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JURISPRUDENCIA - MUTUOS – INCREMENTOS PATRIMONIALES NO JUSTIFICADOS

JURISPRUDENCIA - MUTUOS – INCREMENTOS PATRIMONIALES NO JUSTIFICADOS. FORMAS DE ACREDITAR SU EXISTENCIA Dr. Félix Rolando. FORMAS Y MEDIOS DE PRUEBA DEL MUTUO – CODIGO CIVIL. ART. 974 Cualquier forma: excepto que se contemple una forma expresa para determinado acto juridico. ART 1182

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JURISPRUDENCIA - MUTUOS – INCREMENTOS PATRIMONIALES NO JUSTIFICADOS

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  1. JURISPRUDENCIA - MUTUOS – INCREMENTOS PATRIMONIALES NO JUSTIFICADOS FORMAS DE ACREDITAR SU EXISTENCIA Dr. Félix Rolando

  2. FORMAS Y MEDIOS DE PRUEBA DEL MUTUO – CODIGO CIVIL • ART. 974 • Cualquier forma: excepto que se contemple una forma expresa para determinado acto juridico. • ART 1182 • Lo dispuesto en cuanto a las formas de los actos debe observarse en los contratos.

  3. FORMAS Y MEDIOS DE PRUEBA DEL MUTUO – CODIGO CIVIL • ART. 2246 • Puede ser contratado verbalmente • Se prueba sólo: • Instrumento público • Instrumento privado de fecha cierta • Fecha cierta (art 1035): • Exhibición en juicio o repartición pública, si allí quedase archivado. • Reconocimiento ante escribano • Trascripción ante cualquier registro público

  4. MUTUOS – JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA • DICTAMEN 72/97 DAL (21-11-97) Indicios de préstamos simulados (doctrina fallo Oddone, Luis T.F.N. Sala A del 71088): • Mutuo sin fecha cierta • Ausencia de protocolización y autenticación consular • Falta acreditación personería de los firmantes • Ampliación del préstamo con una simple solicitud • Falta de garantías y avales (con relación al monto y situación del deudor) • Falta de actas de directorio aprobando la conveniencia del mutuo

  5. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PRESTAMOS ENTRE PARIENTES Causa: “Vega, Juan Héctor” T.F.N. Sala B CAUSA Nº 8772-I • Pueden evaluarse en sus proyecciones fiscales atenuando las exigencias formales. • La omisión de la prueba documental debe suplirse por otros medios que permitan acreditar fehacientemente la existencia, modalidad y magnitud del préstamo. • Deberá ponderarse: • el grado de vinculación: a mayor proximidad menor rigorismo • el monto de la operación:considerando función, circunstancias y causas a que obedece el préstamo.

  6. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PRESTAMOS ENTRE PARIENTES Causa: “Florido, Raúl” T.F.N. Sala A (12/6/2003) • Debe probarse por otros medios la secuencia completa de la operatoria • Debe acreditarse: • La titularidad de los fondos en cabeza del prestador • La entrega al deudor • La aplicación de los fondos por parte del deudor • Posterior restitución (si fuera el caso)

  7. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PRESTAMOS ENTRE PARIENTES Causa: “Lañín, Aarón” T.F.N. Sala B (26/3/2003) No se pudo acreditar la existencia del préstamo • por las falencias de instrumentación • Por parte del acreedor: • Falta de capacidad económica • No se encuentra inscripto en la AFIP • No realiza actividades o posesión de patrimonio que permita acreditar generar el capital

  8. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PRESTAMOS ENTRE PARIENTES Causa:”Mussel y Cia” - T.F.N., Sala A - 2/11/2001 • El criterio de exigir un menor rigorismo formal en los préstamos entre parientes es aplicable cuando no tienen más consecuencias que las limitadas al ámbito familiar. • Debe suplirse la falta de instrumento con pruebas que comprueben la realidad de los hechos.

