o apoyo ►Novatorias ►Contrarias al RDL (sorpresa, con ocupación) CONSECUENCIAS
CLASES DE HUELGA (2) B)ABUSIVAS (art. 7.2 RDLRT) ► Rotatorias ► Estratégicas ► De celo o reglamento ►De trabajo lento o defectuoso CONSECUENCIAS
TITULARIDAD DEL DERECHO (1) A) TRABAJADORES ASALARIADOS Peculiaridades: ◙ Personal civil no funcionario en establecimientos militares ◙ Personal de empresas de segu-ridad ◙ Penados en instituciones peni-tenciarias
TITULARIDAD DEL DERECHO (2) B) FUNCIONARIOS Exclusiones: ◙ Miembros de las Fuerzas Ar-madas, Guardia Civil, jueces, magistrados y fiscales ◙ Miembros de fuerzas y cuer-pos de seguridad
EFECTOS DE LA HUELGA (1) “El ejercicio del derecho de huel-ga no extingue la relación de tra-bajo, ni puede dar lugar a san-ción alguna, salvo que el trabaja-dor, durante la misma, incurriera en falta laboral” (art. 6.1 RDLRT)
EFECTOS DE LA HUELGA (2) ► HUELGA LEGAL A)Suspensión del contrato (art. 6.2 RDLRT y 45.1 ET) B)Alta especial en Seguridad Social: suspensión de obligacio-nes de cotización, sin derecho a prestaciones económicas por desempleo ni por IT (art. 6.3 RDLRT)
EFECTOS DE LA HUELGA (3) ► HUELGA ILEGAL Posibilidad de despido discipli-nario al amparo de los arts. 16 RDLRT y 54.2 ET) Participación activa
PROCEDIMIENTO DE EJERCICIO preparatoria Fases desarrollo conclusión
FASE PREPARATORIA (1) 1º. INTENTO DE MEDIACIÓN/ CONCILIACIÓN O ARBITRAJE 2º.CONVOCATORIA (art. 3.2 RDLRT) • Por los representantes • Directamente, por los propios trabajadores
FASE PREPARATORIA (2) 3º.PREAVISO (arts. 3.3 y 4 RDLRT) • Comunicación escrita del acuerdo de declaración a empresa y Administración con antelación vari-able (5 ó 10 días) y, eventualmen-te, publicidad • Contenido: reivindicaciones, ges-tiones, fecha de inicio y composi-ción del comité de huelga
FASE PREPARATORIA (3) 4º.CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE HUELGA (art. 5 RDLRT) ►Órgano específico de representa-ción, con un máximo de 12 compo-nentes ►Funciones: participar en acciones de solución y negociación y garanti-zar los servicios de seguridad y mantenimiento
FASE DE DESARROLLO ►PIQUETES INFORMATIVOS (art. 6.4 y 6.6 RDLRT) ►ESQUIROLAJE (art. 6.5 RDLRT) ►GARANTÍA DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y MANTENI-MIENTO (art. 6.7 RDLRT)
FASE DE CONCLUSIÓN 1º. FÓRMULAS PACTADAS EN CONVENIO (art. 8.1 RDLRT) 2º. DESISTIMIENTO UNILATERAL (art. 8.2 RDLRT) 3º. ACUERDO (art. 8.2 RDLRT) 4º. ARBITRAJE OBLIGATORIO (art. 10 RDLRT)
Mantenimiento de servicios esenciales: problemas fundamentales (1) • Límites constitucionales: jurispruden-cia y art. 10 RDLRT • “Abdicación” del dº de huelga • Concepto de servicio esencial y de prestaciones esenciales • Mantenimiento ≠ funcionamiento
Mantenimiento de servicios esenciales: problemas fundamentales (2) • Instancia decisoria: la autoridad gubernativa • Posibles garantías para el mantenimiento de s.e. Establecimiento de servicios mínimos
Procedimiento de imposición de servicios mínimos (1) GARANTÍAS MATERIALES: A) Valoración circunstancias B) Pºs. complementarios (TC) ►Proporcionalidad de sacrificios ►Menor restricción posible del dº. GARANTÍAS FORMALES: A) Competencia e imparcialidad B) Motivación del acto
Procedimiento de imposición de servicios mínimos (2) Declaración de esencialidad del servicio Precisión de ss. m. con detalle Audiencia a los representantes y designación del personal de cobertura de ss. mínimos
Un ejemplo: huelga en RENFE • Cercanías: 75% (h.p.) y 50/65% • Regionales: 352 trenes • AVE: 29 trenes (Madrid-Sevilla y lanzadera Madrid-Puertollano); 22 trenes Talgo 200 (Málaga, Cádiz…) • Grandes Líneas: mínimo 1 tren por relación y servicio, hasta 10 en líneas más demandadas. Total: 185