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PLANIFICACIÓN FISCAL Reducir la carga tributaria dentro de los parámetros legales permitidos. PLANIFICACIÓN FISCAL Estructuras societarias Centros de servicios regionales. Deducción y no retención Convenios doble imposición – precios de transferencia
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PLANIFICACIÓN FISCAL • Reducir la carga tributaria dentro de los parámetros legales permitidos
PLANIFICACIÓN FISCAL • Estructuras societarias • Centros de servicios regionales. Deducción y no retención • Convenios doble imposición – precios de transferencia • Diferencia entre normas contables e impositivas • Análisis y evolución de la jurisprudencia
Impuesto a las Ganancias Distribuidoras en el exterior – Gastos en el extranjero Precios de Transferencia – compañías vinculadas Valuación bienes de cambio y bienes de uso Promoción y Publicidad - RSE Honorarios Directores Ajuste por inflación impositivo
Impuesto a las Ganancias • Operaciones con compañías vinculadas • Distribuidoras en el exterior – Gastos en el exterior • Casa Matriz o filial en el exterior • Servicios centrales intragrupo: Comisiones, logística comercial en general • Intereses por préstamos – Diferencias de cambio • Convenios doble imposición - Estudio de precios de transferencia
Precios de Transferencia Transacciones con sujetos del exterior . Compañías relacionadas (Vinculación: societaria-funcional) . Paraísos Fiscales
Precios de Transferencia - Ley de Impuesto a las Ganancias Objetivo: Evitar radicación de ganancias fuera de Argentina . sobrefacturación en las importaciones . subfacturación en las exportaciones . servicios intragrupo . operaciones en general
Estudio de Precios de Transferencia . Objetivos Planificación tributaria Cumplimiento normativa vigente Minimizar riesgos de ajustes y sanciones . Estructura Comparables (Internos – Externos) Métodos
Estudio de Precios de Transferencia Riesgos . Ajustes por diferencias de impuesto Los diferenciales entre la aplicación de los métodos de comparabilidad y los precios cuestionados, serán adicionados a las bases de cálculo del impuesto a las ganancias . Multas Sustanciales Art. 45 y 46 – mas gravoso extranjeras Formales Vinculadas/PF $ 10.000 a 20.000 (extranjeras) General: 150 a 45.000
Precios de Transferencia Situaciones de riesgo • Pérdidas contables sistemáticas. • Variaciones significativas en los márgenes de utilidad. • Saldos pendientes de cancelación recurrentes. • Condonaciones de saldos periódicas. • Diferencias significativas en los precios de compra/venta entre partes independientes y vinculadas. • Financiación recibida u otorgada a tasas fuera de mercado. • Saldos intercompany que no devenguen intereses.
Precios de Transferencia • Recomendaciones • Cumplir con las obligaciones de presentar DDJJ • • Contar con un Estudio de Precios (ideal, actualizaciones) • • Contar con la documentación de respaldo • • Los ajustes específicos por el tipo de actividad o situación de la • compañía son indispensables para explicar la realidad económica. • • En caso de planificación fiscal internacional, adoptar criterio de • prudencia
Impuesto a las Ganancias • Valuación bienes de cambio • Teoría del Balance – Resultado Por tenencia • Teoría del flujo de riqueza – Principio de realización • Concepto de devengado: balance contable e • impositivo – diferencias • LIG: SIN DEFINICIÓN EXPRESA • CSJN: NACIMIENTO DE UN DERECHO DE CONTENIDO • PATRIMONIAL NO SUJETO A CONDICIÓN (Compañía • Tucumana de Refrescos)
Impuesto a las Ganancias • Base precio de venta: Precio de la última venta, menos • gastos de venta y margen de utilidad neta • SE TRIBUTA SOBRE RESULTADOS POR TENENCIA (activación de gastos de administración, financieros e IG) • Base sistemas de costo: materiales, mano de obra y costos indirectos de fabricación. Requisito: INTEGRACIÓN CON LA CONTABILIDAD • Costo en plaza: comunicación – valor neto de realización inferior al determinado por métodos anteriores
Utilidad Neta Utilidad Bruta Ventas 100 100 Costo de Ventas -60 -60 Ganancia Bruta 40 40 Gastos -30 -30 Administración -10 Comercialización - 10 Financieros -10 Ganancia antes de IG 10 10 Impuesto a las Ganancias 3,50 3,50 Ganancia Neta 6,50 6,50 EF Bienes de Cambio 100 – 16,50= 83,50 100 - 40= 60
Impuesto a las Ganancias • Valuación bienes de uso • Compra o Costo Producción, menos amort. Acumuladas • Coef. Actualización hasta 31.3.92 (ley 24.073) • Amortizaciones • Inmuebles • Barricas • Otros bienes
Amortizaciones Costo / Vida Útil probable: línea recta Alternativas: horas trabajadas, unidades producidas, etcétera (razones de orden técnico) Mejoras: gasto mayor al 20 % valor residual del bien Normas contables: Convergencia Objetivo: valor residual = valor de mercado
Impuesto a las Ganancias Promoción y Publicidad: gasto devengado con anticipación (diferimiento impuestos – fallo CSJN Compañía Tucumana de Refrescos) RSE: acciones que una empresa lleva a cabo en beneficio de la comunidad con quién se identifica, con propósitos en definitiva comerciales (gasto publicitario)
Impuesto a las Ganancias Honorarios Directores Requisitos: aprobación por asamblea con anterioridad al vencimiento de la DDJJ; asignación individual; tope 25 % utilidad contable después IG; razonabilidad; cumplimiento previsional Ventajas: diferimiento en el pago
Impuesto a las Ganancias Ajuste por inflación – 2ª etapa Amortizaciones bienes de uso Fallos CSJN: confiscatoriedad Proceso judicial: medidas cautelares
Impuesto al valor agregado • RecuperosIVA crédito fiscal • Compensación recuperos con pagos por retenciones practicadas • Inscripción como agente de retención • - mayor carga administrativa • - percepción del recupero “por adelantado” • AFIP puede o no aceptar la solicitud
Bienes Personales – Responsable Sustituto • Compensación saldos libre disponibilidad • CSJN vs AFIP – Fallo Rectificaciones Rivadavia 12.7.11 • RG 3175 2.9.11 • Convenios para evitar doble tributación
Impuesto sobre los Ingresos Brutos • • Modalidades de venta • Consignación • Convenio Multilateral • Regímenes de Recaudación
Impuesto de sellos • Operaciones financieras: vinculación con tasa cero • Aportes Irrevocables - Compra venta de acciones • - Art. 240 inc. 19): Excluye a los "aportes irrevocables" de la exención prevista para los actos celebrados por las sociedades por acciones que hagan oferta pública o privada de títulos valores, necesarios para posibilitar incrementos de capital social. • Art. 240 inc. 20): Elimina la exención aplicable a los actos relacionados con la negociación de acciones y demás títulos valores. • Actos entre ausentes ausencia de instrumento gravado • Fallos YPF – Petrobrás (abril 2010)