  9. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PRESTAMOS ENTRE AMIGOS Causa: “Amden, Raúl José” T.F.N. Sala C 25/9/2001 Préstamo entre amigos íntimos • A falta de instrumentos se debe probar por otros medios fehacientes la secuencia de la operatoria: • Existencia dinero en cabeza del acreedor • Forma y fecha de entrega del dinero • Declaración del crédito (en D.J. Y registros) del prestamista • Forma, fecha y modalidad de la devolución • Aplicación de los fondos • Fuente generación de recursos para cancelar deuda

  10. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PRESTAMOS ENTRE AMIGOS Causa: “FELER, Eduardo” T.F.N. Sala A 24/5/2004 Forma de acreditar el mutuo • No sirve la declaración del prestamista contenida en un documento privado acerca de la existencia del mutuo. • La falta de instrumentación debido a la confianza entre las partes no asume fuerza probatoria respecto de terceros.

  11. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. AUSENCIA DE FECHA CIERTA Causa:”Curtiduría Castellano S.A. s/recurso de apelación” - T.F.N., Sala D - 14/10/1998 • Existe incremento patrimonial no justificado si el contrato de mutuo no contiene fecha cierta en razón de lo establecido por los artículos 2246 y 1035 del Código Civil

  12. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PONDERACION AUSENCIA DE OTROS ELEMENTOS • Causa:”Cía. Argentina de Levaduras SAIC” - T.F.N., Sala C - 25/4/2005 • Los contratos no fueron exhibidos • Los pagos de intereses extemporáneos no generaron ningún costo adicional • Al vencimiento del plazo del contrato no se saldo la totalidad de capital e intereses • Causa:”Ineragro SA” - T.F.N., Sala B - 14/6/2004 • Insuficiencia en la precisión contable • Ausencia de intereses pactados entre las partes

  13. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PONDERACION AUSENCIA DE OTROS ELEMENTOS • Causa:”Molinos Isern SA” - T.F.N., Sala B - 21/11/2002 • No se acredita: • La titularidad de los fondos en cabeza del prestamista • La entrega de los fondos al deudor y su posterior aplicación • La devolución • Causa:”Noxi SA” - T.F.N., Sala B - 16/9/2002 • No se acredita: • Personería jurídica de los otorgantes ni de los representantes • Ingreso de los capitales al país • Individualización de los aportantes

  14. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PONDERACION AUSENCIA DE OTROS ELEMENTOS • Causa:”Cía. Química SA” – Cám. Nac.Ap.Cont-Adm.Federal , Sala I - 31/10/2001 • Se podría acreditar con: • Mutuo • Pagaré • Actas de asamblea • No pueden obviarse tales exigencias aún cuando se tratare de un conjunto económico

  15. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. PONDERACION DE OTROS ELEMENTOS • Causa:”Gra-Al SA” - T.F.N., Sala C - 9/10/2001 • Elementos que acreditan: • Suficiencia de la contabilidad reconocida por peritos • Ingreso de los fondos correctamente registrados contablemente • Existencia disponibilidad patrimonial de los aportantes evidenciada en sus DD.JJ.

  16. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. CASOS EN QUE NO SE ACREDITA FECHA CIERTA • Causa:”Maderas Rodríguez Peña SRL” - T.F.N., Sala A - 28/10/2004 • Copias simples del contrato de la línea de crédito con protocolización y certificación de firma del escribano. • Causa:”La Cabaña SA” - T.F.N., Sala B - 6/8/2004 • Certificación de firmas y ratificación del contenido del mutuo realizados con posterioridad a la fecha de inspección.

  17. MUTUOS – JURISPRUDENCIA T.F.N. CASOS EN QUE NO SE ACREDITA FECHA CIERTA • Causa:”Richvan SA” - T.F.N., Sala A - 29/11/2002 • Acta labrada ante escribano a través se la cual se conviene una línea de crédito. No hay fecha cierta de los efectivos préstamos posteriores. • Causa:”Castelao, E” - T.F.N., Sala D - 23/4/99 • Copia simple firmada sólo por el mutuario

  18. PRESTAMOS DE DINERO - INTERES PRESUNTO PRESTAMO ENTRE PARIENTES Causa:”Elíades, María C. Diaz de” - T.F.N., Sala A - 30/3/1973 • El vínculo entre el prestamista y sus prestatarios no permite afirmar de manera concluyente que el préstamo hubiera llevado intereses, si no existe algún elemento de juicio en sentido contrario.

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