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Acuerdo Interamericano de Reconocimiento Mutuo para la Evaluación de la Conformidad de los Equipos de Telecomunicaciones. Clovis Baptista Secretario Ejecutivo, Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL)
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Acuerdo Interamericano de Reconocimiento Mutuo para la Evaluación de la Conformidad de los Equipos de Telecomunicaciones Clovis Baptista Secretario Ejecutivo, Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) Reunión de consulta de la UIT sobre Evaluacion de la Conformidad e Interoperabilidad Quito, Ecuador, 6 de julio de 2010 Julio/2010
La CITEL • Órgano asesor principal de la OEA, en todos los asuntos relacionados con las Telecomunicaciones/Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) • Misión: promover el continuo desarrollo de las Telecomunicaciones/TIC en el hemisferio • Forum permanente de dialogo y cooperación entre representantes de los gobiernos, sector productivo, sociedad civil y organismos regionales/internacionales • Mandatos: • Cumbres de las Américas • Asamblea General de la OEA
Perfil de actuación de la CITEL Gobierno Organismos Internacionales Sociedad civil Sector privado Guías y mejores prácticas Estudios Recomendaciones Cursos (Becas OEA) Talleres Seminarios Políticas yReglamentación Capacitación Coordinación Regional e Internacional Tecnologías e Infraestructura de TIC Propuestas Interamericanas Comunes (IAPs) Coordinacion de normas tecnicasEvaluacion de la conformidad/ARM Interoperabilidad Aspectos operacionales Fuente gráfico: D. Leguit
Objetivo y Beneficios de los ARM • Objetivo: El objetivo de los ARM es fomentar el comercio entre los Estados miembros participantes (partes), mediante la facilitación del cumplimiento de las reglamentaciones técnicas de la parte importadora. • Beneficios: • Los productos pueden enviarse directamente al exterior sin nuevos requisitos de prueba y certificación. • Reduce el tiempo necesario para que los fabricantes introduzcan sus productos al mercado. • Aumenta la transparencia de las reglamentaciones y de los procesos de evaluación de la conformidad.
¿Qué es el Acuerdo Interamericano de Reconocimiento Mutuo? • Es un acuerdo multilateral sobre un único sector entre los países que participan en la CITEL de la OEA. • Adoptado el 29 de octubre de 1999. • La participación es voluntaria; sin embargo, los países participantes tienen determinados derechos y obligaciones. • Permite a los Órganos de Evaluación de la Conformidad (OEC) de los países participantes que verifiquen (Etapa I) o aprueben (Etapa II) productos de telecomunicaciones de acuerdo con las Reglamentaciones Técnicas obligatorias del país importador. • Se limita a procedimientos de evaluación de la conformidad y no considera aspectos relativos a normas.
Evaluación de la conformidad • La evaluación de la conformidad se refiere a una variedad de procedimientos (por ejemplo, pruebas, certificación) utilizados para determinar si un producto cumple con normas específicas. • En el caso del ARM de CITEL, la evaluación de la conformidad es un procedimiento que cada Estado Miembro emplea para determinar si el equipo de telecomunicaciones cumple con las reglamentaciones técnicas de un otro país.
