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Murcia, 28 de noviembre de 2007 Mª Carmen Hernández Martín

Gestión y Control de proyectos en el marco de la Cooperación Territorial (flujos financieros y de control). Murcia, 28 de noviembre de 2007 Mª Carmen Hernández Martín. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL. Esquema. Definición de la idea del proyecto

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Murcia, 28 de noviembre de 2007 Mª Carmen Hernández Martín

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  1. Gestión y Control de proyectos en el marco de la Cooperación Territorial (flujos financieros y de control) Murcia, 28 de noviembre de 2007 Mª Carmen Hernández Martín

  2. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Esquema • Definición de la idea del proyecto • Búsqueda de socios • Acuerdo interpartenarial • Presentación candidatura • Aprobación del Proyecto • Ejecución del Proyecto

  3. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Fuentes de información • Programa Operativo • Manual del Programa • Pagina web del Programa • Seminarios para JF • STC + Info Points • Punto de Contacto Nacional (Ministerio de Economía y Hacienda)

  4. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Posibilidades de participación en un proyecto • A partir de una idea/necesidad existente en un proyecto hay dos alternativas: • Buscar experiencias y/o necesidades similares. • Plasmar esa idea en un borrador de proyecto y lanzarse a la búsqueda de socios.

  5. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Puntos clave a tener en cuenta en la definición de un proyecto • Tipo de proyecto • Tipo de actividades: Intercambio de experiencias • Requisitos de las actividades: relación con el programa; interregionalidad; adicionalidad • Prioridades del programa • Público objetivo: Administraciones locales y regionales (y otros organismos implicados en las políticas regionales) • Quién es elegible como socio/beneficiario principal: Administraciones públicas; Organismos asimilables a públicos, en casos justificados

  6. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Proyectos cooperación Desarrollo conjunto Equipo conjunto Financiación conjunta Puesta en marcha conjunta • Desarrollo conjunto: todos los socios deben involucrarse desde el principio y acordar conjuntamente quién es el Beneficiario Principal, que será el coordinador. • Puesta en marcha conjunta: todos los socios deben contribuir a los objetivos del proyecto. Son necesarios vínculos claros entre actividades y contactos regulares.

  7. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Búsqueda de socios • Conocerse bien antes de empezar • Una reunión, al menos, antes de presentar un proyecto • Asegurarse de las capacidades técnicas y administrativas de los socios • Clarificar las responsabilidades y tareas del Beneficiario principal y de cada uno de los socios

  8. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Preparación de un proyecto Para preparar la gestión del proyecto: asegurarse de que el gestor financiero trabajará en contacto con el coordinador y el auditor

  9. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Responsabilidades del beneficiario principal Art. 20 Reglamento (CE) 1080/2006 • Garantizar la ejecución del proyecto • Verificar que el gasto declarado por los socios ha sido realizado y corresponde al proyecto • Verificar que la certificación del socio ha sido validado por los responsables del control • Transferir la contribución FEDER a los socios

  10. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Responsabilidad del socio • Asumir la irregularidad el gasto declarado • Informar al estado miembro sobre su participación en el programa. • Cumplir con las actividades y calendario de actuaciones previsto en el acuerdo interpartenarial.

  11. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL El Acuerdo Interpartenarial • Contrato firmado entre el Beneficiario principal y los socios • Establece los derechos y las responsabilidades de cada uno de los participantes en el proyecto • Asumir la irregularidad el gasto declarado • Se están preparando un modelo por parte del Secretariado Técnico • Es un documento obligatorio previsto en el art. 20 del Reglamento (CE) 1080/2006

  12. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Formularios de solicitud • Manual del Programa • Solicitud de candidatura (Formulario específico) • Calendario de actividades (Cronograma) • Compromiso de cofinanciación (documento standard)

  13. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL 3. Valoración y selección del proyecto 4. Puesta en marcha del proyecto 2. Desarrollo proactivo del proyecto = Candidatura de Proyecto Políticas UE Políticas Nacionales Políticas Regionales 5. Resultados e impactos del proyecto 1. Prioridades del Programa (fase depreparación del programa) implicandoa participantes relevantes = Generación del Proyecto

  14. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Proceso de instrucción y aprobación de proyectos

  15. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Art. 16 Reglamento (CE) 1080/2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional • A fin de validar el gasto, cada Estado miembro establecerá un sistema de control que permita verificar el suministro de los bienes y servicios cofinanciados, la veracidad del gasto declarado en concepto de operaciones o partes de operaciones realizadas en su territorio, y la conformidad de tal gasto declarado en concepto de operaciones o partes de operaciones realizadas en su territorio, y la conformidad de tal gasto y de las operaciones, o partes de las operaciones conexas con las normas comunitarias y sus normas nacionales. • Los Estados miembros velarán por que la validación del gasto por los responsables del control pueda efectuarse en un plazo de tres meses.

