270 likes | 780 Views
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS. Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A.C. 28 de agosto de 2007. Marco jurídico de la inversión extranjera directa (IED) en México. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917).
E N D
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS
Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A.C. 28 de agosto de 2007
Marco jurídico de la inversión extranjera directa (IED) en México Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917) Ley de Inversión Extranjera (LIE 1993) Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (Reglamento 1998) Resolución General 8 de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE 2007)
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión Extranjera (Art. 2°) John Smith Juan Pérez 49% 51% Sociedad Mexicana La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas.
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión Extranjera (Art. 2°) John Smith Mary Smith 49% 51% Sociedad Mexicana “A” con mayoría de capital extranjero 99% Sociedad Mexicana “B” La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero.
Ley de Inversión Extranjera Regla General de Apertura Sectorial (Art. 4°)
Actividades reservadas al Estado (Art. 5°) ejemplo: Actividades reservadas a mexicanos (Art. 6°) ejemplo:
Actividades sujetas a límites máximos de participación extranjera (Art . 7°) ejemplo:
Actividades y adquisiciones que requieren resolución de la CNIE para que la IED rebase el 49% (Art. 8°) ejemplo: • Servicios portuarios a las embarcaciones para realizar sus operaciones de navegación interior, tales como el remolque, amarre de cabos y lanchaje. • Sociedades navieras dedicadas a la explotación de embarcaciones exclusivamente en tráfico de altura. • Servicios legales. • Telefonía celular. • Perforación de pozos petroleros y de gas. • Transporte ferroviario.
Adquisición de sociedades mexicanas en las que se requiere resolución favorable de la CNIE (Art. 9°) ejemplo: • Sociedades mexicanas ya constituidas que pretendan ser adquiridas por la Inversión Extranjera, en caso de que el valor total de sus activos rebase el monto determinado por la CNIE, actualmente dicho monto asciende a la cantidad de $2´392,000,000 pesos, de conformidad con la Resolución General Número 8 de la CNIE (D.O.F. 18 de abril de 2007).
Cuadro resumen del marco jurídico aplicable a las adquisiciones de bienes inmuebles dentro del territorio mexicano * Zona Restringida: . Faja de 100 km a lo largo de las fronteras y de 50 en las playas, art 27 fracc I Constitución 32
Fideicomisos 33
La LIE define como IN, a la inversión realizada en sociedades mexicanas o en fideicomisos autorizados conforme a dicho ordenamiento jurídico, y que no se computará para determinar el porcentaje de inversión extranjera directa (IED) en el capital social de sociedades mexicanas, otorgando únicamente derechos pecuniarios o derechos corporativos limitados a sus tenedores, sin concederles en ningún momento el control de la sociedad. Sin embargo la IN si computará en el capital social total de la empresa. Régimen de inversión neutra (IN) 38
Inversión neutra: serie especial de acciones neutras INVERSION EXTRANJERA INVERSION MEXICANA INVERSIONISTA NEUTRO 25.5% (51% de las acciones ordinarias) 24.5% (49% de las acciones ordinarias) 50% SOCIEDAD CONCESIONARIA TELECOMUNICACIONES
Inversión neutra: fideicomiso neutro INVERSION MEXICANA 50% SOCIEDAD MEXICANA RADIODIFUSORA 50% FIDEICOMISO NEUTRO Emisión de CPOs Institución fiduciaria CPOs MERCADOS DE VALORES 40
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Objetivo Ser una fuente de estadísticas y cifras confiables sobre los flujos de IED; de los sectores económicos; así comode las regiones en las que ésta se localiza, vigilando el cumplimiento de los límites máximos de participación de la IED.
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Confidencialidad art. 31 LIE, 32 del Reglamento • La SE no podrá proporcionar a terceros información sobre los sujetos inscritos en lo particular debido a que es un registro no público. • La consulta de los expedientes podrá realizarse en las instalaciones del RNIE, por parte de quienes acrediten su personalidad o el carácter de representante legal de los sujetos inscritos, o en su defecto, vía internet a través del Sistema de Información (SI-RNIE), siempre y cuando el fedatario o particular, obtengan su clave de acceso y contraseña correspondiente.
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Presentación de Trámites El art. 33 del Reglamento señala que los trámites ante el RNIE deben realizarse en formatos y acompañarse de la documentación que en ellos se precise. • El 4 de diciembre de 2001 se publicó en el DOF la versión actual de los formatos para trámite ante el RNIE. • Se publicaron cuatro formatos, uno para cada sección del RNIE y otro para avisos de fedatarios. • Todos los trámites pueden ser presentados por el SI-RNIE.
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Avisos de Fedatarios Públicos (Art. 34 LIE) En todos los actos y hechos jurídicos donde intervengan las personas obligadas a inscribirse en el RNIE por sí o a través de sus representantes, los fedatarios públicos exigirán a dichas personas que les acrediten su inscripción en el citado RNIE, o en caso de estar la inscripción en trámite, que les acrediten la solicitud correspondiente. De no acreditarlo, el fedatario podrá autorizar el instrumento público de que se trate, e informará de tal omisión al RNIE, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de autorización del instrumento, estos avisos, también pueden ser presentados vía SI-RNIE.
Gracias por su tiempo y atención. www.si-rnie.economia.gob.mx
Lic. Alejandro Tagle Robles MBA Director General Adjunto del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Tel: 52 29 61 68 atagle@economia.gob.mx