230 likes | 454 Views
ÁREA FINANCIERA. Natalia Pérez Betancur. Objetivos área financiera. Incrementar inversión inicial. Cuidar patrimonio de socios o accionistas. Poder tomar mejores decisiones que conlleven a una estabilidad y crecimiento de la organización. Actividades que comprende. Planeación financiera.
E N D
ÁREA FINANCIERA Natalia Pérez Betancur
Objetivos área financiera • Incrementar inversión inicial. • Cuidar patrimonio de socios o accionistas. • Poder tomar mejores decisiones que conlleven a una estabilidad y crecimiento de la organización.
Actividades que comprende • Planeación financiera. • Administración del efectivo y capital de trabajo. • Administración de valores negociables. • Administración de inventarios. • Administración del crédito. • Contabilidad.
Planeación financiera • Determina estructura de activos. • Determina fuentes de financiación. • Análisis macroeconómico. • Estudia reducción de costos. • Buen manejo de crédito para proveedores.
Administración del efectivo capital de trabajo • Administración: proviene del latín ad-ministrare (“servir”) o ad-manustrahere (“manejar” o “gestionar”). Manejo de los recursos para alcanzar los objetivos. • Efectivo: proviene del latín effectīvus. Se trata de aquello que es verdadero o real, en oposición a lo dudoso o quimérico. • Capital de trabajo: aquellos recursos que requiere la empresa para poder operar.
Administración de valores negociables • Portafolio o cartera de inversión: inversiones temporales cuando hay excedentes de tesorería. Se debe analizar: • Riesgo financiero • Riesgo tasa de interés • Rendimiento
Administración de inventarios • Control sobre los activos. • Entrada y salida de bodega.
Administración del crédito • Manejo de cartera • Cobros pre jurídicos y jurídicos. • Políticas de pago.
CONTABILIDAD • Asentar operaciones mercantiles mediante la organización de datos contables.
Objetivo de ley 715 en educación • Asegurar que la educación pública esté realmente al servicio de los niños y jóvenes, bajo criterios de equidad, eficiencia y sostenibilidad fiscal. • Mejorar la distribución óptima de recursos para fortalecer las instituciones educativas y asegurar la viabilidad del sistema.
Sistema general de participaciones • Recursos que la nación transfiere por mandato de la constitución política. • Para el sector educativo hay una destinación específica del 58.5%.
COMPETENCIAS DEL RECTOR O DIRECTOR RURAL • Administrar el fondo de servicios educativos* y los recursos que por incentivos se le asignan. *FSE: Aquí se manejan los recursos destinados a financiar gastos de funcionamiento e inversión diferentes a los de personal que faciliten el desempeño de las instituciones educativas.
observación • El rector o director rural es autónomo en la administración y ejecución de estos recursos, sin embargo, debe estar en coordinación con el consejo directivo y se somete al control de las autoridades administrativas y fiscales del orden nacional y territorial.
Función financiera rector (a) • Elaborar proyecto anual de presupuesto de FSE, estimado mes a mes. • Celebrar contratos, ordenar gastos con cargo a los recursos del FSE. • Suscribir junto con el contador los estados contables y la información financiera.
Función financiera consejo directivo • Aprobar presupuesto de ingresos y gastos del proyecto presentado por director rural o rector. • Aprobar adiciones al presupuesto vigente, así como traslados presupuestales. • Verificar estados contables. • Reglamentar procedimientos y garantías para toda contratación que no supere los 20 Smlmv. • Aprobar contratación de servicios. • Aprobar utilización de recursos del FSE para realización de eventos pedagógicos, científicos, culturales o deportivos. • Verificar publicación de informe de ejecución de recursos de FSE.
Utilización de los recursos • Dotaciones pedagógicas (textos, mobiliario, material didáctico, propiedad intelectual). • Mantenimiento ( conservación, mejora, adecuación) de bienes muebles e inmuebles de I.E. • Adquisición de bienes de consumo duradero (muebles, herramientas, enseres, equipo de oficina). • Consumo final (papel, útiles, aseo, medicinas, desechables laboratorio). • Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles para el funcionamiento de IE • Impresos y publicaciones • Servicios públicos, telefonía móvil, internet. • Primas por seguros, gastos de viaje educandos. • Contratación de servicios técnicos y profesionales en desarrollo de actividades diferentes a las educativas ordinarias.
Prohibiciones ejecución de gastos • Donaciones • Subsidios • Viáticos • Gastos de viaje • Aseo y vigilancia de establecimiento de I.E
Régimen de contratación • Si es inferior a 20 smlmv se debe seguir reglamento del consejo directivo. • Si supera 20 smlmv, debe sujetarse al estatuto contractual de administración pública (ley 80/93 – ley 1150/2007). En todo caso, debe inspirarse en los principios de: Transparencia, economía, publicidad y responsabilidad.
Dec 4791 de 2008 • Utilización por parte de terceros de bienes muebles e inmuebles del establecimiento educativo, ya sea gratuita u onerosamente. (tienda escolar, fotocopiadora, papelería).
Proceso El rector,con autorización del consejo, adelanta proceso de selección y suscripción del contrato, teniendo en cuenta régimen de inhabilidades e incompatibilidades: -Estudio previo con visto bueno de secretaria de educación. -Apertura del proceso (objeto, aprobación, cronograma). -Invitación pública por 2 días hábiles (fechas, horas, lugar). -Cierre del proceso, audiencia con el rector. -Evaluación por rectoría. -Publicación informe de evaluación. -Adjudicación a candidato con mayor puntaje.
observación • Si no hay propuestas o todas están inhabilitadas, se deberá declarar desierta y se publica nuevamente la invitación.