  16. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Propuesta Validación de Gastos España • En el marco de Programas de Cooperación, para dar cumplimento a los requisitos del artículo 16 del Reglamento (CE) 1080/2006 ha optado por el “SISTEMA DESCENTRALIZADO DE VALIDACIÓN DE GASTOS”. • La elección del sistema descentralizado implica que cada socio dotarse de su propio Auditor que efectúe las actividades de control para todas y cada una de las declaraciones de gastos que deban realizarse en el desarrollo de las actividades del proyecto. • El auditor/certificador debe ser un organismo independiente del organismo responsable de la gestión del proyecto

  17. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Propuesta Validación de Gastos España • Cada proyecto tiene que tiene que tener previsto en su presupuesto estos gastos, pudiéndose imputar al proyecto. • No se continuará con el sistema actual de validación de gastos por parte de la Dirección General de Fondos Comunitarios.

  18. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Pasos a seguir • Aprobación del proyecto, notificación del sistema previsto de validación del gasto, auditor o externo o posibilidad en administraciones, un departamento específico interno de la realización de controles Art. 13 Reglamento (CE) 1828/2006. • Auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. • Criterios establecidos por la Dirección General Fondos Comunitarios. • Lista de comprobación para cada Programa

  19. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Aspectos verificación Control • Realidad de los gastos declarados, conformidad con lo previsto en el formulario de candidatura aprobado (tipología de gastos, actividades, etc.). También deberá verificar el pago efectivo de los gastos declarados y la existencia de una pista de auditoria. • Gastos subvencionables de acuerdo con los artículos 48 a 53 del Reglamento (CE) 1828/2006. • Respecto políticas nacionales y comunitarias en materia de mercados públicos, ayudas de Estado, protección medioambiente e igualdad de oportunidades.

  20. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Pista de auditoria • Contabilidad diferenciada del proyecto, identificando ingresos y gastos. • Diligencia en las facturas de la certificación, indicando que la factura ha sido presentada para cofinanciación, indicando programa, proyecto y nº certificación.

  21. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Justificación Gastos. Gastos Generales • De acuerdo al Art. 32 del Reglamento (CE) 1828/2006, los gastos generales deben estar basados en costes reales imputables al proyecto. • La certificación de gatos en viajes tienen que estar relacionados con el proyecto y estar autorizados con carácter previo. Los importes abonados según la normativa aplicable.

  22. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Justificación Gastos. Certificación Gastos de Personal • Remuneración del personal afectado al proyecto, contratado respetando la normativa nacional y comunitaria. • Primera certificación, distribución de los tiempos de trabajo imputados al proyecto, personal y actividades a desarrollar. • El socio o beneficiario principal ha de dotarse de un sistema de control de la prestación de servicios a través de un cuadro mensual que recoja el empleo de tiempo de las personas afectadas al proyecto.

  23. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Autoridad de auditoria Art.62 Reglamento (CE) 1083/2006 • Asegurarse de que se realizan auditorias para comprobar el funcionamiento eficaz del sistema de gestión y control del programa operativo. • Garantizar que las auditorias de las operaciones se basan en una muestra representativa que permita verificar el gasto declarado. • Presentar a la Comisión en el plazo de nueve meses a partir de la aprobación del programa operativo, una estrategia de auditoria que comprenda a los organismos que vayan a llevarse a cabo.

  24. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Agrupación europea de cooperación territorial Art.18 Rgto (CE) 1080/2006, Rgto (CE) 1082/2006 • Los Estados miembros podrán delegar en esa agrupación diferentes responsabilidades dentro de cada Programa Operativo. • Las funciones serán principalmente la ejecución de los programas o proyectos de cooperación territorial. • Están reguladas por un convenio.

  25. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL Proceso de declaración de gastos y solicitud de pago

  26. GESTIÓN Y CONTROL DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN Páginas Web: • www.dgfc.sgpg.meh.es • www.interact-eu.net • http://europa.eu.int/comm/regional

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