El ARM Interamericano (Elementos fundamentales) • Ámbito: equipos sujetos a requisitos obligatorios en materia de telecomunicaciones. • Cobertura: CEM, seguridad eléctrica, telecomunicaciones • Etapas: • Etapa I -- aceptación de los resultados de las pruebas • Etapa II -- aceptación de la certificación de equipos realizada en el exterior • OEC: • laboratorios de pruebas • órganos de certificación
País importador País exportador Certificación Comercialización Fabricación Pruebas Exportación País importador País exportador Comercialización Fabricación Pruebas Certificación Exportación Etapas del ARM Etapa I: Reconocimiento mutuo de los resultados de las pruebas Etapa II: Reconocimiento Mutuo de la Certificación
Actores que intervienen • Autoridad Reguladora (AR) Es responsable por los sistemas y productos de telecomunicaciones dentro de su territorio. • Autoridad Designadora (AD)Entidad gubernamental responsable por la designación de los OEC competentes de acuerdo a los procedimientos establecidos. • Órgano de Acreditación (OA) Tiene la responsabilidad de acreditar la competencia de los OEC de acuerdo con la ISO/IEC 17025 y/o la Guía 65, y las reglamentaciones técnicas de la Parte importadora. • Órgano de Evaluación de la Conformidad (OEC) Es responsable por las pruebas y/o aprobación de los productos de acuerdo con las reglamentaciones técnicas de la Parte importadora. • Fabricantes de Productos Regulados
Estándares internacionales utilizados para determinar la competencia de los órganos de evaluación de la conformidad y órganos de acreditación Órganos de evaluación de la conformidad Órgano de acreditación (ISO/IEC 17011) Órgano de acreditación (ISO/IEC 17011) Laboratorio de pruebas(ISO/IEC 17025) Órgano de certificación (ISO/IEC Guide 65)
Organización del documento de ARM • La parte principal del ARM contiene el objetivo, ámbito, la manera de actuar de los participantes en el ARM y cómo se implementa el ARM • El Apéndice A describe “Los requisitos de designación y control de los órganos de evaluación de la conformidad” • El Apéndice B describe la “Etapa I: Procedimientos para el reconocimiento mutuo de laboratorios de pruebas como órganos de evaluación de la conformidad y aceptación mutua de los informes sobre las pruebas” • El Apéndice C describe la “Etapa II: Procedimientos para el reconocimiento mutuo de los órganos de certificación como órganos de evaluación de la conformidad y aceptación mutua de las certificaciones de equipos” • Los siguientes Anexos cubren los procedimientos de la Etapa I y de la Etapa II: • El Anexo I enumera las reglamentaciones técnicas de las cuales la parte importadora aceptará informes de pruebas y/o certificaciones de equipos de los órganos de evaluación de la conformidad reconocidos, designados por las demás partes • El Anexo II enumera las autoridades designadoras (AD) y los órganos de acreditación (OA) de cada una de las partes que interviene • El Anexo III enumera los órganos de evaluación de la conformidad (OEC) designados por cada una de las partes que intervienen
¿Quién puede participar en el ARM? Para participar en el ARM, un Estado Miembro debe: • Contar con reglamentaciones técnicas que exigen que el equipo sea: • Sometido a prueba por un laboratorio reconocido (Etapa I del ARM) y/o • Certificado por un órgano reconocido (Etapa II del ARM) • Garantizar que su legislación permita el reconocimiento de órganos extranjeros de evaluación de la conformidad.
¿Cuáles son las etapas previas a la celebración de un ARM? • Contar con reglamentaciones técnicas • Contar con procedimientos de evaluación de la conformidad • Cambiar la legislación (si fuera necesario) para permitir el reconocimiento por parte de órganos extranjeros de evaluación de la conformidad (OEC) y aceptar los resultados de las evaluaciones de la conformidad de estos órganos extranjeros de evaluación de la conformidad (OEC) • Redactar procedimientos para la designación de los órganos de evaluación de la conformidad (OEC) y para reconocer a los órganos extranjeros de evaluación de la conformidad. • Notificar a la Secretaría de la CITEL
CARIMET NORAMET Antigua y Barbuda Canadá Estados Unidos de America Bahamas México Barbados Dominica Grenada Guyana CAMET Haiti Belice Jamaica Costa Rica República Dominicana Guatemala Saint Kitts y Nevis Honduras Surinam Nicaragua St Lucia Panamá StVincent and the Grenadines El Salvador Trinidad y Tobago SURAMET ANDIMET Argentina Bolivia Brasil Colombia Chile Ecuador Paraguay Perú Uruguay Venezuela El Sistema Interamericano de Metrologia
Los paises siguen mejorando sus capacidades 2000 2007 Source Report of activities of SIM Human Resources Development, 2000-2005 Metrology in the Americas, OAS, Abril 2007.
Muchas gracias por su atención Clovis Baptista Secretario Ejecutivo de la CITEL E-mail: cbaptista@oas.org Tel: + 1 (202) 458-3004